Madrid (BOCM-20230531-63)
Régimen económico. Distrito de Chamartín. Extracto convocatoria subvenciones
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 354
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 31 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 128
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
63
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Distrito de Chamartín
En uso de las facultades conferidas por Acuerdo 25 de julio de 2019, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de los Distritos, se ordena
la publicación del extracto de la convocatoria pública del XIII Certamen de Cortometrajes
del Distrito de Chamartín 2023, aprobada por Decreto de la concejala-presidenta del Distrito de Chamartín de 25 de abril de 2023, con el siguiente contenido:
“De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index
Primero. Destinatarios.—Podrá participar cualquier persona mayor de 16 años que
haya intervenido en la elaboración del cortometraje presentado, de forma individual o colectiva, sin distinción de nacionalidad o residencia.
Cada autor y/o colectivo puede presentar más de un corto, no siendo necesario su carácter inédito y pudiendo haber sido premiados en otros certámenes (excepto en las ediciones anteriores de este mismo certamen).
Segundo. Objeto.—XIII Certamen de Cortometrajes del distrito de Chamartín, cuyo
principal objetivo es impulsar la cultura cinematográfica, además de dar a conocer a realizadores locales, nacionales e internacionales y promover el cortometraje como medio de
expresión audiovisual, contribuyendo a su reconocimiento y difusión.
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de bases reguladoras generales para la
concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos públicos,
de 30 de octubre 2013 y Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su
reglamento.
Cuarto. Cuantía.
1. Primer premio: 2.000,00 euros.
2. Segundo premio: 1.200,00 euros.
3. Tercer premio: 800,00 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo para la presentación de las
solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta el día 15 de septiembre de 2023.
No se admitirán obras presentadas con posterioridad a esta fecha, a excepción de
aquellas cuyo certificado de correos o agencia sea igual o anterior a dicha fecha, aunque
sean recibidas una vez concluido el tiempo estipulado.
Se podrán presentar las inscripciones:
a) Electrónicamente, accediendo a la sede electrónica del Ayuntamiento,
https://sede.madrid.es . En este caso deberá utilizar alguno de los sistemas de
identificación electrónica admitidos por el Ayuntamiento de Madrid.
b) Presencialmente, en las oficinas de Registro del Ayuntamiento de Madrid, o mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El modelo de solicitud estará disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento de
Madrid ( https://sede.madrid.es ).
Junto con la solicitud, se entregará una ficha técnica en la que se indique el nombre del
director, un breve currículum de este, título, duración, formato original y breve sinopsis de
la obra.
BOCM-20230531-63
BDNS: 694617
Pág. 354
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 31 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 128
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
63
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Distrito de Chamartín
En uso de las facultades conferidas por Acuerdo 25 de julio de 2019, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de los Distritos, se ordena
la publicación del extracto de la convocatoria pública del XIII Certamen de Cortometrajes
del Distrito de Chamartín 2023, aprobada por Decreto de la concejala-presidenta del Distrito de Chamartín de 25 de abril de 2023, con el siguiente contenido:
“De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index
Primero. Destinatarios.—Podrá participar cualquier persona mayor de 16 años que
haya intervenido en la elaboración del cortometraje presentado, de forma individual o colectiva, sin distinción de nacionalidad o residencia.
Cada autor y/o colectivo puede presentar más de un corto, no siendo necesario su carácter inédito y pudiendo haber sido premiados en otros certámenes (excepto en las ediciones anteriores de este mismo certamen).
Segundo. Objeto.—XIII Certamen de Cortometrajes del distrito de Chamartín, cuyo
principal objetivo es impulsar la cultura cinematográfica, además de dar a conocer a realizadores locales, nacionales e internacionales y promover el cortometraje como medio de
expresión audiovisual, contribuyendo a su reconocimiento y difusión.
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de bases reguladoras generales para la
concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos públicos,
de 30 de octubre 2013 y Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su
reglamento.
Cuarto. Cuantía.
1. Primer premio: 2.000,00 euros.
2. Segundo premio: 1.200,00 euros.
3. Tercer premio: 800,00 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo para la presentación de las
solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta el día 15 de septiembre de 2023.
No se admitirán obras presentadas con posterioridad a esta fecha, a excepción de
aquellas cuyo certificado de correos o agencia sea igual o anterior a dicha fecha, aunque
sean recibidas una vez concluido el tiempo estipulado.
Se podrán presentar las inscripciones:
a) Electrónicamente, accediendo a la sede electrónica del Ayuntamiento,
https://sede.madrid.es . En este caso deberá utilizar alguno de los sistemas de
identificación electrónica admitidos por el Ayuntamiento de Madrid.
b) Presencialmente, en las oficinas de Registro del Ayuntamiento de Madrid, o mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El modelo de solicitud estará disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento de
Madrid ( https://sede.madrid.es ).
Junto con la solicitud, se entregará una ficha técnica en la que se indique el nombre del
director, un breve currículum de este, título, duración, formato original y breve sinopsis de
la obra.
BOCM-20230531-63
BDNS: 694617