C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230531-23)
Plan estratégico subvenciones – Orden 1695/2023, de 22 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se modifica el epígrafe 46 del Anexo I del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería para el período 2020-2023, aprobado mediante Orden 611/2020, de 5 de mayo
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 128
MIÉRCOLES 31 DE MAYO DE 2023
Pág. 207
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura
23
ORDEN 1695/2023, de 22 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda
y Agricultura, por la que se modifica el epígrafe 46 del Anexo I del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería para el período 2020-2023, aprobado mediante Orden 611/2020, de 5 de mayo.
Mediante la Orden 611/2020, de 5 de mayo, se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones para el período 2020-2023 de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, hoy Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 12 de mayo de 2020), como un instrumento valioso para orientar las políticas públicas que tienen por objeto el fomento de actividades de
utilidad pública o de interés social o de promoción de una finalidad pública.
Este Plan se inscribe en el marco de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno como “información institucional,
organizativa y de planificación” que ha de ser objeto de publicidad activa, y en el marco de la
Ley 10/2019, de 1 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.
Se considera conveniente modificar el Epígrafe 46 del Anexo I, la línea de subvenciones “Plan Regional de Ascensores 2023”, en concreto, en lo referente a la distribución por
anualidades de los créditos destinados a la financiación de las ayudas.
La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en su artículo 8, apartado 1, establece con el carácter de legislación básica del Estado, que los órganos de las Administraciones públicas que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter
previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que
se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles
y sus fuentes de financiación, supeditándose, en todo caso, al cumplimiento de los objetivos
de estabilidad presupuestaria. La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, recoge en idénticos términos esta misma obligación, en su artículo 4 bis.
En su virtud, y de conformidad con lo previsto en los artículos 4 bis y 7 de la Ley 2/1995, y
el artículo 50.3 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la
Comunidad de Madrid,
DISPONGO
Artículo primero
Modificar el Plan Estratégico de Subvenciones de la ahora Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura para el período 2020-2023, aprobado mediante Orden 611/2020,
de 5 de mayo, con el siguiente detalle:
ANEXO I
LÍNEAS DE SUBVENCIÓN EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA
4. Costes previsibles y fuentes de financiación:
Las subvenciones que se concedan se financian con fondos de los presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid.
El crédito destinado a la convocatoria del año 2023 para esta línea de ayudas asciende a
la cantidad de 52.000.000 euros que se imputarán al programa presupuestario 261A, subconcepto 78403 “Subvenciones Plan Regional Rehab. Viv.” y el proyecto de gasto 2023/000430
BOCM-20230531-23
Epígrafe 46. Plan regional de ascensores 2023
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 128
MIÉRCOLES 31 DE MAYO DE 2023
Pág. 207
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura
23
ORDEN 1695/2023, de 22 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda
y Agricultura, por la que se modifica el epígrafe 46 del Anexo I del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería para el período 2020-2023, aprobado mediante Orden 611/2020, de 5 de mayo.
Mediante la Orden 611/2020, de 5 de mayo, se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones para el período 2020-2023 de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, hoy Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 12 de mayo de 2020), como un instrumento valioso para orientar las políticas públicas que tienen por objeto el fomento de actividades de
utilidad pública o de interés social o de promoción de una finalidad pública.
Este Plan se inscribe en el marco de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno como “información institucional,
organizativa y de planificación” que ha de ser objeto de publicidad activa, y en el marco de la
Ley 10/2019, de 1 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.
Se considera conveniente modificar el Epígrafe 46 del Anexo I, la línea de subvenciones “Plan Regional de Ascensores 2023”, en concreto, en lo referente a la distribución por
anualidades de los créditos destinados a la financiación de las ayudas.
La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en su artículo 8, apartado 1, establece con el carácter de legislación básica del Estado, que los órganos de las Administraciones públicas que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter
previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que
se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles
y sus fuentes de financiación, supeditándose, en todo caso, al cumplimiento de los objetivos
de estabilidad presupuestaria. La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, recoge en idénticos términos esta misma obligación, en su artículo 4 bis.
En su virtud, y de conformidad con lo previsto en los artículos 4 bis y 7 de la Ley 2/1995, y
el artículo 50.3 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la
Comunidad de Madrid,
DISPONGO
Artículo primero
Modificar el Plan Estratégico de Subvenciones de la ahora Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura para el período 2020-2023, aprobado mediante Orden 611/2020,
de 5 de mayo, con el siguiente detalle:
ANEXO I
LÍNEAS DE SUBVENCIÓN EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA
4. Costes previsibles y fuentes de financiación:
Las subvenciones que se concedan se financian con fondos de los presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid.
El crédito destinado a la convocatoria del año 2023 para esta línea de ayudas asciende a
la cantidad de 52.000.000 euros que se imputarán al programa presupuestario 261A, subconcepto 78403 “Subvenciones Plan Regional Rehab. Viv.” y el proyecto de gasto 2023/000430
BOCM-20230531-23
Epígrafe 46. Plan regional de ascensores 2023