Delegación del Gobierno en Madrid (BOCM-20230531-60)
Dirección General de Política Energética y Minas. Autorización administrativa
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 128
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 31 DE MAYO DE 2023
Pág. 339
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, esta Dirección General de Política
Energética y Minas
RESUELVE
Otorgar a Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, S.L.U., autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Oliva Solar 1, de 44,68 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, que seguidamente se detallan, con las particularidades recogidas en la presente resolución.
El objeto del proyecto es la construcción de una instalación fotovoltaica para la generación de energía eléctrica y la evacuación de dicha energía a la red.
Las características principales de esta planta fotovoltaica son las siguientes:
— Tipo de tecnología: Solar fotovoltaica.
— Potencia instalada, según artículo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio: 44,68 MW.
— Potencia pico de módulos: 49,99 MW.
— Potencia total de inversores: 44,68 MW.
— Capacidad de acceso, según lo estipulado en los permisos de acceso y conexión,
otorgados por Red Eléctrica de España, S.A.U.: 40 MW.
— Término municipal afectado: Pedanía de Usanos, en el término municipal de Guadalajara, en la provincia de Guadalajara.
Las infraestructuras de evacuación recogidas en los anteproyectos “Planta Solar Fotovoltaica Oliva Solar 1 de 49,99 MWp, Pedanía de Usanos, Provincia de Guadalajara (España), OLV1-SOL-FV-AP-MEM-0001”, fechado en abril de 2022, “Subestación Usanos
220/30 kV, Usanos (Guadalajara), USAN.SE.MM.EL.01”, fechado en abril de 2022, “Recinto de Medida Usanos 220 kV, Daganzo de Arriba (Madrid), USAN.RM.MM.EL.01”,
fechado en abril de 2022, ”Línea de Evacuación 220 kV Oliva Solar 1, 2, 3, 4 y 5, 175
MWp, OLIV-SOL-LE-AP-MEM-0001, TT.MM. pedanía de Usanos (TT.MM. de Guadalajara), Galápagos y Torrejón del Rey (Provincia de Guadalajara) y Valdeavero, Fresno de
Torote, Camarma de Esteruelas y Daganzo de Arriba (Provincia de Madrid)”, fechado en
abril de 2022, se componen de:
— Las líneas subterráneas a 30 kV que conectarán cada uno de los centros de transformación de la planta con la subestación Usanos 220/30 kV.
— La subestación Usanos 220/30 kV, ubicada en la pedanía de Usanos, en el término
municipal de Guadalajara, en la provincia de Guadalajara.
— El recinto de medida Usanos 220 kV, ubicado en el término municipal de Daganzo
de Arriba, en la provincia de Madrid.
— La línea eléctrica aéreo-subterránea a 220 kV tiene como origen la subestación
Usanos 220/30 kV y finalizará en la subestación Daganzo 220 kV, perteneciente
a Red Eléctrica de España, S.A.U. La línea se proyecta en simple circuito simplex
y consta de 33,11 kilómetros divididos en tres tramos: un primer tramo aéreo de
1,55 km, un segundo tramo subterráneo de 31,56 km hasta el recinto de medida
“Usanos 220 kV” y el tercer tramo subterráneo de 0,1 km entre el recinto de medida “Usanos 220 kV” y la subestación Daganzo 220 kV, perteneciente a Red
Eléctrica de España, S.A.U. Las características principales son:
d Sistema: corriente alterna trifásica.
d Tensión: 220 kV.
d Términos municipales afectados: pedanía de Usanos (término municipal de
Guadalajara), Galápagos y Torrejón del Rey (Provincia de Guadalajara) y
Valdeavero, Fresno de Torote, Camarma de Esteruelas y Daganzo de Arriba
(Provincia de Madrid).
No obstante lo anterior, la instalación de producción deberá adaptarse al contenido de
la citada declaración de impacto ambiental y de los condicionados aceptados por el promotor durante la tramitación de la presente autorización. En particular, deberá atenderse al
condicionado y las modificaciones requeridos en la declaración de impacto ambiental y, en
su caso, al soterramiento y modificación de cualquier elemento de la infraestructura de evacuación, siendo de aplicación lo establecido en el artículo 115 del Real Decreto 1955/2000,
de 1 de diciembre, respecto de las modificaciones de instalaciones de generación que ha-
BOCM-20230531-60
Único
B.O.C.M. Núm. 128
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 31 DE MAYO DE 2023
Pág. 339
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, esta Dirección General de Política
Energética y Minas
RESUELVE
Otorgar a Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, S.L.U., autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Oliva Solar 1, de 44,68 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, que seguidamente se detallan, con las particularidades recogidas en la presente resolución.
El objeto del proyecto es la construcción de una instalación fotovoltaica para la generación de energía eléctrica y la evacuación de dicha energía a la red.
Las características principales de esta planta fotovoltaica son las siguientes:
— Tipo de tecnología: Solar fotovoltaica.
— Potencia instalada, según artículo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio: 44,68 MW.
— Potencia pico de módulos: 49,99 MW.
— Potencia total de inversores: 44,68 MW.
— Capacidad de acceso, según lo estipulado en los permisos de acceso y conexión,
otorgados por Red Eléctrica de España, S.A.U.: 40 MW.
— Término municipal afectado: Pedanía de Usanos, en el término municipal de Guadalajara, en la provincia de Guadalajara.
Las infraestructuras de evacuación recogidas en los anteproyectos “Planta Solar Fotovoltaica Oliva Solar 1 de 49,99 MWp, Pedanía de Usanos, Provincia de Guadalajara (España), OLV1-SOL-FV-AP-MEM-0001”, fechado en abril de 2022, “Subestación Usanos
220/30 kV, Usanos (Guadalajara), USAN.SE.MM.EL.01”, fechado en abril de 2022, “Recinto de Medida Usanos 220 kV, Daganzo de Arriba (Madrid), USAN.RM.MM.EL.01”,
fechado en abril de 2022, ”Línea de Evacuación 220 kV Oliva Solar 1, 2, 3, 4 y 5, 175
MWp, OLIV-SOL-LE-AP-MEM-0001, TT.MM. pedanía de Usanos (TT.MM. de Guadalajara), Galápagos y Torrejón del Rey (Provincia de Guadalajara) y Valdeavero, Fresno de
Torote, Camarma de Esteruelas y Daganzo de Arriba (Provincia de Madrid)”, fechado en
abril de 2022, se componen de:
— Las líneas subterráneas a 30 kV que conectarán cada uno de los centros de transformación de la planta con la subestación Usanos 220/30 kV.
— La subestación Usanos 220/30 kV, ubicada en la pedanía de Usanos, en el término
municipal de Guadalajara, en la provincia de Guadalajara.
— El recinto de medida Usanos 220 kV, ubicado en el término municipal de Daganzo
de Arriba, en la provincia de Madrid.
— La línea eléctrica aéreo-subterránea a 220 kV tiene como origen la subestación
Usanos 220/30 kV y finalizará en la subestación Daganzo 220 kV, perteneciente
a Red Eléctrica de España, S.A.U. La línea se proyecta en simple circuito simplex
y consta de 33,11 kilómetros divididos en tres tramos: un primer tramo aéreo de
1,55 km, un segundo tramo subterráneo de 31,56 km hasta el recinto de medida
“Usanos 220 kV” y el tercer tramo subterráneo de 0,1 km entre el recinto de medida “Usanos 220 kV” y la subestación Daganzo 220 kV, perteneciente a Red
Eléctrica de España, S.A.U. Las características principales son:
d Sistema: corriente alterna trifásica.
d Tensión: 220 kV.
d Términos municipales afectados: pedanía de Usanos (término municipal de
Guadalajara), Galápagos y Torrejón del Rey (Provincia de Guadalajara) y
Valdeavero, Fresno de Torote, Camarma de Esteruelas y Daganzo de Arriba
(Provincia de Madrid).
No obstante lo anterior, la instalación de producción deberá adaptarse al contenido de
la citada declaración de impacto ambiental y de los condicionados aceptados por el promotor durante la tramitación de la presente autorización. En particular, deberá atenderse al
condicionado y las modificaciones requeridos en la declaración de impacto ambiental y, en
su caso, al soterramiento y modificación de cualquier elemento de la infraestructura de evacuación, siendo de aplicación lo establecido en el artículo 115 del Real Decreto 1955/2000,
de 1 de diciembre, respecto de las modificaciones de instalaciones de generación que ha-
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