D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20230531-35)
Convenio – Adenda de 11 de mayo de 2023, de prórroga del convenio entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y la Asociación Murialdo, para desarrollar un servicio de prevención y atención a la infancia y la adolescencia en situación de desventaja y dificultad social durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 128
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 31 DE MAYO DE 2023
Pág. 287
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Familia, Juventud y Política Social
35
ADENDA de 11 de mayo de 2023, de prórroga del convenio entre la Comunidad
de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y la Asociación
Murialdo, para desarrollar un servicio de prevención y atención a la infancia y
la adolescencia en situación de desventaja y dificultad social durante el período
comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024.
Madrid, a 11 de mayo de 2023.
REUNIDOS
De una parte, D.a María Concepción Dancausa Treviño, Consejera de Familia, Juventud
y Política Social de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 47/2021, de 19 de
junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las competencias
que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de
junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra, D. Óscar Olmos Centenera, en nombre y representación de la Asociación
Murialdo, inscrita en el Registro de Asociaciones de la Comunidad de Madrid con el número 11.448, con domicilio social en calle Méndez Núñez, número 8, 28902 Getafe, con
NIF G-80096449, actuando en uso de las facultades conferidas mediante escritura pública
de sustitución de poder otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Madrid, D. Carlos
Pérez Ramos, el 5 de octubre de 2018, con el número 2432 de su protocolo.
Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la primera adenda de prórroga y
EXPONEN
Primero
El día 26 de octubre de 2022 se firmó el convenio entre la Comunidad de Madrid (a
través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y la Asociación Murialdo
para desarrollar un servicio de prevención y atención a la infancia y la adolescencia en situación de desventaja y dificultad social con vigencia desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2023.
Segundo
La cláusula decimotercera del convenio contempla que las partes firmantes podrán
acordar unánimemente su prórroga de conformidad con lo establecido en el artículo 49.h).2.o
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Que todas las partes desean continuar colaborando en el desarrollo de un servicio de
prevención y atención a la infancia y la adolescencia en situación de desventaja y dificultad social.
Cuarto
Que, en virtud del Informe emitido por la Intervención General de la Comunidad de
Madrid de fecha de 30 de octubre de 2019, por el que se establecen los criterios de actuación en los expedientes plurianuales cuya tramitación se inicie a partir del 1 enero de 2020,
la cuantía aportada por la Comunidad de Madrid se deberá imputar el importe correspondiente al mes de diciembre con cargo a los créditos del ejercicio siguiente.
BOCM-20230531-35
Tercero
B.O.C.M. Núm. 128
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 31 DE MAYO DE 2023
Pág. 287
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Familia, Juventud y Política Social
35
ADENDA de 11 de mayo de 2023, de prórroga del convenio entre la Comunidad
de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y la Asociación
Murialdo, para desarrollar un servicio de prevención y atención a la infancia y
la adolescencia en situación de desventaja y dificultad social durante el período
comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024.
Madrid, a 11 de mayo de 2023.
REUNIDOS
De una parte, D.a María Concepción Dancausa Treviño, Consejera de Familia, Juventud
y Política Social de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 47/2021, de 19 de
junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las competencias
que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de
junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra, D. Óscar Olmos Centenera, en nombre y representación de la Asociación
Murialdo, inscrita en el Registro de Asociaciones de la Comunidad de Madrid con el número 11.448, con domicilio social en calle Méndez Núñez, número 8, 28902 Getafe, con
NIF G-80096449, actuando en uso de las facultades conferidas mediante escritura pública
de sustitución de poder otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Madrid, D. Carlos
Pérez Ramos, el 5 de octubre de 2018, con el número 2432 de su protocolo.
Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la primera adenda de prórroga y
EXPONEN
Primero
El día 26 de octubre de 2022 se firmó el convenio entre la Comunidad de Madrid (a
través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y la Asociación Murialdo
para desarrollar un servicio de prevención y atención a la infancia y la adolescencia en situación de desventaja y dificultad social con vigencia desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2023.
Segundo
La cláusula decimotercera del convenio contempla que las partes firmantes podrán
acordar unánimemente su prórroga de conformidad con lo establecido en el artículo 49.h).2.o
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Que todas las partes desean continuar colaborando en el desarrollo de un servicio de
prevención y atención a la infancia y la adolescencia en situación de desventaja y dificultad social.
Cuarto
Que, en virtud del Informe emitido por la Intervención General de la Comunidad de
Madrid de fecha de 30 de octubre de 2019, por el que se establecen los criterios de actuación en los expedientes plurianuales cuya tramitación se inicie a partir del 1 enero de 2020,
la cuantía aportada por la Comunidad de Madrid se deberá imputar el importe correspondiente al mes de diciembre con cargo a los créditos del ejercicio siguiente.
BOCM-20230531-35
Tercero