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Convenio –  Convenio de 10 de mayo de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia e Interior) y el Ayuntamiento de Villamanta, para impulsar la colaboración en materia de Protección Civil en zona de riesgo alto de inundaciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 30 DE MAYO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 127

Tercera
Obligaciones del Ayuntamiento de Villamanta en materia de Protección Civil
El Ayuntamiento de Villamanta se compromete a:
a) Asumir como obligaciones el conjunto de medidas y acciones que el plan de protección califica de recomendaciones y que le resulte de aplicación. En especial, las
previstas en el anexo XV del Plan de protección Civil ante el Riesgo de Inundaciones en la Comunidad de Madrid (INUNCAM).
b) Cooperar con el vehículo y la dotación personal que se acuerde para cada ocasión,
a petición de la Comunidad de Madrid en:
— La realización de actividades de prevención en su municipio o en municipios
limítrofes e incluidos en la Zona de Alto Riesgo, lideradas por la Comunidad
de Madrid.
— Apoyar las intervenciones y respuesta a emergencias realizadas en su municipio o en municipios limítrofes e incluidos en la Zona de Alto Riesgo.
c) Apoyar con medios personales las activaciones del Centro de Coordinación Municipal de la Comunidad de Madrid (CECOM).
Cuarta
Obligaciones del Ayuntamiento Villamanta en relación al vehículo
de la Comunidad de Madrid cuyo uso se cede
El Ayuntamiento de Villamanta se compromete a:
a) Efectuar a su costa el mantenimiento y reparaciones del vehículo a fin de asegurar
su operatividad en los mismos términos en los que se cedió.
b) Utilizar de forma adecuada el vehículo para actuaciones de protección civil de
acuerdo con el objeto del convenio, sus especificaciones técnicas y normativa de
tráfico aplicables.
c) Asumir los costes derivados del uso diario del vehículo, tales como seguros, combustible e inspecciones técnicas de vehículo.
d) Identificar al conductor responsable de las sanciones en materia de tráfico que pudieran imponerse, o resarcir en su caso a la Comunidad de Madrid por las mismas
o por cualquier otra sanción impuesta al vehículo.
e) Reintegrar el vehículo a la Comunidad de Madrid llegado el vencimiento del convenio o en caso de resolución del mismo en perfecto estado de funcionamiento.
Quinta
Contenido económico
1. La Comunidad de Madrid aportará un vehículo tipo pick-up de su propiedad para
desarrollar las actividades contenidas en el convenio, con un valor estimado neto a inicio
del 2023 de 28.722,78 euros, según el cálculo de amortización que consta en el Inventario de la
Comunidad de Madrid, y cuyo uso se cede de forma temporal al Ayuntamiento.
2. El Ayuntamiento de Villamanta asumirá los costes de uso del vehículo en los términos incluidos en la cláusula cuarta.
Sexta
El convenio podrá ser modificado, en cualquier momento, a requerimiento de alguna
de las partes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, y en el artículo 4.3.d) del Decreto 48/2019, de 10 de junio.
Séptima
Incumplimiento de obligaciones
Las partes firmantes colaborarán en todo momento, de acuerdo con los principios de
buena fe y eficacia, para asegurar la correcta ejecución de lo convenido.

BOCM-20230530-25

Modificación del convenio