D) Anuncios - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20230530-26)
Convenio – Convenio de 10 de mayo de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia e Interior) y el Ayuntamiento de Torremocha de Jarama para impulsar la colaboración en materia de protección civil en zona de riesgo alto de inundaciones
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BOCM
Pág. 196
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 30 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 127
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Presidencia, Justicia e Interior
26
CONVENIO de 10 de mayo de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería
de Presidencia, Justicia e Interior) y el Ayuntamiento de Torremocha de Jarama
para impulsar la colaboración en materia de protección civil en zona de riesgo
alto de inundaciones.
En Pozuelo de Alarcón, a 10 de mayo de 2023.
REUNIDOS
De una parte, D. Carlos Novillo Piris, Viceconsejero de Interior y Director de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, nombrado por Decreto 95/2021, de 20 de junio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 155, de 1 de julio), actuando
por delegación de firma del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, en virtud del apartado noveno de la Orden de 10 de diciembre de 2021 del Consejero de Presidencia, Justicia
e Interior por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y otras materias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones, y en ejercicio de
las competencias atribuidas por el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid y el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo,
de Administración Local de la Comunidad de Madrid.
De otra, D. Carlos Rivera Rivera, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Torremocha
de Jarama, nombrado en Sesión constitutiva de 15 de junio 2019, actuando en nombre y representación del citado Ayuntamiento, en virtud de las atribuciones conferidas en razón de
su cargo, conforme al artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local, y 46.1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986 por el artículo 135.2
de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.
Ambas partes, en el ejercicio de sus funciones, se reconocen mutuamente la necesaria capacidad jurídica y de obrar para formalizar válidamente el presente Convenio, y a tal efecto,
1. La Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior tiene atribuidas en el artículo 1.3.c). del Decreto 191/2021 de 3 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, entre otras, las competencias relativas a interior. Dentro de dicha
materia se incluyen las competencias en materia de protección civil.
2. La Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid, ejerce
a través de la Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación las competencias
atribuidas en el artículo 22 del Decreto 191/2021 de 3 de agosto. En particular en el apartado
segundo, se enumeran las relativas a protección civil, de entre las que destacan las relativas a:
a) La elaboración e implantación de planes territoriales, específicos y sectoriales en
materia de protección civil, incluyendo la elaboración del inventario de riesgos
potenciales.
b) El asesoramiento, la información y promoción a los municipios de la Comunidad
de Madrid en materia de prevención de riesgos de protección civil y en la elaboración de planes territoriales y planes de actuación de ámbito local.
c) La promoción de los servicios de protección civil en los municipios.
i) La dirección del Equipo de Respuesta Logística Inmediata de Voluntarios de Protección Civil ante Emergencias (ERIVE).
j) La coordinación operativa de las actuaciones conjuntas desarrolladas por las
Agrupaciones de Voluntarios y Servicios de Protección Civil de los municipios.
BOCM-20230530-26
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MARTES 30 DE MAYO DE 2023
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I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Presidencia, Justicia e Interior
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CONVENIO de 10 de mayo de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería
de Presidencia, Justicia e Interior) y el Ayuntamiento de Torremocha de Jarama
para impulsar la colaboración en materia de protección civil en zona de riesgo
alto de inundaciones.
En Pozuelo de Alarcón, a 10 de mayo de 2023.
REUNIDOS
De una parte, D. Carlos Novillo Piris, Viceconsejero de Interior y Director de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, nombrado por Decreto 95/2021, de 20 de junio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 155, de 1 de julio), actuando
por delegación de firma del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, en virtud del apartado noveno de la Orden de 10 de diciembre de 2021 del Consejero de Presidencia, Justicia
e Interior por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y otras materias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones, y en ejercicio de
las competencias atribuidas por el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid y el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo,
de Administración Local de la Comunidad de Madrid.
De otra, D. Carlos Rivera Rivera, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Torremocha
de Jarama, nombrado en Sesión constitutiva de 15 de junio 2019, actuando en nombre y representación del citado Ayuntamiento, en virtud de las atribuciones conferidas en razón de
su cargo, conforme al artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local, y 46.1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986 por el artículo 135.2
de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.
Ambas partes, en el ejercicio de sus funciones, se reconocen mutuamente la necesaria capacidad jurídica y de obrar para formalizar válidamente el presente Convenio, y a tal efecto,
1. La Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior tiene atribuidas en el artículo 1.3.c). del Decreto 191/2021 de 3 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, entre otras, las competencias relativas a interior. Dentro de dicha
materia se incluyen las competencias en materia de protección civil.
2. La Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid, ejerce
a través de la Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación las competencias
atribuidas en el artículo 22 del Decreto 191/2021 de 3 de agosto. En particular en el apartado
segundo, se enumeran las relativas a protección civil, de entre las que destacan las relativas a:
a) La elaboración e implantación de planes territoriales, específicos y sectoriales en
materia de protección civil, incluyendo la elaboración del inventario de riesgos
potenciales.
b) El asesoramiento, la información y promoción a los municipios de la Comunidad
de Madrid en materia de prevención de riesgos de protección civil y en la elaboración de planes territoriales y planes de actuación de ámbito local.
c) La promoción de los servicios de protección civil en los municipios.
i) La dirección del Equipo de Respuesta Logística Inmediata de Voluntarios de Protección Civil ante Emergencias (ERIVE).
j) La coordinación operativa de las actuaciones conjuntas desarrolladas por las
Agrupaciones de Voluntarios y Servicios de Protección Civil de los municipios.
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