D) Anuncios - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20230530-27)
Convenio –  Convenio de 10 de mayo de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia e Interior) y el Ayuntamiento de Navas del Rey para impulsar la colaboración en materia de Protección Civil en zona de riesgo alto de inundaciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 30 DE MAYO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 127

7. Dentro de los quince días siguientes a la firma del presente convenio ambas partes
se comunicarán mutuamente, y por escrito, el nombre de sus representantes en la Comisión
de Seguimiento.
8. Todas aquellas discrepancias surgidas sobre la interpretación, desarrollo, modificación, resolución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación del presente convenio,
deberán solventarse por la Comisión de Seguimiento.
Décima
Vigencia y prórroga
El presente convenio entrará en vigor el mismo día de su firma y tendrá una vigencia
de cuatro años.
De conformidad con el artículo 49.2.o de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, en cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto en el apartado anterior, los firmantes del convenio podrán acordar su prórroga hasta un
máximo de cuatro años adicionales.
Undécima
Protección de datos
Ambas partes se comprometen a cumplir en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679,
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de
las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales, y cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en materia de protección de datos de
carácter personal durante la vigencia del presente convenio.
Las obligaciones en materia de protección de dichos datos tendrán validez durante la
vigencia del presente convenio y una vez terminado este.
Toda la información facilitada por las partes y toda la información generada como consecuencia de la ejecución del presente convenio tendrá el tratamiento de confidencial, sin
perjuicio de la información que sea de dominio público, no pudiendo ser divulgada o facilitada a terceros ni utilizada para un fin distinto del previsto en este documento sin el acuerdo unánime de las partes.
La obligación de confidencialidad para las partes se extenderá indefinidamente aunque el convenio se hubiera extinguido. Todo ello sin perjuicio de la eventual autorización
de las partes o, en su caso, de que dicha información pasara a ser considerada como de dominio público.
Las partes velarán por el cumplimiento del Esquema Nacional de Seguridad vigente.
Duodécima
Este convenio tiene naturaleza administrativa y, de conformidad con lo establecido en
el artículo 6 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, queda
excluido de su ámbito de aplicación.
El convenio, de carácter administrativo, queda sujeto a la Ley 29/1998, de 13 de julio,
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y se regirá por lo dispuesto en
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como por la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, la Ley 22/2006,
de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, la Ley 2/2003, de 11 de
marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, la Ley 1/2014, de 25 de julio, de Adaptación del Régimen Local de la Comunidad de Madrid a la Ley 27/2013, de 27
de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local y demás normas concordantes y complementarias.
Y en prueba de conformidad de las partes, se firma el presente convenio.
Madrid, a 10 de mayo de 2023.—El Viceconsejero de Interior y Director de la Agencia
de Seguridad y Emergencias Madrid 112, Carlos Novillo Piris.—El Alcalde-Presidente del
Ayuntamiento de Navas del Rey, Jaime Peral Pedrero.

BOCM-20230530-27

Régimen jurídico y jurisdicción