Getafe (BOCM-20230529-85)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 332
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 29 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 126
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
85
GETAFE
Extracto convocatoria ayudas a deportistas individuales para el año 2023.
Es objeto de la presente convocatoria conceder ayudas para el ejercicio 2023, a deportistas individuales empadronados en Getafe, para la mejora y perfeccionamiento de estos,
que destaquen por los resultados obtenidos en el año 2022, en su participación en competiciones oficiales de las distintas modalidades deportivas reconocidas como deportes individuales, que soliciten participar en la referida convocatoria.
Requisitos de los beneficiarios.—Podrán beneficiarse de las ayudas previstas en esta
convocatoria los deportistas que reúnan los siguientes requisitos:
1. Estar inscritos en el padrón municipal del Ayuntamiento de Getafe, al menos, desde el 1 de enero de 2022.
2. Disponer de licencia en vigor por alguna federación deportiva, al menos, desde el 1
de enero de 2022, en el deporte para el que solicita la ayuda.
3. No estar cumpliendo sanción firme por infracción disciplinaria o administrativa
en materia deportiva, calificada como grave o muy grave.
4. Tener más de ocho años y realizar un deporte de competición en modalidad individual de cualquier especialidad deportiva que sea olímpica o no siéndolo esté reconocida
por el Comité Olímpico Español.
5. Mantener todos los anteriores requisitos, al menos, hasta la fecha de concesión de
la ayuda.
6. Formular solicitud en el plazo determinado, aportando la documentación exigida
en la convocatoria.
7. Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y no tributarias con el Ayuntamiento de Getafe, así como con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y la
Seguridad Social. En relación a las obligaciones tributarias y no tributarias con el Ayuntamiento de Getafe, el solicitante deberá asegurarse con carácter previo de que no tiene deudas pendientes, ya que el requisito se deberá cumplir a la finalización del plazo de presentación de instancias.
De forma específica, para los menores de edad o personas con reconocimiento legal de
discapacidad, será el representante legal el que deba cumplir con este requisito.
Exclusiones.—Quedarán excluidos de esta convocatoria los deportistas cuya especialidad consista en:
a) Deportes de equipo.
b) Relevos.
c) Competiciones de dobles o por parejas, excepto en la categoría denominada “deporte adaptado honorífico”, en cuyo caso, podrán concurrir al mismo, deportistas
individuales que hayan participado en competiciones de dobles o por parejas.
Asimismo, las competiciones correspondientes a gremios profesionales:
a) Policías.
b) Bomberos.
c) Militares.
d) Otros.
Plazos, forma de presentación de solicitudes y documentación.—1. Las solicitudes
se presentarán en el plazo de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así
como en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Getafe y en su página web.
BOCM-20230529-85
RÉGIMEN ECONÓMICO
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
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B.O.C.M. Núm. 126
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
85
GETAFE
Extracto convocatoria ayudas a deportistas individuales para el año 2023.
Es objeto de la presente convocatoria conceder ayudas para el ejercicio 2023, a deportistas individuales empadronados en Getafe, para la mejora y perfeccionamiento de estos,
que destaquen por los resultados obtenidos en el año 2022, en su participación en competiciones oficiales de las distintas modalidades deportivas reconocidas como deportes individuales, que soliciten participar en la referida convocatoria.
Requisitos de los beneficiarios.—Podrán beneficiarse de las ayudas previstas en esta
convocatoria los deportistas que reúnan los siguientes requisitos:
1. Estar inscritos en el padrón municipal del Ayuntamiento de Getafe, al menos, desde el 1 de enero de 2022.
2. Disponer de licencia en vigor por alguna federación deportiva, al menos, desde el 1
de enero de 2022, en el deporte para el que solicita la ayuda.
3. No estar cumpliendo sanción firme por infracción disciplinaria o administrativa
en materia deportiva, calificada como grave o muy grave.
4. Tener más de ocho años y realizar un deporte de competición en modalidad individual de cualquier especialidad deportiva que sea olímpica o no siéndolo esté reconocida
por el Comité Olímpico Español.
5. Mantener todos los anteriores requisitos, al menos, hasta la fecha de concesión de
la ayuda.
6. Formular solicitud en el plazo determinado, aportando la documentación exigida
en la convocatoria.
7. Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y no tributarias con el Ayuntamiento de Getafe, así como con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y la
Seguridad Social. En relación a las obligaciones tributarias y no tributarias con el Ayuntamiento de Getafe, el solicitante deberá asegurarse con carácter previo de que no tiene deudas pendientes, ya que el requisito se deberá cumplir a la finalización del plazo de presentación de instancias.
De forma específica, para los menores de edad o personas con reconocimiento legal de
discapacidad, será el representante legal el que deba cumplir con este requisito.
Exclusiones.—Quedarán excluidos de esta convocatoria los deportistas cuya especialidad consista en:
a) Deportes de equipo.
b) Relevos.
c) Competiciones de dobles o por parejas, excepto en la categoría denominada “deporte adaptado honorífico”, en cuyo caso, podrán concurrir al mismo, deportistas
individuales que hayan participado en competiciones de dobles o por parejas.
Asimismo, las competiciones correspondientes a gremios profesionales:
a) Policías.
b) Bomberos.
c) Militares.
d) Otros.
Plazos, forma de presentación de solicitudes y documentación.—1. Las solicitudes
se presentarán en el plazo de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así
como en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Getafe y en su página web.
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