B) Autoridades y Personal - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230529-2)
Profesores de Religión – Resolución de 23 de mayo de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, por la que se convoca procedimiento de adjudicación de vacantes para profesores de religión, para el curso 2023/2024
41 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 24
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 29 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 126
— Participantes sin destino:
A los profesores de religión que participen sin destino definitivo, se les asignará, si
procede, la vacante o vacantes a las que tengan derecho según las peticiones consignadas en la solicitud.
Si estos profesores no participan en este procedimiento de adjudicación o, si participando, no obtuvieran destino de las peticiones consignadas por los interesados
en su solicitud se asignará la primera vacante existente que aparezca según el orden en el que están publicadas en el Anexo VII de la presente convocatoria.
— Profesores de religión en situación de excedencia voluntaria que quieran reingresar:
En el procedimiento de adjudicación de puestos, a los profesores de religión en situación de excedencia voluntaria que quieran reingresar, se les asignará destino si
hubiera vacante no asignada al resto de participantes, teniendo en cuenta la prioridad consignada por el interesado en su solicitud. Si de las peticiones incluidas
por los interesados, no obtuviera destino se asignará la primera vacante existente
que aparezca según el orden en el que están publicadas en el Anexo VII de la presente convocatoria.
Decimotercera
Publicación de la lista provisional de admitidos y excluidos con valoración
de los méritos y la adjudicación provisional de destinos. Plazo de alegaciones
1. Listas provisionales de admitidos, excluidos, baremo y adjudicación provisional
de destinos.
Una vez concluido el plazo de presentación de solicitudes y valorados los méritos, la
Dirección General de Recursos Humanos dictará Resolución, ordenando la publicación de
las listas provisionales de admitidos y excluidos en el proceso, con indicación del baremo
provisional y la adjudicación provisional de los destinos con carácter definitivo conforme
al procedimiento de adjudicación desarrollado en la base decimosegunda.
En dicha Resolución, se indicarán los lugares y modos en que se puedan consultar las
listas y se concederá un plazo para alegaciones.
2. Alegaciones a la relación provisional de admitidos, excluidos, al baremo y adjudicación provisional.
Aquellos candidatos que deseen hacer alegaciones, deberán presentar solicitud mediante la aplicación informática accesible en el portal de la Comunidad de Madrid, en
https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/vacantes-profesores-religion-23-24 . También
se podrá acceder con carácter meramente informativo y, sin efectos administrativos, a través
del portal “personal + educación” ( comunidad.madrid/servicios/personal-educacion ), siguiendo la secuencia: “Otro Personal docente”, “Profesores de Religión”, “Adjudicación de
vacantes para profesores de religión”, indicando el error o defecto que lo motive. Dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la adjudicación provisional.
A la solicitud de alegaciones se adjuntará el documento guía de alegaciones, cuyo modelo figura en el Anexo IV.
Decimocuarta
Examinadas las alegaciones presentadas, la Dirección General de Recursos Humanos dictará la resolución por la que se ordena la publicación de las listas definitivas de admitidos, excluidos, el resultado de la valoración de los méritos, y la adjudicación definitiva de destinos con
carácter definitivo, que se publicará en los mismos lugares que la adjudicación provisional.
Con esta Resolución, se darán por resueltas todas las alegaciones que se hayan formulado, debiendo los concursantes, mediante su publicación, entenderse notificados a todos los
efectos de conformidad con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Los destinos adjudicados tienen carácter definitivo y serán irrenunciables, sin perjuicio de las modificaciones que a lo largo de su duración y por razón de la planificación educativa, deban producirse respecto de la jornada de trabajo y/o centro reflejados en contrato.
El destino obtenido por cualquier concursante que no se haya ajustado a las normas de
la convocatoria, podrá ser anulado de oficio de acuerdo con lo dispuesto al respecto en el
BOCM-20230529-2
Publicación de adjudicación definitiva de puestos de carácter definitivo.
Lista definitiva de admitidos, excluidos y baremo
Pág. 24
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 29 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 126
— Participantes sin destino:
A los profesores de religión que participen sin destino definitivo, se les asignará, si
procede, la vacante o vacantes a las que tengan derecho según las peticiones consignadas en la solicitud.
Si estos profesores no participan en este procedimiento de adjudicación o, si participando, no obtuvieran destino de las peticiones consignadas por los interesados
en su solicitud se asignará la primera vacante existente que aparezca según el orden en el que están publicadas en el Anexo VII de la presente convocatoria.
— Profesores de religión en situación de excedencia voluntaria que quieran reingresar:
En el procedimiento de adjudicación de puestos, a los profesores de religión en situación de excedencia voluntaria que quieran reingresar, se les asignará destino si
hubiera vacante no asignada al resto de participantes, teniendo en cuenta la prioridad consignada por el interesado en su solicitud. Si de las peticiones incluidas
por los interesados, no obtuviera destino se asignará la primera vacante existente
que aparezca según el orden en el que están publicadas en el Anexo VII de la presente convocatoria.
Decimotercera
Publicación de la lista provisional de admitidos y excluidos con valoración
de los méritos y la adjudicación provisional de destinos. Plazo de alegaciones
1. Listas provisionales de admitidos, excluidos, baremo y adjudicación provisional
de destinos.
Una vez concluido el plazo de presentación de solicitudes y valorados los méritos, la
Dirección General de Recursos Humanos dictará Resolución, ordenando la publicación de
las listas provisionales de admitidos y excluidos en el proceso, con indicación del baremo
provisional y la adjudicación provisional de los destinos con carácter definitivo conforme
al procedimiento de adjudicación desarrollado en la base decimosegunda.
En dicha Resolución, se indicarán los lugares y modos en que se puedan consultar las
listas y se concederá un plazo para alegaciones.
2. Alegaciones a la relación provisional de admitidos, excluidos, al baremo y adjudicación provisional.
Aquellos candidatos que deseen hacer alegaciones, deberán presentar solicitud mediante la aplicación informática accesible en el portal de la Comunidad de Madrid, en
https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/vacantes-profesores-religion-23-24 . También
se podrá acceder con carácter meramente informativo y, sin efectos administrativos, a través
del portal “personal + educación” ( comunidad.madrid/servicios/personal-educacion ), siguiendo la secuencia: “Otro Personal docente”, “Profesores de Religión”, “Adjudicación de
vacantes para profesores de religión”, indicando el error o defecto que lo motive. Dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la adjudicación provisional.
A la solicitud de alegaciones se adjuntará el documento guía de alegaciones, cuyo modelo figura en el Anexo IV.
Decimocuarta
Examinadas las alegaciones presentadas, la Dirección General de Recursos Humanos dictará la resolución por la que se ordena la publicación de las listas definitivas de admitidos, excluidos, el resultado de la valoración de los méritos, y la adjudicación definitiva de destinos con
carácter definitivo, que se publicará en los mismos lugares que la adjudicación provisional.
Con esta Resolución, se darán por resueltas todas las alegaciones que se hayan formulado, debiendo los concursantes, mediante su publicación, entenderse notificados a todos los
efectos de conformidad con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Los destinos adjudicados tienen carácter definitivo y serán irrenunciables, sin perjuicio de las modificaciones que a lo largo de su duración y por razón de la planificación educativa, deban producirse respecto de la jornada de trabajo y/o centro reflejados en contrato.
El destino obtenido por cualquier concursante que no se haya ajustado a las normas de
la convocatoria, podrá ser anulado de oficio de acuerdo con lo dispuesto al respecto en el
BOCM-20230529-2
Publicación de adjudicación definitiva de puestos de carácter definitivo.
Lista definitiva de admitidos, excluidos y baremo