Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOCM-20230529-64)
Dirección General de Política Energética y Minas. Autorización administrativa
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BOCM
Pág. 296
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 29 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 126
II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO
64
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Maladeta Solar, S. L. U., autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Maladeta Solar, de 163,20 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Santorcaz y Anchuelo, en la Comunidad de Madrid.
Maladeta Solar, S. L. U. (en adelante, el promotor) solicitó, con fecha 6 de agosto
de 2020, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción
de la instalación fotovoltaica Maladeta Solar de 200 MWp e infraestructura de evacuación,
consistente en: infraestructura de evacuación subterránea en 30kV, la subestación Valdepozuelo 220/30 kV, la línea aérea de 220 kV que conecta la subestación Valdepozuelo 220/30 kV
con la subestación Henares 400/220/30 kV, la subestación Henares 400/220/30 kV y la línea aérea de 400 kV que conecta la subestación Henares 400/220/30 kV con la subestación
Anchuelo 400 kV, propiedad de Red Eléctrica Española, S. A. U., en los términos municipales de Santorcaz y Anchuelo, en la provincia de Madrid.
Posteriormente, con fecha 6 de noviembre de 2020, presentó subsanación de solicitud
para retirar temporalmente la solicitud de declaración, en concreto, de utilidad pública, de
la planta solar fotovoltaica Maladeta Solar y su infraestructura de evacuación asociada.
Con fecha 1 de diciembre de 2020, esta Dirección General de Política Energética y Minas
acordó la acumulación para la tramitación conjunta relativa a los expedientes de autorización
administrativa previa y autorización administrativa de construcción de las plantas fotovoltaicas Collarada Solar, de 200 MWp, Popa Solar, de 100 MWp y Maladeta Solar, de 200 MWp
y autorización administrativa previa de la planta fotovoltaica Boliche Solar, de 75 MWp, así
como sus infraestructuras de evacuación asociadas, en la provincia de Madrid, con número de
expediente asociado PFot-180 AC.
Con fecha 22 de junio de 2022, tiene entrada en el Registro Electrónico de esta Subdirección General, escrito del promotor, desistiendo de la solicitud de autorización administrativa de construcción, y declaración, en concreto, de utilidad pública de las plantas solares fotovoltaicas Boliche Solar, de 75 MWp, Collarada Solar, de 200 MWp, Maladeta
Solar, de 200 MWp y Popa Solar, de 100 MWp, así como sus infraestructuras de evacuación, en la provincia de Madrid.
Con fecha 30 de marzo de 2023, esta Dirección General de Política Energética y Minas acordó la desacumulación para la tramitación separada relativa a los expedientes de
autorización administrativa previa de las plantas fotovoltaicas Boliche Solar, de 75 MWp,
Collarada Solar, de 200 MWp, Maladeta Solar, de 200 MWp y Popa Solar, de 100 MWp,
y para su infraestructura de evacuación, así como sus infraestructuras de evacuación asociadas, en la Comunidad de Madrid.
Con fecha 18 de abril de 2023, presentó subsanación de solicitud de autorización administrativa previa para incluir, dentro de la infraestructura de evacuación, la línea de evacuación aérea a 220 kV que conecta la subestación Henares 30/220/400 kV con la subestación
Anchuelo 220 kV, propiedad de REE.
El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid, y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1955/2000,
de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones,
organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte que
la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se ha recibido contestaciones de la Dirección General de Carreteras de la Consejería de
Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid, de Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), de la Compañía Logística de Hidrocarburos (CLH), de la Confederación Hidrográfica del Tajo del Ministerio para la Transición Ecológica y El Reto Demográfico, de la Dirección General de Suelo de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y
Agricultura de la Comunidad de Madrid y del Canal Isabel II, S. A., donde se muestran con-
BOCM-20230529-64
Dirección General de Política Energética y Minas
Pág. 296
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 29 DE MAYO DE 2023
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II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO
64
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Maladeta Solar, S. L. U., autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Maladeta Solar, de 163,20 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Santorcaz y Anchuelo, en la Comunidad de Madrid.
Maladeta Solar, S. L. U. (en adelante, el promotor) solicitó, con fecha 6 de agosto
de 2020, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción
de la instalación fotovoltaica Maladeta Solar de 200 MWp e infraestructura de evacuación,
consistente en: infraestructura de evacuación subterránea en 30kV, la subestación Valdepozuelo 220/30 kV, la línea aérea de 220 kV que conecta la subestación Valdepozuelo 220/30 kV
con la subestación Henares 400/220/30 kV, la subestación Henares 400/220/30 kV y la línea aérea de 400 kV que conecta la subestación Henares 400/220/30 kV con la subestación
Anchuelo 400 kV, propiedad de Red Eléctrica Española, S. A. U., en los términos municipales de Santorcaz y Anchuelo, en la provincia de Madrid.
Posteriormente, con fecha 6 de noviembre de 2020, presentó subsanación de solicitud
para retirar temporalmente la solicitud de declaración, en concreto, de utilidad pública, de
la planta solar fotovoltaica Maladeta Solar y su infraestructura de evacuación asociada.
Con fecha 1 de diciembre de 2020, esta Dirección General de Política Energética y Minas
acordó la acumulación para la tramitación conjunta relativa a los expedientes de autorización
administrativa previa y autorización administrativa de construcción de las plantas fotovoltaicas Collarada Solar, de 200 MWp, Popa Solar, de 100 MWp y Maladeta Solar, de 200 MWp
y autorización administrativa previa de la planta fotovoltaica Boliche Solar, de 75 MWp, así
como sus infraestructuras de evacuación asociadas, en la provincia de Madrid, con número de
expediente asociado PFot-180 AC.
Con fecha 22 de junio de 2022, tiene entrada en el Registro Electrónico de esta Subdirección General, escrito del promotor, desistiendo de la solicitud de autorización administrativa de construcción, y declaración, en concreto, de utilidad pública de las plantas solares fotovoltaicas Boliche Solar, de 75 MWp, Collarada Solar, de 200 MWp, Maladeta
Solar, de 200 MWp y Popa Solar, de 100 MWp, así como sus infraestructuras de evacuación, en la provincia de Madrid.
Con fecha 30 de marzo de 2023, esta Dirección General de Política Energética y Minas acordó la desacumulación para la tramitación separada relativa a los expedientes de
autorización administrativa previa de las plantas fotovoltaicas Boliche Solar, de 75 MWp,
Collarada Solar, de 200 MWp, Maladeta Solar, de 200 MWp y Popa Solar, de 100 MWp,
y para su infraestructura de evacuación, así como sus infraestructuras de evacuación asociadas, en la Comunidad de Madrid.
Con fecha 18 de abril de 2023, presentó subsanación de solicitud de autorización administrativa previa para incluir, dentro de la infraestructura de evacuación, la línea de evacuación aérea a 220 kV que conecta la subestación Henares 30/220/400 kV con la subestación
Anchuelo 220 kV, propiedad de REE.
El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid, y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1955/2000,
de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones,
organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte que
la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se ha recibido contestaciones de la Dirección General de Carreteras de la Consejería de
Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid, de Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), de la Compañía Logística de Hidrocarburos (CLH), de la Confederación Hidrográfica del Tajo del Ministerio para la Transición Ecológica y El Reto Demográfico, de la Dirección General de Suelo de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y
Agricultura de la Comunidad de Madrid y del Canal Isabel II, S. A., donde se muestran con-
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