Alpedrete (BOCM-20230526-56)
Urbanismo. Plan especial
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 124
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 26 DE MAYO DE 2023
Pág. 201
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
56
ALPEDRETE
URBANISMO
BOCM-20230526-56
La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Alpedrete, en sesión celebrada el
día 27 de abril de 2.023, ha adoptado acuerdo de aprobación inicial del Plan Especial de
Mejora de Suelo Urbano, afectando a usos del polígono industrial de Alpedrete, con el siguiente contenido:
Primero.—Aprobar inicialmente el Plan Especial de Mejora de Suelo Urbano en los
usos del polígono industrial de Alpedrete, de iniciativa pública, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.2 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de
Madrid, en relación con el artículo 57 del mismo cuerpo legal.
Segundo.—Someter el expediente al trámite de información pública, por el plazo no
inferior a un mes, mediante la inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un periódico de los de mayor difusión, para que puedan presentarse en el referido plazo las alegaciones que se estimen oportunas.
Asimismo, solicitar los informes de los órganos y entidades públicas previstos legalmente como preceptivos de conformidad con lo previsto en el artículo 57.b) y 59.2.b) de la
Ley 9/2001, de 17 de julio.
Tercero.—Remitir el documento técnico, incluido el documento de análisis ambiental,
a la Consejería competente en materia de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid a
los efectos previstos en el artículo 57.d) de la referida Ley 9/2001, de 17 de julio y en la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, al objeto de realizar el trámite
de análisis ambiental simplificado.
Cuarto.—Suspender la tramitación de licencias y los efectos de las declaraciones responsables presentadas con posterioridad a la publicación del presente acuerdo que pudieran resultar afectadas por sus determinaciones, con excepción de la primera ocupación y
funcionamiento, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70.4 de la Ley 9/2001,
de 17 de julio y 120 del Reglamento de Planeamiento aprobado por Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio.
Alpedrete, a 16 de mayo de 2023.—El alcalde, Juan Rodríguez Fernández Alfaro.
(03/8.364/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 124
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AYUNTAMIENTO DE
56
ALPEDRETE
URBANISMO
BOCM-20230526-56
La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Alpedrete, en sesión celebrada el
día 27 de abril de 2.023, ha adoptado acuerdo de aprobación inicial del Plan Especial de
Mejora de Suelo Urbano, afectando a usos del polígono industrial de Alpedrete, con el siguiente contenido:
Primero.—Aprobar inicialmente el Plan Especial de Mejora de Suelo Urbano en los
usos del polígono industrial de Alpedrete, de iniciativa pública, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.2 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de
Madrid, en relación con el artículo 57 del mismo cuerpo legal.
Segundo.—Someter el expediente al trámite de información pública, por el plazo no
inferior a un mes, mediante la inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un periódico de los de mayor difusión, para que puedan presentarse en el referido plazo las alegaciones que se estimen oportunas.
Asimismo, solicitar los informes de los órganos y entidades públicas previstos legalmente como preceptivos de conformidad con lo previsto en el artículo 57.b) y 59.2.b) de la
Ley 9/2001, de 17 de julio.
Tercero.—Remitir el documento técnico, incluido el documento de análisis ambiental,
a la Consejería competente en materia de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid a
los efectos previstos en el artículo 57.d) de la referida Ley 9/2001, de 17 de julio y en la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, al objeto de realizar el trámite
de análisis ambiental simplificado.
Cuarto.—Suspender la tramitación de licencias y los efectos de las declaraciones responsables presentadas con posterioridad a la publicación del presente acuerdo que pudieran resultar afectadas por sus determinaciones, con excepción de la primera ocupación y
funcionamiento, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70.4 de la Ley 9/2001,
de 17 de julio y 120 del Reglamento de Planeamiento aprobado por Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio.
Alpedrete, a 16 de mayo de 2023.—El alcalde, Juan Rodríguez Fernández Alfaro.
(03/8.364/23)
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ISSN 1989-4791