Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOCM-20230526-46)
Dirección General de Política Energética y Minas. Autorización administrativa
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 124
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 26 DE MAYO DE 2023
Pág. 177
Se ha recibido informe de la Dirección General de Infraestructura de la Secretaría de
Estado de Defensa del Ministerio de Defensa, donde manifiestan posibles afecciones a sus
actividades en la zona. Son las siguientes:
Posteriormente, se recibe informe de la Dirección General de Infraestructura del Ministerio de Defensa, en el que establece condiciones técnicas establecidas por los Estados
Mayores de Tierra, Aire y Armada, así como por la compañía Exolum para el desarrollo del
proyecto y las modificaciones presentadas. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, el cual manifiesta conformidad con su contenido.
Preguntados el Ayuntamiento de Santorcaz, la Dirección General de Transportes y Movilidad de Consejería de Transportes, e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid, la Dirección General de Protección Civil y Emergencias del Ministerio del Interior, la Dirección
General de Urbanismo de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid, la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), Iberdrola Distribución
Eléctrica, Gas Natural (Naturgy) y UFD Distribución Electricidad, S. A., no se ha recibido
contestación por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de
lo dispuesto en el artículo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 16 de noviembre de 2021 en el “Boletín Oficial del Estado”
y con fecha 23 de noviembre de 2021 en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID. Además, se publicó anuncio de información pública en el diario “ABC” el 19 de
noviembre de 2021 y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Santorcaz (el 18 de enero de 2022). Se recibieron alegaciones, las cuales fueron contestadas por el promotor.
Se han recibido alegaciones de Blue Viking Beatrice, S. L., y Blue Viking Cristina, S. L.,
donde muestran su oposición y ponen de manifiesto que Blue Viking Beatrice, S. L., y Blue
Viking Cristina, S. L., promueven dos proyectos de plantas fotovoltaicas ubicadas en la Comunidad de Madrid que resultan afectadas por el proyecto que comprende este expediente. Los
proyectos que promueve Blue Viking Beatrice, S. L., y Blue Viking Cristina, S. L., y, cuyo código de tramitación en la AGE es el PFot-246 AC, se denominan Pioz RT1 y Pioz RD2. Entre
las instalaciones que tienen afecciones, en el ámbito de este expediente se incluye la línea de
evacuación que comparten ISF Pioz RT1 e ISF PIOZ RD2 que sobrevuela las plantas solares
fotovoltaicas Maladeta Solar, Popa Solar y Collarada Solar y, se cruza con la LAAT a 220 kV
“SET Valdepozuelo-SET Henares”, en los términos municipales de Santorcaz y Anchuelo. Se
ha dado traslado al promotor, que manifiesta que, con fecha 5 de abril de 2022, se ha alcanzado un acuerdo para compatibilizar las infraestructuras, consistente en la suscripción de un
acuerdo en el que se establecen los detalles del solapamiento de forma que el trazado de los
BOCM-20230526-46
1. El Estado Mayor del Ejército del Aire concluye que el proyecto a desarrollar por el
Promotor no se encuentra afectado por las servidumbres aeronáuticas del Ejército
del Aire. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, el cual manifiesta su conformidad.
2. El Estado Mayor de la Armada manifiesta que la PFV Popa Solar se encuentra dentro de la Zona Próxima de Seguridad (ZPS) de la estación radio Santorcaz y que, o
bien se retranquea la planta para que quede fuera de la ZPS de 300 metros, o se
cumpla con determinadas condiciones técnicas para la compatibilidad de ambos
usos. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, el cual manifiesta que
cumplirá con las condiciones de seguridad en la PFV Popa Solar para hacer compatible su funcionamiento dentro de la ZPS de la estación de radio Santorcaz.
3. El Estado Mayor del Ejército de Tierra pone de manifiesto que la implantación de
las diversas plantas fotovoltaicas propuestas en la zona supone una afección a la
zona LED 94, reservada para lanzamientos paracaidistas sobre las zonas de lanzamiento (D/Z) “Santorcaz”, “Santorcaz II”, “Santorcaz III” y “Santorcaz IV”, por lo
que se opone a la realización del proyecto. Se ha dado traslado al promotor de dicha
contestación, el cual manifiesta la intención de buscar la compatibilidad del proyecto con el mantenimiento de la actividad paracaidista prevista en el LED 94. Además,
el promotor también señala la modificación de la configuración de las plantas fotovoltaicas mediante una adenda al proyecto, fruto de los informes recibidos en el período de consultas, en la que se reduce la superficie ocupada. El promotor considera
que, a partir de dicha adenda, existe compatibilidad entre las actividades del Estado
Mayor del Ejército de Tierra en la zona LED 94 y las infraestructuras eléctricas proyectadas.
B.O.C.M. Núm. 124
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 26 DE MAYO DE 2023
Pág. 177
Se ha recibido informe de la Dirección General de Infraestructura de la Secretaría de
Estado de Defensa del Ministerio de Defensa, donde manifiestan posibles afecciones a sus
actividades en la zona. Son las siguientes:
Posteriormente, se recibe informe de la Dirección General de Infraestructura del Ministerio de Defensa, en el que establece condiciones técnicas establecidas por los Estados
Mayores de Tierra, Aire y Armada, así como por la compañía Exolum para el desarrollo del
proyecto y las modificaciones presentadas. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, el cual manifiesta conformidad con su contenido.
Preguntados el Ayuntamiento de Santorcaz, la Dirección General de Transportes y Movilidad de Consejería de Transportes, e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid, la Dirección General de Protección Civil y Emergencias del Ministerio del Interior, la Dirección
General de Urbanismo de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid, la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), Iberdrola Distribución
Eléctrica, Gas Natural (Naturgy) y UFD Distribución Electricidad, S. A., no se ha recibido
contestación por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de
lo dispuesto en el artículo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 16 de noviembre de 2021 en el “Boletín Oficial del Estado”
y con fecha 23 de noviembre de 2021 en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID. Además, se publicó anuncio de información pública en el diario “ABC” el 19 de
noviembre de 2021 y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Santorcaz (el 18 de enero de 2022). Se recibieron alegaciones, las cuales fueron contestadas por el promotor.
Se han recibido alegaciones de Blue Viking Beatrice, S. L., y Blue Viking Cristina, S. L.,
donde muestran su oposición y ponen de manifiesto que Blue Viking Beatrice, S. L., y Blue
Viking Cristina, S. L., promueven dos proyectos de plantas fotovoltaicas ubicadas en la Comunidad de Madrid que resultan afectadas por el proyecto que comprende este expediente. Los
proyectos que promueve Blue Viking Beatrice, S. L., y Blue Viking Cristina, S. L., y, cuyo código de tramitación en la AGE es el PFot-246 AC, se denominan Pioz RT1 y Pioz RD2. Entre
las instalaciones que tienen afecciones, en el ámbito de este expediente se incluye la línea de
evacuación que comparten ISF Pioz RT1 e ISF PIOZ RD2 que sobrevuela las plantas solares
fotovoltaicas Maladeta Solar, Popa Solar y Collarada Solar y, se cruza con la LAAT a 220 kV
“SET Valdepozuelo-SET Henares”, en los términos municipales de Santorcaz y Anchuelo. Se
ha dado traslado al promotor, que manifiesta que, con fecha 5 de abril de 2022, se ha alcanzado un acuerdo para compatibilizar las infraestructuras, consistente en la suscripción de un
acuerdo en el que se establecen los detalles del solapamiento de forma que el trazado de los
BOCM-20230526-46
1. El Estado Mayor del Ejército del Aire concluye que el proyecto a desarrollar por el
Promotor no se encuentra afectado por las servidumbres aeronáuticas del Ejército
del Aire. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, el cual manifiesta su conformidad.
2. El Estado Mayor de la Armada manifiesta que la PFV Popa Solar se encuentra dentro de la Zona Próxima de Seguridad (ZPS) de la estación radio Santorcaz y que, o
bien se retranquea la planta para que quede fuera de la ZPS de 300 metros, o se
cumpla con determinadas condiciones técnicas para la compatibilidad de ambos
usos. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, el cual manifiesta que
cumplirá con las condiciones de seguridad en la PFV Popa Solar para hacer compatible su funcionamiento dentro de la ZPS de la estación de radio Santorcaz.
3. El Estado Mayor del Ejército de Tierra pone de manifiesto que la implantación de
las diversas plantas fotovoltaicas propuestas en la zona supone una afección a la
zona LED 94, reservada para lanzamientos paracaidistas sobre las zonas de lanzamiento (D/Z) “Santorcaz”, “Santorcaz II”, “Santorcaz III” y “Santorcaz IV”, por lo
que se opone a la realización del proyecto. Se ha dado traslado al promotor de dicha
contestación, el cual manifiesta la intención de buscar la compatibilidad del proyecto con el mantenimiento de la actividad paracaidista prevista en el LED 94. Además,
el promotor también señala la modificación de la configuración de las plantas fotovoltaicas mediante una adenda al proyecto, fruto de los informes recibidos en el período de consultas, en la que se reduce la superficie ocupada. El promotor considera
que, a partir de dicha adenda, existe compatibilidad entre las actividades del Estado
Mayor del Ejército de Tierra en la zona LED 94 y las infraestructuras eléctricas proyectadas.