D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230526-21)
Convenio –  Convenio de 3 de mayo de 2023, en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención de la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura) a la Mancomunidad Sierra del Rincón, para las actuaciones de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para vivienda, para la prestación de servicios de oficina de rehabilitación y para la ejecución de actuaciones de urbanización, reurbanización y mejora del entorno físico en el entorno residencial de rehabilitación programada de “Sierra Norte. Fase I”, en los municipios de Horcajuelo de la Sierra, Montejo de la Sierra, La Hiruela, Prádena del Rincón, Puebla de la Sierra, Berzosa del Lozoya, Cervera de Buitrago, El Berrueco, Puentes Viejas, Robledillo de la Jara, Torremocha del Jarama, Madarcos, El Atazar y Patones, dentro del Programa 1 del Real Decreto 853/2021, y en el marco de C02.I01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea, Next-Generation-EU
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 26 DE MAYO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 124

3. La declaración de incumplimiento se adoptará mediante resolución de la Dirección General con competencias en materia de Vivienda, previa audiencia de la beneficiaria
por plazo de 15 días hábiles.
Decimoctava
1. La Mancomunidad Sierra del Rincón se someterá a las actuaciones de comprobación del destino y aplicación de las ayudas concedidas a efectuar por la Dirección General
con competencias en materia de vivienda, a las de fiscalización y control financiero a cargo
de la Intervención General de la Comunidad de Madrid, Intervención General de la Administración del Estado, Cámara de Cuentas y Tribunal de Cuentas, así como a los controles que puedan efectuar la Comisión, el Tribunal de Cuentas de la Unión Europea, la OLAF o la Fiscalía
Europea, en los términos establecidos en el artículo 22.2.e) del Reglamento (UE) 2021/241 y
en ejercicio de las competencias que a dichos órganos se confieren en el artículo 129 del
Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión.
2. La Mancomunidad Sierra del Rincón autoriza de forma expresa el acceso a la información contenida en el Registro de Titularidades Reales previsto en la Orden JUS/319/2018,
de 21 de marzo, por la que se aprueban los nuevos modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales de los sujetos obligados a su publicación, y la cesión de información al Sistema de Fondos Europeos, a efectos de cumplir con lo previsto
en el artículo 22.2.d) del Reglamento (UE) 2021/241, y de su inclusión en una base de datos única a efectos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
3. La Mancomunidad Sierra del Rincón aplicará la normativa (europea, estatal y autonómica) referente a los conflictos de intereses. En particular, el artículo 53 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público relativo a los principios éticos, los artículos 23 y 24
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, que regulan
la obligación de abstención, así como la posibilidad de ser recusados por los interesados por
esas mismas causas, y, entre otras, la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia,
Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
4. En su condición de órgano concedente de las ayudas a actuaciones de mejora y
rehabilitación de edificios de uso predominantemente residencial, la Mancomunidad Sierra
del Rincón deberá aplicar la Orden HFP/55/2023, relativa al análisis sistemático del riesgo
de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, de 24 de enero.
5. Todos los intervinientes en las diferentes fases del procedimiento de concesión de
estas ayudas, en particular, el órgano concedente, los miembros de los órganos colegiados
de valoración en las fases de valoración de solicitudes y resolución de concesión, así como
los destinatarios últimos de las ayudas concedidas por la Mancomunidad a actuaciones de
mejora y rehabilitación, quedan obligados a la firma de la declaración de ausencia de conflictos de intereses (DACI) incorporadas, respectivamente, como anexos del presente Convenio.
6. Se ponen a disposición de los beneficiarios y solicitantes de ayudas los siguientes
canales de comunicación para informar de sospechas de fraude en la gestión y otorgamiento de ayudas:
— Canal de denuncias Infofraude de la Intervención General de la Administración
del Estado:
https://www.igae.pap.hacienda.gob.es/sitios/igae/es-ES/Paginas/denan.aspx
— Canal de sugerencias y quejas a través del Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid:
https://www.comunidad.madrid/transparencia/presentacion-sugerencias-yquejas-administracion-general-comunidad-madrid-resumen-y-presentacion
Decimonovena
Control de las ayudas
1. El presente convenio se regulará en materia de fiscalización y control, por lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medi-

BOCM-20230526-21

Control de ayudas y medidas antifraude