D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230526-21)
Convenio –  Convenio de 3 de mayo de 2023, en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención de la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura) a la Mancomunidad Sierra del Rincón, para las actuaciones de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para vivienda, para la prestación de servicios de oficina de rehabilitación y para la ejecución de actuaciones de urbanización, reurbanización y mejora del entorno físico en el entorno residencial de rehabilitación programada de “Sierra Norte. Fase I”, en los municipios de Horcajuelo de la Sierra, Montejo de la Sierra, La Hiruela, Prádena del Rincón, Puebla de la Sierra, Berzosa del Lozoya, Cervera de Buitrago, El Berrueco, Puentes Viejas, Robledillo de la Jara, Torremocha del Jarama, Madarcos, El Atazar y Patones, dentro del Programa 1 del Real Decreto 853/2021, y en el marco de C02.I01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea, Next-Generation-EU
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 26 DE MAYO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 124

edificios de uso predominante residencial para vivienda, la cuantía máxima de la subvención a conceder no podrá superar los límites resultantes que se describen a continuación:
a) La cantidad obtenida de multiplicar el porcentaje máximo establecido en la siguiente tabla por el coste de las actuaciones subvencionables.
b) La cantidad obtenida de multiplicar la cuantía máxima de la ayuda por vivienda,
establecida en la siguiente tabla, por el número de viviendas de los edificios, incrementada, en su caso, por la cuantía de ayuda por metro cuadrado de superficie
construida sobre rasante de local comercial u otros usos distintos a vivienda, fijada en la citada tabla, en función del nivel de ahorro en consumo de energía primaria no renovable conseguido mediante la actuación. Para poder computar la cuantía establecida por cada metro cuadrado sobre rasante de uso comercial u otros
usos será necesario que los predios correspondientes participen en los costes de
ejecución de la actuación.
VIVIENDA

LOCALES COMERCIALES
U OTROS USOS

CUANTÍA MÁXIMA DE LA AYUDA
POR VIVIENDA (EUROS)

CUANTÍA MÁXIMA DE LA AYUDA
POR M²/€ (EUROS)

AHORRO ENERGÉTICO
CONSEGUIDO CON
LA ACTUACIÓN

PORCENTAJE MÁXIMO DE
LA SUBVENCIÓN DEL
COSTE DE LA ACTUACIÓN

30% - 45%

40

8.100,00 €

72

45% - 60%

65

14.500,00 €

130

Más de 60%

80

21.400,00 €

192

Cuando se identifiquen situaciones de vulnerabilidad económica en alguno de los propietarios o usufructuarios de las viviendas incluidas en el entorno residencial definido, se
podrá, en expediente aparte y de forma exclusiva para el propietario o usufructuario de la
vivienda afectado, conceder una ayuda adicional que podrá alcanzar hasta el 100 por 100
del coste de la actuación imputable a dicho propietario o usufructuario, de acuerdo con los
criterios establecidos en el Acuerdo número 1 de la Comisión Bilateral celebrada el 3 de
marzo de 2022, para aprobar los criterios de vulnerabilidad aplicables en la ejecución del
programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio y del programa de
ayudas a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio en la Comunidad de Madrid.
En aquellos casos en los que haya que proceder a la retirada de elementos con amianto,
podrá incrementarse la cuantía máxima de la ayuda en la cantidad correspondiente a los costes debidos a la retirada, la manipulación, el transporte y la gestión de los residuos de amianto mediante empresas autorizadas, hasta un máximo de 1.000 euros por vivienda o 12.000
euros por edificio objeto de rehabilitación, el que resulte superior.
Decimosexta

1. Con periodicidad bimensual, la Mancomunidad Sierra del Rincón deberá presentar una memoria justificativa, en la que se incluya, al menos, los justificantes bancarios de
los pagos efectuados y extractos de la cuenta bancaria abierta al efecto, que permita la verificación y comprobación de todos los abonos realizados.
2. En la liquidación final, que deberá realizarse antes del día 10 de noviembre de 2026
se incluirá una cuenta justificativa que contendrá una memoria de las actuaciones llevadas
a cabo y el grado de consecución de los objetivos previstos en la memoria-programa a la
que se refiere el artículo 12.3.b) del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, así como una
memoria económica que detalle los abonos realizados por cada una de las actuaciones ya
finalizadas, debiendo ser reintegrado a la Tesorería de la Comunidad de Madrid el saldo que
resulte de la diferencia entre los fondos entregados a la Mancomunidad Sierra del Rincón
y los abonos derivados de las mismas que aquella haya efectivamente realizado. Como documentación anexa a la cuenta justificativa se deberá aportar el certificado final de cada una
de las obras realizadas y la demás documentación requerida en la convocatoria.
Asimismo, será necesario aportar:
a) Un certificado expedido y suscrito por el Presidente de la Mancomunidad Sierra
del Rincón que certifique la finalización completa de las actuaciones objeto de la
subvención con pronunciamiento expreso de su realización conforme a las exigencias de Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre. En este certificado se relacionarán los importes de la inversión efectivamente ejecutada por partidas y los impor-

BOCM-20230526-21

Justificación de los fondos entregados a la Mancomunidad Sierra del Rincón
y liquidación de la subvención