Madrid (BOCM-20230525-58)
Régimen económico. Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 123

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 25 DE MAYO DE 2023

Pág. 341

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
58

MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad
Extracto del decreto 10 de mayo de 2023, del delegado del Área de Gobierno de Medio
Ambiente y Movilidad, por el que se aprueba la convocatoria pública de subvención para la
adquisición de vehículos eurotaxi con etiqueta CERO emisiones o ECO, CAMBIA 360, correspondiente a la anualidad 2023.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria,
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):

Primero. Objeto.—La adquisición de vehículos eurotaxi, nuevos o de segunda mano,
que estén clasificados como CERO emisiones o ECO.
Segundo. Personas beneficiarias.—Titulares de licencia de autotaxi del Ayuntamiento de Madrid que hayan adquirido o tengan intención de adquirir un vehículo eurotaxi CERO
emisiones o ECO, nuevo o de segunda mano, desde el día 21 de julio de 2022 hasta la fecha
de finalización del plazo de presentación de solicitudes, con las características previstas en
esta convocatoria, para su adscripción a una licencia de autotaxi. Cuando se trate de vehículos de segunda mano, la fecha de la primera matriculación del vehículo deberá ser igual o posterior al 1 de enero de 2019.
Tercero. Procedimiento de concesión.—Procedimiento simplificado de concurrencia competitiva.
Cuarto. Bases reguladoras.—Ordenanza de bases reguladoras generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de
octubre de 2013.
Quinto. Financiación y cuantía de las ayudas.—El crédito destinado a esta convocatoria asciende a doscientos mil euros (200.000 euros), ampliable hasta cien mil
euros (100.000 euros) más.
La cuantía de la ayuda será como máximo de 20.000 euros para los vehículos de nueva adquisición y de 10.000 euros, para los vehículos de segunda mano, sin que en ningún
caso pueda superar el 50 por 100 del importe de la factura, IVA excluido.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente de la publicación de
la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Séptimo. Pago.—El pago de la subvención se efectuará una vez publicada la resolución de concesión y acreditada la adscripción del vehículo a la licencia, según lo previsto
en el apartado 11 de la convocatoria.
Octavo. Acumulación y compatibilidad de las ayudas.—Serán compatibles con
cualquier otra ayuda pública, siempre que la totalidad de las ayudas obtenidas no exceda el
precio del vehículo a adquirir, excluidos impuestos.
Estas ayudas están sometidas al régimen de minimis, conforme a las disposiciones del
Reglamento (CE) número 1407/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión
Europea a las ayudas de minimis.
Madrid, a 10 de mayo de 2023.—El delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente
y Movilidad, Borja Carabante Muntada.
(03/8.890/23)
http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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BDNS (Identif.): 694580