C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20230525-18)
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden 1538/2023, de 22 de mayo, de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social, por la que se modifica la Orden 1816/2022, de 31 de agosto, de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión de las ayudas económicas de pago único a familias con menores a su cargo, pacientes de cuidados paliativos pediátricos en la Comunidad de Madrid con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU y se procede a su convocatoria en el año 2023
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 123
JUEVES 25 DE MAYO DE 2023
Pág. 223
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Familia, Juventud y Política Social
18
EXTRACTO de la Orden 1538/2023, de 22 de mayo, de la Consejera de Familia,
Juventud y Política Social, por la que se modifica la Orden 1816/2022, de 31 de
agosto, de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, por la que se
aprueban las bases reguladoras de concesión de las ayudas económicas de
pago único a familias con menores a su cargo, pacientes de cuidados paliativos
pediátricos en la Comunidad de Madrid con cargo al Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU y se procede a su convocatoria en el año 2023.
BDNS: 697233
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre. General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(BDNS), http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index
Primero
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas que:
1. A la fecha de presentación de la solicitud, acrediten tener un menor de 18 años a
su cargo (hijo biológico o adoptado o en acogimiento permanente) que haya sido declarado en situación clínica de Cuidados Paliativos Pediátricos, con patología crónica y complejidad o que padecen cáncer u otras enfermedades graves, con necesidad de un nivel de intervención alto.
2. A la fecha de presentación de la solicitud acrediten tener una persona a su cargo (hijo
biológico o adoptado o en acogimiento permanente) entre los 18 y los 25 años de edad, ambos inclusive que haya sido declarada en situación clínica de Cuidados Paliativos Pediátricos,
con patología crónica y complejidad o que padecen cáncer u otras enfermedades graves, con necesidad de un nivel de intervención alto, diagnosticadas con anterioridad a alcanzar la mayoría de
edad, manteniéndose ese diagnóstico en todo caso a la fecha de presentación de las solicitudes.
A los solos efectos de la concesión de estas ayudas, la edad máxima de los menores
y personas a cargo, se extenderá hasta los 25 años (ultimo día antes del cumplimento de
los 26 años de edad). Tendrán la consideración de enfermedades graves, las incluidas en el
Anexo del Real Decreto 1148/2011, de 29 de julio, para la aplicación y desarrollo, en el sistema de la Seguridad Social, de la prestación económica por cuidado de menores afectados
por cáncer u otra enfermedad grave. Asimismo, serán patologías crónicas y complejas, con
un nivel de intervención alto las así consideradas por el facultativo de atención primaria u
hospitalaria interviniente, con arreglo a lo dispuesto en el “Proceso Asistencial Integrado
del Niño con Patología Crónica y Complejidad” de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid.
Únicamente se concederá una ayuda por menor o persona a cargo. En los supuestos de
presentación de varias solicitudes simultáneas o sucesivas en relación con el mismo menor
o persona, se resolverá solamente sobre la primera de las presentadas.
Objeto
Esta orden tiene por objeto la aprobación de las bases reguladoras de concesión de las ayudas económicas de pago único para el fomento de la conciliación de la vida laboral y familiar a
familias con menores o personas a su cargo, pacientes de cuidados paliativos pediátricos, con patología crónica y complejidad o que padecen cáncer u otras enfermedades graves con necesidad
de un nivel de intervención alto, y proceder a su convocatoria en el año 2023.
BOCM-20230525-18
Segundo
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 123
JUEVES 25 DE MAYO DE 2023
Pág. 223
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Familia, Juventud y Política Social
18
EXTRACTO de la Orden 1538/2023, de 22 de mayo, de la Consejera de Familia,
Juventud y Política Social, por la que se modifica la Orden 1816/2022, de 31 de
agosto, de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, por la que se
aprueban las bases reguladoras de concesión de las ayudas económicas de
pago único a familias con menores a su cargo, pacientes de cuidados paliativos
pediátricos en la Comunidad de Madrid con cargo al Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU y se procede a su convocatoria en el año 2023.
BDNS: 697233
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre. General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(BDNS), http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index
Primero
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas que:
1. A la fecha de presentación de la solicitud, acrediten tener un menor de 18 años a
su cargo (hijo biológico o adoptado o en acogimiento permanente) que haya sido declarado en situación clínica de Cuidados Paliativos Pediátricos, con patología crónica y complejidad o que padecen cáncer u otras enfermedades graves, con necesidad de un nivel de intervención alto.
2. A la fecha de presentación de la solicitud acrediten tener una persona a su cargo (hijo
biológico o adoptado o en acogimiento permanente) entre los 18 y los 25 años de edad, ambos inclusive que haya sido declarada en situación clínica de Cuidados Paliativos Pediátricos,
con patología crónica y complejidad o que padecen cáncer u otras enfermedades graves, con necesidad de un nivel de intervención alto, diagnosticadas con anterioridad a alcanzar la mayoría de
edad, manteniéndose ese diagnóstico en todo caso a la fecha de presentación de las solicitudes.
A los solos efectos de la concesión de estas ayudas, la edad máxima de los menores
y personas a cargo, se extenderá hasta los 25 años (ultimo día antes del cumplimento de
los 26 años de edad). Tendrán la consideración de enfermedades graves, las incluidas en el
Anexo del Real Decreto 1148/2011, de 29 de julio, para la aplicación y desarrollo, en el sistema de la Seguridad Social, de la prestación económica por cuidado de menores afectados
por cáncer u otra enfermedad grave. Asimismo, serán patologías crónicas y complejas, con
un nivel de intervención alto las así consideradas por el facultativo de atención primaria u
hospitalaria interviniente, con arreglo a lo dispuesto en el “Proceso Asistencial Integrado
del Niño con Patología Crónica y Complejidad” de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid.
Únicamente se concederá una ayuda por menor o persona a cargo. En los supuestos de
presentación de varias solicitudes simultáneas o sucesivas en relación con el mismo menor
o persona, se resolverá solamente sobre la primera de las presentadas.
Objeto
Esta orden tiene por objeto la aprobación de las bases reguladoras de concesión de las ayudas económicas de pago único para el fomento de la conciliación de la vida laboral y familiar a
familias con menores o personas a su cargo, pacientes de cuidados paliativos pediátricos, con patología crónica y complejidad o que padecen cáncer u otras enfermedades graves con necesidad
de un nivel de intervención alto, y proceder a su convocatoria en el año 2023.
BOCM-20230525-18
Segundo