D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20230525-49)
Estatutos federación deportiva –  Orden 656/2023, de 11 de mayo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se dispone la aprobación de la modificación de los estatutos de la Federación Madrileña de Ciclismo, su inscripción en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 123

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 25 DE MAYO DE 2023

Pág. 315

I. COMUNIDAD DE MADRID

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Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
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ORDEN 656/2023, de 11 de mayo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se dispone la aprobación de la modificación de los estatutos de
la Federación Madrileña de Ciclismo, su inscripción en el Registro de Entidades
Deportivas de la Comunidad de Madrid y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

La Federación Madrileña de Ciclismo presenta, ante la Dirección General de Deportes de la Comunidad de Madrid, la modificación de sus estatutos, a efectos de su aprobación e inscripción en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero
La Federación Madrileña de Ciclismo fue inscrita definitivamente en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid, con el número 11 de la Sección de Federaciones Deportivas, mediante Resolución del Director General de Deportes, de 29 de septiembre
de 1992, procediéndose igualmente a la aprobación, visado e inscripción de sus estatutos.
Segundo
Mediante resoluciones, de 27 de diciembre de 1994, 13 de enero de 1998, 6 de mayo
de 2005, 16 de enero de 2007, 18 de mayo de 2012, 20 de enero de 2015, 27 de diciembre
de 2017 y 3 de marzo de 2020, se procedió a la aprobación e inscripción en el Registro de
Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid de sucesivas modificaciones de los estatutos de la Federación Madrileña de Ciclismo.
Tercero
La Federación Madrileña de Ciclismo, con fecha 5 de mayo de 2023, presenta la modificación del artículo 3 de sus estatutos, previamente aprobada por su Asamblea General
con fecha 4 de mayo de 2023, a efectos de su aprobación e inscripción en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
Según lo dispuesto en el artículo 21.3.b) de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del
Deporte de la Comunidad de Madrid, la Administración Deportiva de la Comunidad de
Madrid ejercerá la competencia relativa a la aprobación de los estatutos de las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid.

Según lo dispuesto en el artículo 2.1 del Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, por
el que se regulan las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid, éstas se rigen
por lo dispuesto en la Ley del Deporte de la Comunidad de Madrid, por el mencionado Decreto y demás disposiciones que les sean aplicables, y por sus estatutos, que serán debidamente aprobados por la Administración Deportiva de la Comunidad de Madrid.
Tercero
Según lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto 99/1997, de 31 de julio, que regula la
estructura y funcionamiento del Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de
Madrid, serán objeto de inscripción las modificaciones estatutarias.

BOCM-20230525-49

Segundo