Alcobendas (BOCM-20230524-85)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 328
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 24 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 122
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
85
ALCOBENDAS
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto de la resolución 7146, de fecha 12 de mayo de 2023, del Ayuntamiento de Alcobendas, por la que se convocan subvenciones anuales a las asociaciones de Mujer,
LGTBI e Inmigración, para la realización de sus programas de actividades durante 2023.
Primero. Beneficiarios.—Podrán solicitar subvención, con base a esta normativa,
las Asociaciones y otras Entidades sin ánimo de lucro, inscritas en el Registro municipal de Asociaciones, Fundaciones y Entidades análogas, que tengan un fin social y que
desarrollen proyectos en el ámbito referido de Mujer y LGTBI e Inmigración de interés
general para el municipio. Siempre que el proyecto sea complementario a la programación municipal, se adecúe a las prioridades de cada una de las áreas y sus actividades no
coincidan con las actividades municipales.
Segundo. Objeto.—Estas ayudas económicas deberán fomentar actividades de interés público y social que tengan por finalidad:
— Promover y apoyar el asociacionismo, especialmente en la formación de redes
asociativas y el desarrollo de servicios de interés general para la colectividad y
atribuidos a la competencia local.
— Fomentar valores sociales y culturales y nuevas formas de participación ciudadana.
— Favorecer la cooperación entre el sector público y el privado sin ánimo de lucro.
A tal fin, se consideran subvencionables las siguientes actividades que promuevan:
— La presencia de las mujeres en los diferentes ámbitos de la vida pública y cotidiana
del municipio. Iniciativas que fomenten el asociacionismo femenino para la participación de las mujeres en la sociedad. Actividades para la promoción de la
igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.
— El desarrollo de proyectos que prevengan o eliminen factores causantes de situaciones de desigualdad, discriminación, acoso y exclusión que afectan al colectivo
LGTBI, aquellos que contengan acciones de información, sensibilización, visibilización y promoción de la diversidad sexual y de identidad de género, o aquellos que persigan como fin primordial facilitar y fomentar la participación, promuevan el asociacionismo y la participación activa de la población LGTBI.
— El desarrollo de proyectos de acogida e integración de personas migradas, así
como de lucha contra la xenofobia y el rechazo social.
En el desarrollo de las líneas de actuación citadas, tendrán prioridad los siguientes
proyectos o actividades:
— Actividades dirigidas a favorecer la igualdad de oportunidades, la prevención de
la violencia de género, la conciliación y la corresponsabilidad, el liderazgo y el
emprendimiento femenino.
— Actividades encaminadas a fomentar el cambio cultural hacia la igualdad de género.
— Actividades que promuevan la presencia de las mujeres en los diferentes ámbitos
de la vida pública y cotidiana e iniciativas que fomenten la participación de las
mujeres en la sociedad.
— Actividades complementarias a los objetivos de la Programación Municipal que
fomenten actividades innovadoras para avanzar hacia una convivencia basada en
la igualdad de oportunidades.
— Actividades que promuevan y refuercen las políticas públicas destinadas a impulsar y favorecer la igualdad de las personas LGTBI (lesbianas, gays, transexuales,
bisexuales, intersexuales, asexuales, etc.) para lograr la plena equiparación de sus
derechos con el resto de la sociedad.
BOCM-20230524-85
BDNS (Identif.): 695738
Pág. 328
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 24 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 122
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
85
ALCOBENDAS
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto de la resolución 7146, de fecha 12 de mayo de 2023, del Ayuntamiento de Alcobendas, por la que se convocan subvenciones anuales a las asociaciones de Mujer,
LGTBI e Inmigración, para la realización de sus programas de actividades durante 2023.
Primero. Beneficiarios.—Podrán solicitar subvención, con base a esta normativa,
las Asociaciones y otras Entidades sin ánimo de lucro, inscritas en el Registro municipal de Asociaciones, Fundaciones y Entidades análogas, que tengan un fin social y que
desarrollen proyectos en el ámbito referido de Mujer y LGTBI e Inmigración de interés
general para el municipio. Siempre que el proyecto sea complementario a la programación municipal, se adecúe a las prioridades de cada una de las áreas y sus actividades no
coincidan con las actividades municipales.
Segundo. Objeto.—Estas ayudas económicas deberán fomentar actividades de interés público y social que tengan por finalidad:
— Promover y apoyar el asociacionismo, especialmente en la formación de redes
asociativas y el desarrollo de servicios de interés general para la colectividad y
atribuidos a la competencia local.
— Fomentar valores sociales y culturales y nuevas formas de participación ciudadana.
— Favorecer la cooperación entre el sector público y el privado sin ánimo de lucro.
A tal fin, se consideran subvencionables las siguientes actividades que promuevan:
— La presencia de las mujeres en los diferentes ámbitos de la vida pública y cotidiana
del municipio. Iniciativas que fomenten el asociacionismo femenino para la participación de las mujeres en la sociedad. Actividades para la promoción de la
igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.
— El desarrollo de proyectos que prevengan o eliminen factores causantes de situaciones de desigualdad, discriminación, acoso y exclusión que afectan al colectivo
LGTBI, aquellos que contengan acciones de información, sensibilización, visibilización y promoción de la diversidad sexual y de identidad de género, o aquellos que persigan como fin primordial facilitar y fomentar la participación, promuevan el asociacionismo y la participación activa de la población LGTBI.
— El desarrollo de proyectos de acogida e integración de personas migradas, así
como de lucha contra la xenofobia y el rechazo social.
En el desarrollo de las líneas de actuación citadas, tendrán prioridad los siguientes
proyectos o actividades:
— Actividades dirigidas a favorecer la igualdad de oportunidades, la prevención de
la violencia de género, la conciliación y la corresponsabilidad, el liderazgo y el
emprendimiento femenino.
— Actividades encaminadas a fomentar el cambio cultural hacia la igualdad de género.
— Actividades que promuevan la presencia de las mujeres en los diferentes ámbitos
de la vida pública y cotidiana e iniciativas que fomenten la participación de las
mujeres en la sociedad.
— Actividades complementarias a los objetivos de la Programación Municipal que
fomenten actividades innovadoras para avanzar hacia una convivencia basada en
la igualdad de oportunidades.
— Actividades que promuevan y refuercen las políticas públicas destinadas a impulsar y favorecer la igualdad de las personas LGTBI (lesbianas, gays, transexuales,
bisexuales, intersexuales, asexuales, etc.) para lograr la plena equiparación de sus
derechos con el resto de la sociedad.
BOCM-20230524-85
BDNS (Identif.): 695738