C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230524-26)
Convenio colectivo – Resolución de 8 de mayo de 2023, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación de la revisión salarial del año 2022 del convenio colectivo del Sector de Espacios Escénicos de la Comunidad de Madrid, suscrita por la comisión mixta paritaria (código número 28002605011981)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 158
MIÉRCOLES 24 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 122
Por CC. OO.:
Dña. Agustina Martínez-Villanueva Crespo.
Dña. Nuria de Frutos Roé.
Por UGT:
D. Jesús Muros Navarro.
Por CGT:
D. Alberto Yusta.
ACUERDOS
Primero
En primer lugar, son aprobadas por unanimidad de todos los presentes las Tablas Salariales correspondientes al año 2022 una vez actualizadas hasta el 3,25 por 100, en función
de lo acordado en la Comisión Mixta Paritaria de 3 de febrero de 2022, y que, según los distintos Grupos, se pasan a detallar:
Segundo
Con respecto a la actualización salarial del año 2023, se acuerda una subida de las Tablas Salariales para los distintos Grupos Profesionales de:
— Para los grupos 1 y 2: Incremento salarial del 2,25 por 100, con revisión salarial
sólo si el IPC real 2023 supera el 5 por 100, abonándose únicamente la diferencia
entre el IPC real 2023 y el 5 por 100.
— Para el grupo 3: Incremento salarial del 3 por 100, con revisión salarial sólo si el
IPC real 2023 supera el 4,1 por 100, abonándose únicamente la diferencia entre el
IPC real 2023 y el 4,1 por 100.
— Para el grupo 4 nivel 4: Incremento salarial del 3,5 por 100, con revisión salarial
sólo si el IPC real 2023 supera el 4,1 por 100, abonándose únicamente la diferencia entre el IPC real 2023 y el 4,1 por 100.
— Para el grupo 4 nivel 5: Incremento salarial hasta llegar a 1.080 euros (SMI, que
supone una subida del 4,6 por 100), con revisión salarial si el IPC real 2023 supera 4,6 por 100, abonándose únicamente la diferencia entre el IPC real 2023 y
el 4,6 por 100.
Ambas partes del incremento, de producirse, tendrán efecto desde el 1 de enero de 2023.
TABLA SALARIAL PERSONAL DE
ESPACIOS ESCÉNICOS DE MADRID
2023
ANUAL
SALARIO BASE
(14 PAGAS)
GRUPO 1
NIVEL 1
21.011,04 €
1.500,79 €
GRUPO 2
NIVEL 2
19.843,76 €
1.417,41 €
GRUPO 3
NIVEL 3
17.637,63€
1.259,83 €
GRUPO 4
NIVEL 4
15.278,13 €
1.091,29 €
NIVEL 5
15.120,00 €
1.080,00 €
Para todos ellos, tal como establece el Convenio en su Artículo 7, el complemento “ad
personam” no es compensable ni absorbible.
Remitir el citado acuerdo a la autoridad laboral competente, y las partes comparecientes designan a D. Luis Ángel García Delafuente, con DNI 50828076-P, para que realice los
trámites de registro, depósito y publicación de este acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, a través del servicio telemático REGCON.
Sin nada más que añadir, y siendo las 14:00 horas, se levanta la presente acta que, en
prueba de conformidad, firman cada una de las organizaciones asistentes en lugar y fecha
señalados en el encabezamiento.
En Madrid, a 13 de febrero de 2023.—Representación de APTEM.—Representación
ADETMA.—Representación de CC. OO.—Representación UGT.—Representación CGT.
(03/7.897/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20230524-26
Tercero
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 158
MIÉRCOLES 24 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 122
Por CC. OO.:
Dña. Agustina Martínez-Villanueva Crespo.
Dña. Nuria de Frutos Roé.
Por UGT:
D. Jesús Muros Navarro.
Por CGT:
D. Alberto Yusta.
ACUERDOS
Primero
En primer lugar, son aprobadas por unanimidad de todos los presentes las Tablas Salariales correspondientes al año 2022 una vez actualizadas hasta el 3,25 por 100, en función
de lo acordado en la Comisión Mixta Paritaria de 3 de febrero de 2022, y que, según los distintos Grupos, se pasan a detallar:
Segundo
Con respecto a la actualización salarial del año 2023, se acuerda una subida de las Tablas Salariales para los distintos Grupos Profesionales de:
— Para los grupos 1 y 2: Incremento salarial del 2,25 por 100, con revisión salarial
sólo si el IPC real 2023 supera el 5 por 100, abonándose únicamente la diferencia
entre el IPC real 2023 y el 5 por 100.
— Para el grupo 3: Incremento salarial del 3 por 100, con revisión salarial sólo si el
IPC real 2023 supera el 4,1 por 100, abonándose únicamente la diferencia entre el
IPC real 2023 y el 4,1 por 100.
— Para el grupo 4 nivel 4: Incremento salarial del 3,5 por 100, con revisión salarial
sólo si el IPC real 2023 supera el 4,1 por 100, abonándose únicamente la diferencia entre el IPC real 2023 y el 4,1 por 100.
— Para el grupo 4 nivel 5: Incremento salarial hasta llegar a 1.080 euros (SMI, que
supone una subida del 4,6 por 100), con revisión salarial si el IPC real 2023 supera 4,6 por 100, abonándose únicamente la diferencia entre el IPC real 2023 y
el 4,6 por 100.
Ambas partes del incremento, de producirse, tendrán efecto desde el 1 de enero de 2023.
TABLA SALARIAL PERSONAL DE
ESPACIOS ESCÉNICOS DE MADRID
2023
ANUAL
SALARIO BASE
(14 PAGAS)
GRUPO 1
NIVEL 1
21.011,04 €
1.500,79 €
GRUPO 2
NIVEL 2
19.843,76 €
1.417,41 €
GRUPO 3
NIVEL 3
17.637,63€
1.259,83 €
GRUPO 4
NIVEL 4
15.278,13 €
1.091,29 €
NIVEL 5
15.120,00 €
1.080,00 €
Para todos ellos, tal como establece el Convenio en su Artículo 7, el complemento “ad
personam” no es compensable ni absorbible.
Remitir el citado acuerdo a la autoridad laboral competente, y las partes comparecientes designan a D. Luis Ángel García Delafuente, con DNI 50828076-P, para que realice los
trámites de registro, depósito y publicación de este acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, a través del servicio telemático REGCON.
Sin nada más que añadir, y siendo las 14:00 horas, se levanta la presente acta que, en
prueba de conformidad, firman cada una de las organizaciones asistentes en lugar y fecha
señalados en el encabezamiento.
En Madrid, a 13 de febrero de 2023.—Representación de APTEM.—Representación
ADETMA.—Representación de CC. OO.—Representación UGT.—Representación CGT.
(03/7.897/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20230524-26
Tercero