D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20230523-51)
Estatutos federación deportiva – Orden 648/2023, de 9 de mayo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se dispone la aprobación de la modificación de los Estatutos de la Federación Madrileña de Luchas Asociadas, su inscripción en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
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BOCM
Pág. 170
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 23 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 121
Cuarto
Según lo dispuesto en el artículo 34.5 de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, y en el artículo 10 del Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, los Estatutos de las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid, así como sus modificaciones, se publicarán en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Quinto
La modificación de los Estatutos presentada es acorde con la Ley 15/1994, de 28 de
diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid, el Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, por el que se regulan las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid, y el resto de la legislación deportiva aplicable.
Sexto
La adopción de la presente Orden le corresponde a la Consejería de Cultura, Turismo
y Deporte, en base a lo dispuesto en el Decreto 229/2021, de 13 de octubre, del Consejo de
Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y, por delegación, le corresponde a la Dirección General de Deportes, en
base a lo dispuesto en la Orden 1389/2021, de 16 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la
firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones.
En consecuencia,
DISPONGO
Primero
Aprobar la modificación del artículo 3 de los Estatutos de la Federación Madrileña de
Luchas Asociadas conforme quedan redactados en el anexo de la presente Orden y disponer su inscripción en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid.
Segundo
Ordenar la publicación de la modificación de los Estatutos de la Federación Madrileña de Luchas Asociadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 9 de mayo de 2023.—La Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, P. D. (Orden 1389/2021, de 16 de noviembre), el Director General de Deportes, Fernando Benzo Sáinz.
ANEXO
MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS
DE LA FEDERACIÓN MADRILEÑA DE LUCHAS ASOCIADAS
BOCM-20230523-51
Artículo 3. Las disciplinas deportivas cuya práctica y desarrollo compete a la Federación Madrileña de Luchas Asociadas, son las siguientes: Lucha Grecorromana, Lucha Libre
Olímpica, Sambo, Sambo-Defensa Personal, Sambo-Defensa Personal Policial, Lucha-Canaria, Lucha-Leonesa, Lucha Libre-Pressing Katch, Defensa Personal Policial, Kobudo, Kobudo
Policial, Defensa Personal del Pacífico Sur (Limalama), Lucha Playa, Sambo Playa, Lucha
Grapling, Lucha MMA (Artes Marciales Mixtas) y Lucha Nei Gong (Hun Yuan, Jiseido).
Así como Lucha, Grappling y Sambo para discapacitados.
(03/8.066/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 170
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 23 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 121
Cuarto
Según lo dispuesto en el artículo 34.5 de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, y en el artículo 10 del Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, los Estatutos de las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid, así como sus modificaciones, se publicarán en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Quinto
La modificación de los Estatutos presentada es acorde con la Ley 15/1994, de 28 de
diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid, el Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, por el que se regulan las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid, y el resto de la legislación deportiva aplicable.
Sexto
La adopción de la presente Orden le corresponde a la Consejería de Cultura, Turismo
y Deporte, en base a lo dispuesto en el Decreto 229/2021, de 13 de octubre, del Consejo de
Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y, por delegación, le corresponde a la Dirección General de Deportes, en
base a lo dispuesto en la Orden 1389/2021, de 16 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la
firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones.
En consecuencia,
DISPONGO
Primero
Aprobar la modificación del artículo 3 de los Estatutos de la Federación Madrileña de
Luchas Asociadas conforme quedan redactados en el anexo de la presente Orden y disponer su inscripción en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid.
Segundo
Ordenar la publicación de la modificación de los Estatutos de la Federación Madrileña de Luchas Asociadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 9 de mayo de 2023.—La Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, P. D. (Orden 1389/2021, de 16 de noviembre), el Director General de Deportes, Fernando Benzo Sáinz.
ANEXO
MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS
DE LA FEDERACIÓN MADRILEÑA DE LUCHAS ASOCIADAS
BOCM-20230523-51
Artículo 3. Las disciplinas deportivas cuya práctica y desarrollo compete a la Federación Madrileña de Luchas Asociadas, son las siguientes: Lucha Grecorromana, Lucha Libre
Olímpica, Sambo, Sambo-Defensa Personal, Sambo-Defensa Personal Policial, Lucha-Canaria, Lucha-Leonesa, Lucha Libre-Pressing Katch, Defensa Personal Policial, Kobudo, Kobudo
Policial, Defensa Personal del Pacífico Sur (Limalama), Lucha Playa, Sambo Playa, Lucha
Grapling, Lucha MMA (Artes Marciales Mixtas) y Lucha Nei Gong (Hun Yuan, Jiseido).
Así como Lucha, Grappling y Sambo para discapacitados.
(03/8.066/23)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791