D) Anuncios - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20230520-3)
Convenio – Convenio de 8 de marzo de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia e Interior) y el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid por el que se formaliza la concesión directa de una subvención por importe de 1.110.000 euros para la prestación de los servicios de orientación jurídica en el ejercicio 2023
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 119
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 20 DE MAYO DE 2023
Pág. 37
BOCM-20230520-3
las partes en el desarrollo y aplicación del convenio serán tratados y utilizados de conformidad con la normativa.
2. El ICAM y todo el personal que tenga relación directa o indirecta con la prestación de los servicios previstos en este convenio, guardarán secreto profesional sobre todas
las informaciones, documentos y asuntos a los que tengan acceso o conocimiento durante
la prestación de los servicios, estando obligados a no hacer público o enajenar cuantos datos conozcan como consecuencia o con ocasión de su ejecución, incluso después de finalizar el plazo de este convenio, estando sujetos al deber de secreto conforme a lo regulado en
el artículo 10 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de
Carácter Personal, obligaciones que subsistirán aún después de finalizar el convenio.
3. El ICAM incluirá una cláusula de confidencialidad y secreto en los términos descritos en este convenio, en todos los documentos que suscriba con el personal adscrito a la
prestación de los servicios objeto del mismo.
Y para que así conste, ambas partes firman el presente convenio por duplicado ejemplar en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento de este documento.
Madrid, a 8 de marzo de 2023.—Por la Consejería de Presidencia Justicia e Interior, Enrique López López.—Por el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, José María
Alonso Puig.
(03/7.990/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 119
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 20 DE MAYO DE 2023
Pág. 37
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las partes en el desarrollo y aplicación del convenio serán tratados y utilizados de conformidad con la normativa.
2. El ICAM y todo el personal que tenga relación directa o indirecta con la prestación de los servicios previstos en este convenio, guardarán secreto profesional sobre todas
las informaciones, documentos y asuntos a los que tengan acceso o conocimiento durante
la prestación de los servicios, estando obligados a no hacer público o enajenar cuantos datos conozcan como consecuencia o con ocasión de su ejecución, incluso después de finalizar el plazo de este convenio, estando sujetos al deber de secreto conforme a lo regulado en
el artículo 10 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de
Carácter Personal, obligaciones que subsistirán aún después de finalizar el convenio.
3. El ICAM incluirá una cláusula de confidencialidad y secreto en los términos descritos en este convenio, en todos los documentos que suscriba con el personal adscrito a la
prestación de los servicios objeto del mismo.
Y para que así conste, ambas partes firman el presente convenio por duplicado ejemplar en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento de este documento.
Madrid, a 8 de marzo de 2023.—Por la Consejería de Presidencia Justicia e Interior, Enrique López López.—Por el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, José María
Alonso Puig.
(03/7.990/23)
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ISSN 1989-4791