C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20230519-25)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Orden 621/2023, de 5 de mayo, de la Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan las ayudas para actuaciones de conservación y restauración de bienes inmuebles privados con protección de Bien de Interés Cultural y Bien de Interés Patrimonial, correspondientes a 2023
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 120

VIERNES 19 DE MAYO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 118

Cuarto
Cuantía
La cuantía de esta convocatoria de ayudas asciende a 300.000 euros.
Quinto
Plazo de presentación de solicitudes
Las solicitudes se presentarán en el plazo de veinticinco días hábiles, partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Sexto
Relaciones entre Comunidad de Madrid e interesados
Las solicitudes se formularán en el modelo recogido en esta convocatoria, que es de
uso obligatorio, y se encontrará a disposición de los interesados en el Servicio de Administración Digital. https://sede.comunidad.madrid/
La presentación de la solicitud y de la documentación que debe acompañarlas se realizará exclusivamente por medios electrónicos, salvo que el solicitante sea persona física.
Si el interesado es persona física podrá elegir la tramitación electrónica en el procedimiento que se efectúen al amparo de la presente convocatoria. Si el interesado no elige
la tramitación electrónica, las solicitudes se presentarán, junto con la documentación requerida, en el Registro de la Consejería, Turismo y Deporte, en cualquiera de las oficinas
de asistencia en materia de registro de la Comunidad de Madrid o en la forma establecida
en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y se formalizarán conforme al formulario que se adjunta a esta convocatoria.
Si se opta por la presentación electrónica, se debe disponer de DNI electrónico o de
uno de los certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid. También podrán disponer de cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid
considere valido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para
cada tipo de firma.
Séptimo
Pago y justificación
El pago de la subvención se efectuará mediante anticipo a cuenta del total del importe
de la subvención, con carácter previo a la justificación, como financiación necesaria para
llevar a cabo el proyecto inherente a la subvención, sin que sea necesaria la constitución de
garantías, quedando condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente, y de acuerdo con las disposiciones líquidas de la Tesorería. Los beneficiarios deberán presentar la documentación justificativa de la realización de la obra en un plazo máximo de tres meses, a
contar desde la fecha de la certificación final de la realización efectiva de las distintas actividades y actuaciones objeto de la subvención, y respetando, en todo caso, el plazo máximo
de ejecución de veinte meses, contados a partir de la publicación de la orden de concesión.
Madrid, a 5 de mayo de 2023.
La Consejera de Cultura, Turismo y Deporte,
MARTA RIVERA DE LA CRUZ

BOCM-20230519-25

(03/8.046/23)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791