D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230519-29)
Convenio – Convenio de 27 de abril de 2023, de colaboración entre la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades) y el Ayuntamiento de Madrid (Área de Gobierno de Desarrollo Urbano), para la ampliación del destino del derecho de superficie constituido de forma directa y con carácter gratuito sobre la parcela municipal de 20.000 metros cuadrados de superficie situada en la calle Unanimidad con vuelta a avenida de Orovilla, API 17.05, “El Espinillo”, Distrito de Villaverde, a favor de la Comunidad de Madrid, para la construcción de una Escuela Infantil de primer ciclo, además del Instituto de Educación Secundaria previsto inicialmente
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 118
VIERNES 19 DE MAYO DE 2023
Pág. 131
ESTIPULACIONES
Primera
Objeto
El Ayuntamiento de Madrid (Área de Gobierno de Desarrollo Urbano) y la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades), acuerdan suscribir el presente convenio para la ampliación del destino del Derecho de Superficie constituido con carácter gratuito sobre la parcela municipal de 20.000 m2 de superficie, situada
en la calle Unanimidad c/v Avda. de Orovilla, API 17.05 “El Espinillo”, distrito de Villaverde, para la construcción de un Instituto de Educación Secundaria, y ello con el objeto de
ampliar su destino con la construcción de una Escuela Infantil de Primer Ciclo, que junto
con el Instituto de Educación Secundaria inicialmente previsto, consitutirá un complejo
educativo, manteniéndose vigentes el resto de las cláusulas del Pliego de Condiciones que
rige la citada cesión del derecho de superficie.
Segunda
Compromiso de la Comunidad de Madrid
La Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades), como Administración competente en materia educativa, se compromete a destinar la
parcela a la construcción y gestión de un Instituto de Educación Secundaria y una Escuela
Infantil de Primer Grado, constituyendo un Complejo Educativo.
Tercera
Eficacia del convenio
El presente Convenio, firmado por las partes intervinientes, adquirirá eficacia una vez
aprobado por el órgano competente de cada Administración interviniente:
En el caso del Ayuntamiento de Madrid su aprobación se produce con su firma por el
Delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano, de conformidad con las competencias que le han sido conferidas por el Apartado 3.1.1.8 de Organización y Competencias del
Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 11 de julio de 2019, de Organización y Competencias del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano.
En el caso de la Comunidad de Madrid, se actuará conforme a lo previsto en los artículos 14 y 40 de la Ley 3/2001, de 21 de junio, de Patrimonio de la Comunidad de Madrid,
referente a la adquisición de bienes y derechos a título gratuito.
La eficacia de lo acordado en el Convenio queda condicionada a la aceptación por parte del titular de la Consejería de Hacienda y Función Pública, que deberá producirse en el
plazo de 6 meses a partir de la firma del presente Convenio, debiendo notificarse este extremo al Ayuntamiento de Madrid.
Se une como Anexo la escritura pública de ampliación de cesión del derecho de superficie sobre la parcela de terreno en “El Espinillo”, denominada “Parcela 6”, en término municipal de Madrid, Distrito de Villaverde, que fue suscrita, por ambas partes, ante el Notario de Madrid don Martín María Recarte Casanova, el día 22 de marzo de 2007, número 924
de su protocolo y causó inscripción en el Registro de la Propiedad n.o 44, el día 8 de mayo
de 2007, al Tomo 1707, libro 120, folio 100, IDUFIR 2814 7000966052.
En prueba de conformidad, las partes intervinientes firman el presente Convenio.
Madrid, a 27 de abril de 2023.—El Delegado del Área de Gobierno de Desarrollo
Urbano, Mariano Fuentes Sedano.—El Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, Enrique Ossorio Crespo.
(03/7.429/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20230519-29
ANEXO
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 118
VIERNES 19 DE MAYO DE 2023
Pág. 131
ESTIPULACIONES
Primera
Objeto
El Ayuntamiento de Madrid (Área de Gobierno de Desarrollo Urbano) y la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades), acuerdan suscribir el presente convenio para la ampliación del destino del Derecho de Superficie constituido con carácter gratuito sobre la parcela municipal de 20.000 m2 de superficie, situada
en la calle Unanimidad c/v Avda. de Orovilla, API 17.05 “El Espinillo”, distrito de Villaverde, para la construcción de un Instituto de Educación Secundaria, y ello con el objeto de
ampliar su destino con la construcción de una Escuela Infantil de Primer Ciclo, que junto
con el Instituto de Educación Secundaria inicialmente previsto, consitutirá un complejo
educativo, manteniéndose vigentes el resto de las cláusulas del Pliego de Condiciones que
rige la citada cesión del derecho de superficie.
Segunda
Compromiso de la Comunidad de Madrid
La Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades), como Administración competente en materia educativa, se compromete a destinar la
parcela a la construcción y gestión de un Instituto de Educación Secundaria y una Escuela
Infantil de Primer Grado, constituyendo un Complejo Educativo.
Tercera
Eficacia del convenio
El presente Convenio, firmado por las partes intervinientes, adquirirá eficacia una vez
aprobado por el órgano competente de cada Administración interviniente:
En el caso del Ayuntamiento de Madrid su aprobación se produce con su firma por el
Delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano, de conformidad con las competencias que le han sido conferidas por el Apartado 3.1.1.8 de Organización y Competencias del
Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 11 de julio de 2019, de Organización y Competencias del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano.
En el caso de la Comunidad de Madrid, se actuará conforme a lo previsto en los artículos 14 y 40 de la Ley 3/2001, de 21 de junio, de Patrimonio de la Comunidad de Madrid,
referente a la adquisición de bienes y derechos a título gratuito.
La eficacia de lo acordado en el Convenio queda condicionada a la aceptación por parte del titular de la Consejería de Hacienda y Función Pública, que deberá producirse en el
plazo de 6 meses a partir de la firma del presente Convenio, debiendo notificarse este extremo al Ayuntamiento de Madrid.
Se une como Anexo la escritura pública de ampliación de cesión del derecho de superficie sobre la parcela de terreno en “El Espinillo”, denominada “Parcela 6”, en término municipal de Madrid, Distrito de Villaverde, que fue suscrita, por ambas partes, ante el Notario de Madrid don Martín María Recarte Casanova, el día 22 de marzo de 2007, número 924
de su protocolo y causó inscripción en el Registro de la Propiedad n.o 44, el día 8 de mayo
de 2007, al Tomo 1707, libro 120, folio 100, IDUFIR 2814 7000966052.
En prueba de conformidad, las partes intervinientes firman el presente Convenio.
Madrid, a 27 de abril de 2023.—El Delegado del Área de Gobierno de Desarrollo
Urbano, Mariano Fuentes Sedano.—El Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, Enrique Ossorio Crespo.
(03/7.429/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20230519-29
ANEXO