D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230519-36)
Convenio – Convenio de 21 de abril de 2023, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Meco, para impulsar la tramitación de proyectos de inversiones a través de la aceleradora de inversiones de la Comunidad de Madrid
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BOCM
Pág. 144
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 19 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 118
Cuarto
En este sentido, la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, crea y regula la Aceleradora de Inversiones de la Comunidad de Madrid, en adelante la Aceleradora, mediante
el Decreto 15/2023, de 1 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se crea y regula la
Aceleradora de Inversiones de la Comunidad de Madrid.
Su creación responde a la necesidad de mejorar la coordinación de la Administración
de la Comunidad de Madrid en la tramitación de los proyectos de inversión de especial interés, mediante un grupo de trabajo que aglutine a todos los centros de decisión competentes para su materialización, facilitando su desarrollo y abordando el proceso mediante una
única interlocución.
Esto permitirá, además, y en consonancia con los objetivos antes señalados, identificar y desarrollar medidas de simplificación administrativa, mejorando el clima de negocios
e impulsando la competitividad de la región.
Quinto
Con la Aceleradora se pretende disponer de una unidad que facilite que los proyectos
generadores de riqueza y empleo para la Comunidad de Madrid, declarados de especial interés, puedan tramitarse ante la Administración con agilidad y eficacia, fomentando así la
competitividad y la atracción de proyectos de inversión de mayor valor añadido.
Se trata, por tanto, de una unidad administrativa de información, coordinación e impulso de aquellos proyectos empresariales que se desarrollen en la región, tanto de instalación como de ampliación, que cumplan con los requisitos de inversión, creación de empleo
u otros según lo establecido en el artículo octavo del Decreto 15/2023, de 1 de marzo.
Sexto
Entre sus funciones, la Aceleradora tiene encomendadas la emisión de la declaración
de proyecto de interés, el seguimiento del estado de tramitación de los proyectos de inversión ante los órganos competentes de la Comunidad de Madrid, y en su caso de las corporaciones locales, el impulso y la coordinación de la actuación de los diferentes órganos y
entidades públicas implicadas en la tramitación de los proyectos, sin perjuicio de la competencia de cada administración actuante, la identificación de potenciales barreras administrativas
en la tramitación de proyectos de inversión, la realización de propuestas que permitan optimizar y mejorar los procedimientos, así como cuantas otras actuaciones le sean encomendadas
para el mejor cumplimiento de sus fines, de acuerdo con el ordenamiento jurídico.
Séptimo
La Disposición Adicional Única del Decreto 15/2023, de 1 de marzo, contempla la cooperación interadministrativa, en virtud de la cual, las entidades locales previa suscripción
de convenio con la Comunidad de Madrid, podrán participar en la Aceleradora y coordinarse con su Unidad Técnica para mejorar la tramitación administrativa de los proyectos de inversión que vayan a ubicarse en su término municipal.
En definitiva, el presente convenio pretende crear un marco de colaboración que permita impulsar los proyectos empresariales de especial interés que supongan un mayor volumen de inversión, una mayor creación de puestos de trabajo y la generación de valor
añadido para la economía de la Comunidad de Madrid, contribuyendo a simplificar su
proceso de puesta en marcha, incentivando las inversiones productivas en los diferentes
territorios de la región, mejorando la vertebración de la región y el desarrollo de todos los
municipios de la Comunidad de Madrid.
De conformidad con lo expuesto, ambas Partes acuerdan suscribir el presente convenio,
de acuerdo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El presente convenio tiene por objeto definir los términos de la colaboración entre la
Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y el
BOCM-20230519-36
Octavo
Pág. 144
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 19 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 118
Cuarto
En este sentido, la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, crea y regula la Aceleradora de Inversiones de la Comunidad de Madrid, en adelante la Aceleradora, mediante
el Decreto 15/2023, de 1 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se crea y regula la
Aceleradora de Inversiones de la Comunidad de Madrid.
Su creación responde a la necesidad de mejorar la coordinación de la Administración
de la Comunidad de Madrid en la tramitación de los proyectos de inversión de especial interés, mediante un grupo de trabajo que aglutine a todos los centros de decisión competentes para su materialización, facilitando su desarrollo y abordando el proceso mediante una
única interlocución.
Esto permitirá, además, y en consonancia con los objetivos antes señalados, identificar y desarrollar medidas de simplificación administrativa, mejorando el clima de negocios
e impulsando la competitividad de la región.
Quinto
Con la Aceleradora se pretende disponer de una unidad que facilite que los proyectos
generadores de riqueza y empleo para la Comunidad de Madrid, declarados de especial interés, puedan tramitarse ante la Administración con agilidad y eficacia, fomentando así la
competitividad y la atracción de proyectos de inversión de mayor valor añadido.
Se trata, por tanto, de una unidad administrativa de información, coordinación e impulso de aquellos proyectos empresariales que se desarrollen en la región, tanto de instalación como de ampliación, que cumplan con los requisitos de inversión, creación de empleo
u otros según lo establecido en el artículo octavo del Decreto 15/2023, de 1 de marzo.
Sexto
Entre sus funciones, la Aceleradora tiene encomendadas la emisión de la declaración
de proyecto de interés, el seguimiento del estado de tramitación de los proyectos de inversión ante los órganos competentes de la Comunidad de Madrid, y en su caso de las corporaciones locales, el impulso y la coordinación de la actuación de los diferentes órganos y
entidades públicas implicadas en la tramitación de los proyectos, sin perjuicio de la competencia de cada administración actuante, la identificación de potenciales barreras administrativas
en la tramitación de proyectos de inversión, la realización de propuestas que permitan optimizar y mejorar los procedimientos, así como cuantas otras actuaciones le sean encomendadas
para el mejor cumplimiento de sus fines, de acuerdo con el ordenamiento jurídico.
Séptimo
La Disposición Adicional Única del Decreto 15/2023, de 1 de marzo, contempla la cooperación interadministrativa, en virtud de la cual, las entidades locales previa suscripción
de convenio con la Comunidad de Madrid, podrán participar en la Aceleradora y coordinarse con su Unidad Técnica para mejorar la tramitación administrativa de los proyectos de inversión que vayan a ubicarse en su término municipal.
En definitiva, el presente convenio pretende crear un marco de colaboración que permita impulsar los proyectos empresariales de especial interés que supongan un mayor volumen de inversión, una mayor creación de puestos de trabajo y la generación de valor
añadido para la economía de la Comunidad de Madrid, contribuyendo a simplificar su
proceso de puesta en marcha, incentivando las inversiones productivas en los diferentes
territorios de la región, mejorando la vertebración de la región y el desarrollo de todos los
municipios de la Comunidad de Madrid.
De conformidad con lo expuesto, ambas Partes acuerdan suscribir el presente convenio,
de acuerdo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El presente convenio tiene por objeto definir los términos de la colaboración entre la
Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y el
BOCM-20230519-36
Octavo