D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230518-29)
Expropiación –  Orden 1537/2023, de 11 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se somete a información pública la relación de bienes y derechos afectados por el Proyecto “Obras de ampliación de la EDAR El Guatén”, en el término municipal de Torrejón de Velasco (expediente de expropiación forzosa número 418. Entidad beneficiaria: Canal de Isabel II)
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 18 DE MAYO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 117

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura
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ORDEN 1537/2023, de 11 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se somete a información pública la relación de bienes y derechos afectados por el Proyecto «Obras de ampliación de la EDAR “El
Guatén”, en el término municipal de Torrejón de Velasco (expediente de expropiación forzosa número 418. Entidad beneficiaria: Canal de Isabel II)».

La Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) “El Guatén” trata las aguas residuales del sistema de “El Guatén”, formado por los municipios de Casarrubuelos, Cubas de
la Sagra, Griñón, Torrejón de la Calzada y Torrejón de Velasco. La ampliación de su capacidad de tratamiento resulta necesaria para disponer de instalaciones suficientes para el tratamiento de agua residual que se generará como consecuencia de los desarrollos urbanísticos
previstos en cada uno de los municipios a los que da servicio.
El proyecto tiene por objeto la ampliación de la capacidad de tratamiento de la EDAR
de “El Guatén”, que se llevará a cabo dentro del recinto de la parcela que ocupa actualmente y que exigirá una segunda acometida eléctrica para disponer de un doble suministro eléctrico. Esta nueva línea se unirá con la existente en un centro de seccionamiento de nueva
construcción junto a la conexión de la acometida actual.
El proyecto “Ampliación de la capacidad de las Infraestructuras de Saneamiento del
Sistema El Guatén”, en los términos municipales de Casarrubuelos, Cubas de la Sagra, Griñón, Torrejón de la Calzada y Torrejón de Velasco, cuenta con Declaración de Impacto
Ambiental favorable, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
(en adelante, BOCM) número 86, de 12 de abril de 2011.
Con fecha 25 de septiembre de 2019, la Dirección General de Sostenibilidad y Cambio
Climático de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad
de la Comunidad de Madrid informa que este proyecto, con el planteamiento desarrollado en
el Plan Especial de Infraestructuras aprobado definitivamente, no requiere someterse a una
Evaluación de Impacto Ambiental Simplificada, debiendo cumplirse, no obstante, los condicionantes recogidos en la citada Declaración de Impacto Ambiental.
Por la Comisión de Urbanismo de la Comunidad de Madrid, en su sesión de 12 de junio de 2013, se aprueba definitivamente el “Plan Especial de Infraestructuras para las Obras
de Ampliación de la Estación Depuradora de Aguas Residuales El Guatén”, en el término
municipal de Torrejón de Velasco. Se hizo público en el BOCM número 146, de 21 de junio de 2013.
La ejecución del proyecto de referencia requiere que se proceda a tramitar el correspondiente procedimiento de expropiación forzosa, con objeto de poder disponer de los terrenos necesarios para llevarlo a cabo.
La declaración de utilidad pública está implícita, en virtud del artículo 10 de la Ley de
Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954 (en adelante, LEF).
En su virtud, una vez formulada la relación de bienes y derechos prevista en el artículo 17 LEF y en aplicación de su artículo 18,
DISPONGO

Someter al trámite de Información Pública durante el plazo de quince días, la relación de
bienes y derechos afectados por el Proyecto “Obras de ampliación de la EDAR El Guatén”,
en el término municipal de Torrejón de Velasco (expediente de expropiación número 418. Entidad beneficiaria: Canal de Isabel II), que se adjunta a la presente Orden.
En relación con aquellos bienes que se acrediten como de dominio público, se estará a
lo dispuesto en la normativa sectorial sobre su uso.

BOCM-20230518-29

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