C) Otras Disposiciones - UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS (BOCM-20230517-38)
Extracto convocatoria subvenciones – Resolución de 9 de mayo de 2023, del Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se convocan ayudas dentro del programa de aceleración Spinout: de la investigación al mercado
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BOCM
Pág. 122
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 17 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 116
BOCM-20230517-38
Dicha Resolución del Rector de la Universidad Rey Juan Carlos agota la vía administrativa, de conformidad con el artículo 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre,
de Universidades. Contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo
ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid en el plazo de dos meses,
contados según lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o bien recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la hubiera dictado en el plazo de un mes, en cuyo caso no se
podrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente mencionado en tanto no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta (por silencio) del recurso de reposición interpuesto, conforme a lo previsto en los artículos 123
y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que
se estime procedente.
Móstoles, a 9 de mayo de 2023.—El Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, Javier
Ramos López.
(03/7.881/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 122
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 17 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 116
BOCM-20230517-38
Dicha Resolución del Rector de la Universidad Rey Juan Carlos agota la vía administrativa, de conformidad con el artículo 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre,
de Universidades. Contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo
ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid en el plazo de dos meses,
contados según lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o bien recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la hubiera dictado en el plazo de un mes, en cuyo caso no se
podrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente mencionado en tanto no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta (por silencio) del recurso de reposición interpuesto, conforme a lo previsto en los artículos 123
y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que
se estime procedente.
Móstoles, a 9 de mayo de 2023.—El Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, Javier
Ramos López.
(03/7.881/23)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791