C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230517-35)
Crédito presupuestario ayudas –  Orden 1577/2023, de 12 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se declara el importe del crédito presupuestario disponible en el año 2023 para el Programa Mi Primera Vivienda y se abre el plazo de presentación de solicitudes de adhesión para las entidades financieras
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 17 DE MAYO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 116

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura
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ORDEN 1577/2023, de 12 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se declara el importe del crédito presupuestario disponible en el año 2023 para el Programa Mi Primera Vivienda y se abre el plazo de presentación de solicitudes de adhesión para las entidades financieras.

La Orden 2350/2022, de 27 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y
Agricultura, modificada mediante Orden 1331/2023, de 26 de abril, regula el Programa Mi
Primera Vivienda, consistente en el apoyo a aquellas personas jóvenes que no superen los
treinta y cinco años de edad y que, siendo solventes y teniendo recursos, no disponen del
ahorro previo necesario para la adquisición de su primera vivienda.
Las entidades financieras adheridas al programa mediante la suscripción del correspondiente convenio con la Comunidad de Madrid conceden préstamos hipotecarios con un
importe que puede ser superior al 80 por 100 y hasta el 95 por 100 del valor menor de los
siguientes: valor de tasación o precio de compraventa de la vivienda.
El artículo 7 de la citada Orden 2350/2022, de 27 de julio, establece que anualmente,
mediante orden de la Consejería competente en materia de vivienda se aprobará el importe
destinado al Programa Mi Primera Vivienda.
Por su parte, el artículo 10 señala que el plazo de solicitud de adhesión de las entidades financieras al programa se hará constar en la orden de la Consejería competente en materia de vivienda por la que se declare el importe del crédito disponible anualmente.
En virtud de lo anterior,
RESUELVO
Primero
Declarar el importe del crédito presupuestario disponible para atender las obligaciones
de contenido económico derivadas del Programa Mi Primera Vivienda durante el año 2023,
que asciende a 18.000.000 de euros.
Segundo
El crédito se imputará al Programa 261A, Subconcepto 84001 del presupuesto de gastos de la Comunidad de Madrid para el año 2022, prorrogado automáticamente para el año
2023. Dicha imputación se realizará de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 137/2022, de 28 de diciembre, por el que se establecen los criterios de aplicación de la
prórroga automática de los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid para el
año 2022 hasta la entrada en vigor de los presupuestos generales para 2023.

Las entidades financieras que, cumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 9
de la Orden 2350/2022, de 27 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y
Agricultura, modificada mediante Orden 1331/2023, de 26 de abril, deseen adherirse al
Programa Mi Primera Vivienda, podrán presentar una solicitud, conforme a lo previsto en
el artículo 10 de la citada orden, dirigida a la Dirección General competente en materia de
vivienda, en el plazo de 20 días hábiles a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
El crédito presupuestario disponible se distribuirá entre todas las entidades financieras
que lo soliciten y acrediten el cumplimiento de los requisitos, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 8 de la Orden 2350/2022, de 27 de julio, modificada por
la Orden 1331/2023, de 26 de abril.

BOCM-20230517-35

Tercero