C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230516-29)
Tarifa agua –  Acuerdo de 3 de mayo de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba una cuota suplementaria en la tarifa de distribución de agua de la urbanización “Valle del Sol”, en el municipio de Colmenar del Arroyo, con destino a la financiación de las obras de adecuación y renovación de las infraestructuras de distribución
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 115

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 16 DE MAYO DE 2023

Pág. 173

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura
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ACUERDO de 3 de mayo de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se
aprueba una cuota suplementaria en la tarifa de distribución de agua de la
urbanización “Valle del Sol”, en el municipio de Colmenar del Arroyo, con
destino a la financiación de las obras de adecuación y renovación de las infraestructuras de distribución.

Con fecha de 30 de noviembre de 2022 se suscribió la Adenda al “Convenio de gestión integral del Servicio de Distribución de Agua de Consumo Humano entre la Comunidad de Madrid, Canal de Isabel II y el Ayuntamiento de Colmenar del Arroyo”, para la renovación de la red de distribución de agua en la urbanización “Valle del Sol”, entre la
Comunidad de Madrid, el Ente Público Canal de Isabel II, Canal de Isabel II, S. A., el Ayuntamiento de Colmenar del Arroyo y la urbanización “Valle del Sol”.
En el capítulo VI, estipulación decimonovena de dicha Adenda, se establece que el
coste de las obras de ejecución correspondientes se financiará con cargo a lo recaudado mediante una cuota suplementaria fija de 37,80 euros (IVA excluido), a aplicar bimestralmente por unidad de suministro y factura, a aplicar en las facturas por consumo de agua que se
emitan en relación con las fincas con suministro de agua que existan en cada momento en
la Urbanización, sin que dicha cuota suplementaria varíe con el transcurso del tiempo. Si
variara el período de facturación del consumo, se adecuará la cuota suplementaria indicada
en la misma proporción en que varíe dicho período.
La cuantía de la cuota suplementaria que contempla la Adenda celebrada con el Ayuntamiento de Colmenar del Arroyo y la urbanización “Valle del Sol” ha de ser aprobada por
el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, tal y como establece el artículo 6 del
Decreto 137/1985, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre Régimen
Económico y Financiero del Abastecimiento y Saneamiento de Agua en la Comunidad de
Madrid, en relación con el artículo 12 de la Ley 17/1984, de 20 de diciembre, reguladora
del Abastecimiento y Saneamiento de Agua en la Comunidad de Madrid.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, el Consejo de Gobierno, previa deliberación, en su reunión del día 3 de mayo de 2023,
ACUERDA

Aprobar una cuota suplementaria fija de 37,80 euros (IVA excluido) por unidad de suministro y factura, a aplicar bimestralmente en las facturas por consumo de agua que se
emitan en relación con las fincas con suministro de agua de la urbanización “Valle del Sol”,
situada en el término municipal de Colmenar del Arroyo, con destino a la financiación de
las obras de ejecución de las infraestructuras de distribución previstas en la Adenda al
“Convenio de gestión integral del Servicio de Distribución de Agua de Consumo Humano
entre la Comunidad de Madrid, Canal de Isabel II y el Ayuntamiento de Colmenar del Arroyo”, para la renovación de la red de distribución de agua en la urbanización “Valle del Sol”,
entre la Comunidad de Madrid, el Ente Público Canal de Isabel II, Canal de Isabel II, S. A.,
el Ayuntamiento de Colmenar del Arroyo y la urbanización “Valle del Sol”, de fecha 30 de
noviembre de 2022, sin que dicha cuota suplementaria varíe con el transcurso del tiempo.
Si variara el período de facturación del consumo se adecuará la cuota suplementaria indicada en la misma proporción que varíe dicho período.

BOCM-20230516-29

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