Alcalá de Henares (BOCM-20230516-62)
Régimen económico. Padrones fiscales
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 16 DE MAYO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 115

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
62

ALCALÁ DE HENARES
RÉGIMEN ECONÓMICO

BOCM-20230516-62

Habiéndose aprobado por resolución del Órgano de Gestión Tributaria, el padrón correspondiente al impuesto sobre vehículos de tracción mecánica del ejercicio de 2023.
Se establece, como plazo de pago en período voluntario, el del 12 de mayo de 2023 al 14 de
julio de 2023 (ambos inclusive) o inmediato día hábil posterior si el último día es inhábil.
Los citados recibos podrán abonarse, en los plazos señalados, en cualquiera de las entidades colaboradoras que figuran en los propios recibos o por cualquiera de los otros métodos de pago que figuran en los mismos.
Los recibos se notificarán colectivamente mediante la publicación de anuncio en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como a través de edictos que lo adviertan, todo ello, a tenor de lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de
diciembre, General Tributaria.
Dicho padrón se expondrá al público por un plazo de 15 días, a contar desde el siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Contra dichos recibos se podrá interponer, ante el Órgano de Gestión Tributaria de este
Ayuntamiento, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la finalización del período voluntario de pago, recurso potestativo de reposición previo a la reclamación económico-administrativa, o bien directamente, reclamación económico-administrativa, que se resolverá por el Tribunal Económico-Administrativo Municipal del Ayuntamiento de Alcalá de
Henares, teniendo carácter preceptivo para poder interponer, en su caso, el recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid.
Se advierte que, transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo ejecutivo correspondiente, las costas del
procedimiento de apremio y, en su caso, los intereses de demora que se produzcan.
Alcalá de Henares, a 4 de mayo de 2023.—El tesorero, titular del Órgano de Gestión
Tributaria, Jaime Álvarez de Toledo Jaén.
(01/7.545/23)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791