Rivas-Vaciamadrid (BOCM-20230516-88)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 16 DE MAYO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 115

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
88

RIVAS-VACIAMADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de 21 abril de 2023, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de ayudas al alumnado ripense del Centro de Formación en Profesiones Biosanitarias de Rivas-Vaciamadrid, matriculado en el Programa de
Formación Complementaria HM IMPULSO. Período enero-junio 2023.

1. Objeto y ámbito de aplicación.—La presente resolución tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las ayudas al estudio destinada al alumnado ripense que cursa
el Programa Formativo HM IMPULSO en el Centro de Formación en Profesiones Biosanitarias de Rivas-Vaciamadrid.
2. Régimen jurídico.—En lo no previsto en estas bases será de aplicación la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS); el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, y la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad de Madrid, y su normativa de desarrollo.
También estarán sujetas a lo dispuesto en la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de
Transparencia y Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
3. Personas beneficiarias y requisitos.—Podrá acogerse a estas ayudas el alumnado
ripense que curse el Programa HM IMPULSO en el Centro de Formación en Profesiones
Biosanitarias de Rivas-Vaciamadrid.
Quienes soliciten estas ayudas han de estar empadronados en el municipio de RivasVaciamadrid al menos desde el 1 de enero de 2022.
4. Procedimiento de concesión.—El procedimiento de concesión de estas ayudas,
previa convocatoria, será el de concesión directa, una vez aportada toda la documentación
justificativa.
5. Forma, plazo y lugar para presentar solicitud y la documentación.—5.1. Las
personas interesadas que reúnan los requisitos exigidos en estas bases podrán presentar sus solicitudes en el plazo máximo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid.
Las solicitudes se presentarán, junto con la documentación exigida, en el Registro del
Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid:
a) Electrónicamente, accediendo a la Sede Electrónica del Ayuntamiento. En ese
caso deberá utilizar alguno de los certificados electrónicos admitidos por el Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid.
b) Presencialmente, en las oficinas de registro del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid.
Las solicitudes se cumplimentarán en el modelo de solicitud específica a tal efecto
(Anexo I).
5.2. La presentación de solicitudes supone, por parte de las personas solicitantes, la
aceptación de la totalidad de las bases que rigen la convocatoria.
5.3. En todo caso, no se admitirán a trámite, sin posibilidad de subsanación y procediéndose a su archivo, las solicitudes que se presenten fuera del plazo establecido para la
convocatoria en el apartado 1 de este artículo.
6. Cuantía de las ayudas. Especificaciones.—6.1. Cuantías:
Con carácter general, las personas que cumplan los requisitos establecidos en el artículo anterior podrán solicitar del 50 por 100 del coste de la formación en la que se incurre por
su participación en el Programa Formativo HM IMPULSO. La cuantía máxima a recibir
será de 450 euros.
Con carácter excepcional, quienes en el momento de la presentación de la solicitud
acrediten encontrarse en situación de vulnerabilidad podrán solicitar el 100 por 100 del cos-

BOCM-20230516-88

BNDS: 693101