Sevilla la Nueva (BOCM-20230512-87)
Ofertas de empleo. Oferta empleo público
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 440
VIERNES 12 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 112
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
87
SEVILLA LA NUEVA
OFERTAS DE EMPLEO
Por acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 28 de abril de 2023 de este Ayuntamiento, se aprobó la Oferta de Empleo Público correspondiente a la/s plaza/s que a continuación se reseñan para el año 2023.
PERSONAL FUNCIONARIO
ESCALA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL
GRUPO
SUBGRUPO
A
A1
C
C2
CLASIFICACIÓN
Auxiliar Administrativo
N.º
VACANTES
DENOMINACIÓN
1
TAG
1
URBANISMO
ESCALA DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL
GRUPO
SUBGRUPO
C
C1
CLASIFICACIÓN
N.º
VACANTES
2
DENOMINACIÓN
AGENTE POLICÍA LOCAL
BOCM-20230512-87
En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la Ley Reguladora de
las Bases de Régimen Local, el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer
alternativamente o recurso de reposición potestativo ante Alcaldía, en el plazo de un mes a
contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con
los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid o, a su elección, el que corresponda
a su domicilio, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción
de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso
de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que
aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo
ello sin perjuicio de que pueda interponer el interesado cualquier otro recurso que pudiera
estimar más conveniente a su derecho.
Sevilla la Nueva, a 3 de mayo de 2023.—El alcalde-presidente, Asensio Martínez Agraz.
(03/7.448/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
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87
SEVILLA LA NUEVA
OFERTAS DE EMPLEO
Por acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 28 de abril de 2023 de este Ayuntamiento, se aprobó la Oferta de Empleo Público correspondiente a la/s plaza/s que a continuación se reseñan para el año 2023.
PERSONAL FUNCIONARIO
ESCALA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL
GRUPO
SUBGRUPO
A
A1
C
C2
CLASIFICACIÓN
Auxiliar Administrativo
N.º
VACANTES
DENOMINACIÓN
1
TAG
1
URBANISMO
ESCALA DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL
GRUPO
SUBGRUPO
C
C1
CLASIFICACIÓN
N.º
VACANTES
2
DENOMINACIÓN
AGENTE POLICÍA LOCAL
BOCM-20230512-87
En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la Ley Reguladora de
las Bases de Régimen Local, el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer
alternativamente o recurso de reposición potestativo ante Alcaldía, en el plazo de un mes a
contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con
los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid o, a su elección, el que corresponda
a su domicilio, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción
de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso
de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que
aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo
ello sin perjuicio de que pueda interponer el interesado cualquier otro recurso que pudiera
estimar más conveniente a su derecho.
Sevilla la Nueva, a 3 de mayo de 2023.—El alcalde-presidente, Asensio Martínez Agraz.
(03/7.448/23)
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