C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20230512-26)
Encomienda de gestión – Anuncio de 30 de abril de 2023, de encomienda de gestión de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social a la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid, para realizar distintas acciones en materia de actividades culturales y artísticas para jóvenes
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BOCM
Pág. 186
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 12 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 112
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Familia, Juventud y Política Social
26
ANUNCIO de 30 de abril de 2023, de encomienda de gestión de la Consejería de
Familia, Juventud y Política Social a la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid, para realizar distintas acciones en materia
de actividades culturales y artísticas para jóvenes.
De una parte, D.a María Concepción Dancausa Treviño, Consejera de Familia, Juventud y Política Social, en virtud de su nombramiento por Decreto 47/2021, de 19 de junio,
de la Presidenta de la Comunidad de Madrid.
Y, de otra parte, D.a Marta Rivera de la Cruz, Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, en virtud de su nombramiento por Decreto 51/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de
la Comunidad de Madrid,
EXPONEN
Primero
La Estrategia de la Unión Europea para la Juventud 2019-2027, reconoce que los jóvenes son los artífices de su propia vida, contribuyen a lograr un cambio positivo en la sociedad
y enriquecen las ambiciones de la UE. La política en materia de juventud puede contribuir a
crear un espacio en el que los jóvenes puedan aprovechar las oportunidades e identificarse con
los valores europeos.
En este contexto, las instituciones europeas promueven el desarrollo de acciones que
promuevan la movilidad de los jóvenes y busquen sinergias fuertes con los principales actos, festivales e iniciativas europeas, como la Capital Europea de la Juventud, las Capitales
Europeas de la Cultura, el Día de Europa y las Jornadas Europeas de Patrimonio.
La Comunidad de Madrid quiere sumarse a esas iniciativas, pues tiene en la juventud
uno de sus mayores potenciales de desarrollo social. Y con ello atender las aspiraciones y
necesidades de este importante colectivo madrileño en el campo cultural.
Segundo
Entre las distintas vías previstas en la Ley 8/2002, de 27 de noviembre, de Juventud de
la Comunidad de Madrid, destaca, en su Capítulo VIII, la prestación de servicios de fomento de actividades culturales y artísticas.
Con el fin de impulsar el desarrollo integral de la juventud y de acuerdo con el artículo 17 de la citada Ley 8/2002, de 27 de noviembre, que trata sobre creación la artística, promoción cultural e investigación científica, la Comunidad de Madrid fomentará la
creación cultural y artística a través de programas de promoción y acuerdos con instituciones públicas y entidades privadas de carácter regional, nacional e internacional, para
el desarrollo de actividades culturales, artísticas y científicas, y facilitará el acceso a locales de ensayo de música.
Los créditos asignados a las comunidades autónomas en política de juventud tienen
por finalidad de atender las necesidades de los jóvenes, promoviendo el desarrollo de esta
cohorte de población, mediante la ejecución de proyectos seleccionados.
En el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, se establece que la realización de actividades de carácter material, o técnico de la
competencia de los órganos administrativos o de las Entidades de Derecho Público podrá
ser encomendada a otros órganos o Entidades de Derecho Público de la misma o de distinta Administración, siempre que entre sus competencias estén esas actividades, por razones
de eficacia o cuando no se posean los medios técnicos idóneos para su desempeño, teniendo en cuenta que la encomienda de gestión no supone cesión de titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.
BOCM-20230512-26
Tercero
Pág. 186
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 12 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 112
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Familia, Juventud y Política Social
26
ANUNCIO de 30 de abril de 2023, de encomienda de gestión de la Consejería de
Familia, Juventud y Política Social a la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid, para realizar distintas acciones en materia
de actividades culturales y artísticas para jóvenes.
De una parte, D.a María Concepción Dancausa Treviño, Consejera de Familia, Juventud y Política Social, en virtud de su nombramiento por Decreto 47/2021, de 19 de junio,
de la Presidenta de la Comunidad de Madrid.
Y, de otra parte, D.a Marta Rivera de la Cruz, Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, en virtud de su nombramiento por Decreto 51/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de
la Comunidad de Madrid,
EXPONEN
Primero
La Estrategia de la Unión Europea para la Juventud 2019-2027, reconoce que los jóvenes son los artífices de su propia vida, contribuyen a lograr un cambio positivo en la sociedad
y enriquecen las ambiciones de la UE. La política en materia de juventud puede contribuir a
crear un espacio en el que los jóvenes puedan aprovechar las oportunidades e identificarse con
los valores europeos.
En este contexto, las instituciones europeas promueven el desarrollo de acciones que
promuevan la movilidad de los jóvenes y busquen sinergias fuertes con los principales actos, festivales e iniciativas europeas, como la Capital Europea de la Juventud, las Capitales
Europeas de la Cultura, el Día de Europa y las Jornadas Europeas de Patrimonio.
La Comunidad de Madrid quiere sumarse a esas iniciativas, pues tiene en la juventud
uno de sus mayores potenciales de desarrollo social. Y con ello atender las aspiraciones y
necesidades de este importante colectivo madrileño en el campo cultural.
Segundo
Entre las distintas vías previstas en la Ley 8/2002, de 27 de noviembre, de Juventud de
la Comunidad de Madrid, destaca, en su Capítulo VIII, la prestación de servicios de fomento de actividades culturales y artísticas.
Con el fin de impulsar el desarrollo integral de la juventud y de acuerdo con el artículo 17 de la citada Ley 8/2002, de 27 de noviembre, que trata sobre creación la artística, promoción cultural e investigación científica, la Comunidad de Madrid fomentará la
creación cultural y artística a través de programas de promoción y acuerdos con instituciones públicas y entidades privadas de carácter regional, nacional e internacional, para
el desarrollo de actividades culturales, artísticas y científicas, y facilitará el acceso a locales de ensayo de música.
Los créditos asignados a las comunidades autónomas en política de juventud tienen
por finalidad de atender las necesidades de los jóvenes, promoviendo el desarrollo de esta
cohorte de población, mediante la ejecución de proyectos seleccionados.
En el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, se establece que la realización de actividades de carácter material, o técnico de la
competencia de los órganos administrativos o de las Entidades de Derecho Público podrá
ser encomendada a otros órganos o Entidades de Derecho Público de la misma o de distinta Administración, siempre que entre sus competencias estén esas actividades, por razones
de eficacia o cuando no se posean los medios técnicos idóneos para su desempeño, teniendo en cuenta que la encomienda de gestión no supone cesión de titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.
BOCM-20230512-26
Tercero