D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20230512-52)
Convenio –  Convenio de 31 de marzo de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación Madrileña de Piragüismo, por el que se articula la concesión directa de una subvención para sufragar gastos derivados de las actividades de deporte federado durante la temporada 2022-2023 por importe de 124.875 euros
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 12 DE MAYO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 112

ESTIPULACIONES
Primera
Objeto
El objeto del presente convenio es articular la concesión directa, con carácter excepcional y por razones de interés público y social, de una subvención que se otorga por la Comunidad de Madrid a la Federación Madrileña de Piragüismo (en adelante, Federación)
para sufragar gastos derivados de la actividad federada en los conceptos descritos en la estipulación segunda.
Segunda
El importe de la subvención de 124.875 euros se destinará a sufragar gastos derivados
de la actividad federada respecto de las especialidades con interés público deportivo. La
Comunidad de Madrid pondrá a disposición de la Federación la cantidad de 124.875 euros
con cargo al subconcepto 48607 del Programa 336A del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid para el año 2022, actualmente prorrogado hasta la entrada en vigor de
los Presupuestos Generales para el año 2023 mediante Decreto 137/2022, de 28 de diciembre, del Consejo de Gobierno.
Se considera que tienen interés público deportivo las especialidades incluidas como
subvencionables en el catálogo de especialidades aprobado mediante la Resolución, de 25 de
marzo de 2022, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se aprueba el
Catálogo de modalidades, especialidades y pruebas deportivas financiables en las convocatorias de subvenciones del Consejo Superior de Deportes o en su caso el que la sustituya.
1. Los conceptos que se subvencionan son los que se indican a continuación:
a) Gastos ocasionados por los programas de tecnificación por importe mínimo
de 55.000 euros: dirección técnica, entrenadores, orientadores escolares, personal
médico, detección de deportistas, material deportivo no inventariable, así como
cualquier gasto derivado de las concentraciones periódicas o permanentes y de la
participación en competiciones oficiales de los deportistas de alto rendimiento incluidos en el programa pudiendo incluir gastos de transporte, alojamiento, manutención e inscripción a dichas competiciones. Además, podrá incluir los gastos de
alquiler de la instalación en la que se desarrollen los programas de tecnificación.
Se podrán admitir gastos de mantenimiento, reparaciones y seguros de vehículos
necesarios para trasladar material que justifiquen convenientemente esta necesidad por las características de sus entrenamientos y/o competiciones.
b) Gastos ocasionados por la participación de las selecciones autonómicas en Campeonatos de España y otras competiciones oficiales: equipaciones, transportes,
alojamiento, manutención, inscripciones, servicios médicos, técnicos, entre otros
directamente vinculados a dichas competiciones.
Respecto a las equipaciones se admitirán 2 equipaciones en caso de que las competiciones duren más de 4 días seguidos, se podrá cambiar el chándal por pantalón y/o sudadera. También se admite una camiseta o polo. Todas las equipaciones
deberán llevar el logo de la Comunidad de Madrid.
c) Gastos ocasionados por la organización de competiciones oficiales autonómicas:
se podrán incluir gastos de jueces y arbitrajes, montaje y desmontaje, personal de
control, alquileres, medallas y trofeos, servicios médicos, servicios técnicos, entre otros directamente vinculados a dichas competiciones. Debe tratarse de la organización de competiciones deportivas oficiales de la Comunidad de Madrid.
Previa autorización de la Dirección General de Deportes, la organización y/o colaboración en la organización de competiciones oficiales de carácter extraordinario,
de ámbito nacional o internacional, podrán ser, excepcionalmente, objeto de financiación por la Comunidad de Madrid, a través de la presente subvención o mediante otros instrumentos, en atención al interés público autonómico. En este caso
se autorizarán los gastos especificados en la autorización.
d) Gastos ocasionados por la participación en competiciones oficiales: se podrán incluir gastos de transporte, alojamiento, manutención, inscripción, técnicos, entre
otros directamente vinculados a dichas competiciones.

BOCM-20230512-52

Finalidad de la ayuda, importe y conceptos subvencionables