Alcalá de Henares (BOCM-20230511-70)
Régimen económico. Padrones fiscales
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 11 DE MAYO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 111

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
70

ALCALÁ DE HENARES
RÉGIMEN ECONÓMICO

BOCM-20230511-70

Anuncio de aprobación del padrón de la tasa por paso de vehículos a través de las aceras y reserva de la vía pública para aparcamiento, carga y descarga de mercancías de cualquier clase del ejercicio de 2023.
Habiéndose aprobado por resolución del Órgano de Gestión Tributaria el padrón correspondiente a la tasa por paso de vehículos a través de las aceras y reserva de la vía pública
para aparcamiento, carga y descarga de mercancías de cualquier clase del ejercicio de 2023,
se ha dispuesto lo siguiente:
Se establece como plazo de pago en período voluntario del 12 de mayo de 2023 al 14
de julio de 2023 (ambos inclusive) o inmediato día hábil posterior si el último día es inhábil.
Los citados recibos podrán abonarse en los plazos señalados, en cualquiera de las entidades colaboradoras que figuran en los propios recibos, en su horario de apertura al público, o por cualquiera de los otros métodos de pago que figuran en los mismos.
Haciéndose constar que se notificarán colectivamente los respectivos recibos mediante
la publicación de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como
a través de edictos que lo adviertan, todo ello, a tenor de lo dispuesto en el artículo 102.3 de
la vigente Ley 58/2003, de 17 de diciembre General Tributaria.
Dicho padrón se expondrá al público por un plazo de 15 días, a contar desde el siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a los efectos de reclamaciones por las personas interesadas.
Contra dichos recibos se podrá interponer, ante el Órgano de Gestión Tributaria de este
Ayuntamiento, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la finalización del período voluntario de pago, recurso potestativo de reposición previo a la reclamación económicoadministrativa, o bien directamente, reclamación económico-administrativa, que se resolverá
por el Tribunal Económico-Administrativo Municipal del Ayuntamiento de Alcalá de Henares, teniendo carácter preceptivo para poder interponer, en su caso, el recurso contenciosoadministrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid.
Se advierte que, transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo ejecutivo correspondiente, las costas del
procedimiento de apremio y en su caso, los intereses de demora que se produzcan.
Alcalá de Henares, a 27 de abril de 2023.—El tesorero, titular del Órgano de Gestión
Tributaria, Jaime Álvarez de Toledo Jaén.
(01/7.319/23)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791