C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20230511-22)
Delegación competencias – Orden 596/2023, de 9 de mayo, por la que se modifica la Orden 1389/2021, de 16 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones
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BOCM
Pág. 128
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 11 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 111
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
22
ORDEN 596/2023, de 9 de mayo, por la que se modifica la Orden 1389/2021, de 16
de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones.
Mediante Decreto 229/2021, de 13 de octubre, del Consejo de Gobierno, se estableció
la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.
Con el objeto de facilitar la gestión administrativa, de acuerdo con los principios generales de eficacia y eficiencia, por Orden 1389/2021, de 16 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, se delega el ejercicio de determinadas competencias, la
firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones.
Posteriormente, por Orden 913/2022, de 3 de junio, se modificó la Orden 1389/2021,
de 16 de noviembre, con el fin de concretar los titulares de los órganos en los que se delega el ejercicio de las competencias en materia patrimonial, establecidas por la legislación
aplicable en el ámbito de dominio público y patrimonio de las Administraciones Públicas.
En la redacción actual de la Orden 1389/2021, de 16 de noviembre, la competencia
tanto en materia de contratación, como en la concesión de subvenciones se delega en función de la cuantía, en los titulares de las Direcciones Generales sobre aquellos expedientes
cuya cuantía no exceda de 150.000 euros y en los titulares de las Viceconsejerías sobre
aquellos en los que la cuantía exceda de 150.000 euros y no supere los 300.000 euros, reservándose la competencia al titular de la Consejería para aquellos expedientes que superen la cantidad de 300.000 euros.
Las actuaciones desarrolladas para la ejecución de la Orden HFP/55/2023, de 24 de
enero, del Ministerio de Hacienda y Función Pública, relativa al análisis sistemático del
riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, así como la necesidad de simplificar y agilizar la tramitación
en procedimientos financiados por el Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia,
aconsejan la modificación de la Orden 1389/2021, de 16 de noviembre, en el sentido de delegar el ejercicio de las mismas en esta materia en los titulares de las Direcciones Generales con independencia de la cuantía.
En su virtud y haciendo uso de las facultades conferidas por el artículo 52 de la
Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de
Madrid, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
DISPONGO
Primero
La Orden 1389/2021, de 16 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones, queda modificada como sigue:
Uno. El punto 1 del artículo segundo de la Orden 1389/2021, de 16 de noviembre,
queda redactado del siguiente modo:
“1. El ejercicio de las competencias en materia de contratación se delega en los mismos órganos y cuantías que se relacionan en el apartado primero, puntos 1, 2, 3 y 4, de esta
orden, salvo en el caso de expedientes de contratación financiados con fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, que se delega en los titulares de las Direcciones Generales, con independencia de su cuantía”.
BOCM-20230511-22
Modificación de la Orden 1389/2021, de 16 de noviembre, de la Consejería de Cultura,
Turismo y Deporte, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias,
la firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones
Pág. 128
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 11 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 111
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
22
ORDEN 596/2023, de 9 de mayo, por la que se modifica la Orden 1389/2021, de 16
de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones.
Mediante Decreto 229/2021, de 13 de octubre, del Consejo de Gobierno, se estableció
la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.
Con el objeto de facilitar la gestión administrativa, de acuerdo con los principios generales de eficacia y eficiencia, por Orden 1389/2021, de 16 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, se delega el ejercicio de determinadas competencias, la
firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones.
Posteriormente, por Orden 913/2022, de 3 de junio, se modificó la Orden 1389/2021,
de 16 de noviembre, con el fin de concretar los titulares de los órganos en los que se delega el ejercicio de las competencias en materia patrimonial, establecidas por la legislación
aplicable en el ámbito de dominio público y patrimonio de las Administraciones Públicas.
En la redacción actual de la Orden 1389/2021, de 16 de noviembre, la competencia
tanto en materia de contratación, como en la concesión de subvenciones se delega en función de la cuantía, en los titulares de las Direcciones Generales sobre aquellos expedientes
cuya cuantía no exceda de 150.000 euros y en los titulares de las Viceconsejerías sobre
aquellos en los que la cuantía exceda de 150.000 euros y no supere los 300.000 euros, reservándose la competencia al titular de la Consejería para aquellos expedientes que superen la cantidad de 300.000 euros.
Las actuaciones desarrolladas para la ejecución de la Orden HFP/55/2023, de 24 de
enero, del Ministerio de Hacienda y Función Pública, relativa al análisis sistemático del
riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, así como la necesidad de simplificar y agilizar la tramitación
en procedimientos financiados por el Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia,
aconsejan la modificación de la Orden 1389/2021, de 16 de noviembre, en el sentido de delegar el ejercicio de las mismas en esta materia en los titulares de las Direcciones Generales con independencia de la cuantía.
En su virtud y haciendo uso de las facultades conferidas por el artículo 52 de la
Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de
Madrid, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
DISPONGO
Primero
La Orden 1389/2021, de 16 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones, queda modificada como sigue:
Uno. El punto 1 del artículo segundo de la Orden 1389/2021, de 16 de noviembre,
queda redactado del siguiente modo:
“1. El ejercicio de las competencias en materia de contratación se delega en los mismos órganos y cuantías que se relacionan en el apartado primero, puntos 1, 2, 3 y 4, de esta
orden, salvo en el caso de expedientes de contratación financiados con fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, que se delega en los titulares de las Direcciones Generales, con independencia de su cuantía”.
BOCM-20230511-22
Modificación de la Orden 1389/2021, de 16 de noviembre, de la Consejería de Cultura,
Turismo y Deporte, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias,
la firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones