D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20230511-62)
Convenio – Publicación de 20 de abril de 2023, de segunda adenda de modificación al convenio entre la Comunidad de Madrid y la Asociación Campos de Golf de Madrid, para el posicionamiento de la Comunidad de Madrid como destino turístico de golf
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BOCM
Pág. 244
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 11 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 111
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
62
PUBLICACIÓN de 20 de abril de 2023, de segunda adenda de modificación al
convenio entre la Comunidad de Madrid y la Asociación Campos de Golf de
Madrid, para el posicionamiento de la Comunidad de Madrid como destino turístico de golf.
En Madrid, a 20 de abril de 2023.
REUNIDOS
De una parte, Dña. Marta Rivera de la Cruz, Consejera de Cultura, Turismo y Deporte
de la Comunidad de Madrid (en adelante, la Comunidad de Madrid), nombrada mediante
Decreto 51/2021, de 19 de junio, y en virtud de lo dispuesto en el Decreto 229/2021, de 13
de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte así como en la normativa competencial que justifica su intervención en concreto el artículo 9 de la Orden 1389/2021, de 16 de noviembre, de la Consejería de Cultura,
Turismo y Deporte, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma
de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones en su relación con el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, actuando en nombre y representación de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, D. Íñigo Garamendi, actuando en representación de la Asociación de
Campos de Golf de Madrid, con CIF G87133906 y domicilio carretera de Algete a Alalpardo, km 2,3, Valdeolmos, 28130 Madrid, en su condición de Presidente, de conformidad con
el Acta de la Asamblea General Ordinaria de la Asociación de Campos de Golf de Madrid
con fecha 9 de diciembre de 2021.
Intervienen en función de sus respectivos cargos, se reconocen, en la representación
que ostentan, capacidad para formalizar la presente adenda y, a tal efecto,
I. Con fecha 29 de marzo de 2022, se suscribió un convenio entre la Comunidad de
Madrid y la Asociación de Campos de Golf de Madrid con el fin de promocionar la Comunidad de Madrid como destino turístico de golf.
Dicho convenio, en su cláusula tercera, establece una aportación económica por parte
de la Comunidad de Madrid de cuatrocientas cincuenta y tres mil seiscientos ochenta y nueve euros con cincuenta céntimos (453.689,50 euros) IVA incluido, cantidad desglosada a
su vez para los años 2022 y 2023, de la siguiente forma: 2022: 169.097,50 euros (IVA incluido) y 2023: 284.592,00 euros (IVA incluido).
II. Que, de acuerdo con lo establecido en la cláusula sexta del convenio, se creó una
Comisión de seguimiento del mismo para resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que pudieran plantearse, con el fin de adecuarse a las diversas circunstancias imprevistas que se pudieran producir, teniendo entre otras competencias, la del seguimiento y
evaluación de las actividades, la propuesta de temas específicos que se consideren de especial interés para su estudio, así como modificar las acciones previstas por otras nuevas que
sean de mayor interés para alcanzar el objeto de promoción del convenio.
III. Que, con fecha 23 de noviembre de 2022, se suscribió tras la celebración de la
primera reunión de la Comisión de seguimiento, adenda por la que se modificó el Anexo 1
del convenio para la anualidad del 2022 sin que las modificaciones afectasen al total del importe destinado a dicha anualidad (169.097,50 euros).
IV. Que, con fecha 21 de marzo de 2023, se reúne de nuevo la Comisión de seguimiento para la valoración de la propuesta de modificación planteada por la Asociación de
Campos de Golf de Madrid en cuanto a las acciones recogidas en el anexo I para el ejercicio 2023, sin que las mismas supongan una alteración de la cuantía total del convenio ni de
las anualidades establecidas, así como la modificación de los apartados 5,6, y 7 de la cláusula segunda recogiendo nuevas acciones.
BOCM-20230511-62
EXPONEN
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JUEVES 11 DE MAYO DE 2023
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62
PUBLICACIÓN de 20 de abril de 2023, de segunda adenda de modificación al
convenio entre la Comunidad de Madrid y la Asociación Campos de Golf de
Madrid, para el posicionamiento de la Comunidad de Madrid como destino turístico de golf.
En Madrid, a 20 de abril de 2023.
REUNIDOS
De una parte, Dña. Marta Rivera de la Cruz, Consejera de Cultura, Turismo y Deporte
de la Comunidad de Madrid (en adelante, la Comunidad de Madrid), nombrada mediante
Decreto 51/2021, de 19 de junio, y en virtud de lo dispuesto en el Decreto 229/2021, de 13
de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte así como en la normativa competencial que justifica su intervención en concreto el artículo 9 de la Orden 1389/2021, de 16 de noviembre, de la Consejería de Cultura,
Turismo y Deporte, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma
de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones en su relación con el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, actuando en nombre y representación de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, D. Íñigo Garamendi, actuando en representación de la Asociación de
Campos de Golf de Madrid, con CIF G87133906 y domicilio carretera de Algete a Alalpardo, km 2,3, Valdeolmos, 28130 Madrid, en su condición de Presidente, de conformidad con
el Acta de la Asamblea General Ordinaria de la Asociación de Campos de Golf de Madrid
con fecha 9 de diciembre de 2021.
Intervienen en función de sus respectivos cargos, se reconocen, en la representación
que ostentan, capacidad para formalizar la presente adenda y, a tal efecto,
I. Con fecha 29 de marzo de 2022, se suscribió un convenio entre la Comunidad de
Madrid y la Asociación de Campos de Golf de Madrid con el fin de promocionar la Comunidad de Madrid como destino turístico de golf.
Dicho convenio, en su cláusula tercera, establece una aportación económica por parte
de la Comunidad de Madrid de cuatrocientas cincuenta y tres mil seiscientos ochenta y nueve euros con cincuenta céntimos (453.689,50 euros) IVA incluido, cantidad desglosada a
su vez para los años 2022 y 2023, de la siguiente forma: 2022: 169.097,50 euros (IVA incluido) y 2023: 284.592,00 euros (IVA incluido).
II. Que, de acuerdo con lo establecido en la cláusula sexta del convenio, se creó una
Comisión de seguimiento del mismo para resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que pudieran plantearse, con el fin de adecuarse a las diversas circunstancias imprevistas que se pudieran producir, teniendo entre otras competencias, la del seguimiento y
evaluación de las actividades, la propuesta de temas específicos que se consideren de especial interés para su estudio, así como modificar las acciones previstas por otras nuevas que
sean de mayor interés para alcanzar el objeto de promoción del convenio.
III. Que, con fecha 23 de noviembre de 2022, se suscribió tras la celebración de la
primera reunión de la Comisión de seguimiento, adenda por la que se modificó el Anexo 1
del convenio para la anualidad del 2022 sin que las modificaciones afectasen al total del importe destinado a dicha anualidad (169.097,50 euros).
IV. Que, con fecha 21 de marzo de 2023, se reúne de nuevo la Comisión de seguimiento para la valoración de la propuesta de modificación planteada por la Asociación de
Campos de Golf de Madrid en cuanto a las acciones recogidas en el anexo I para el ejercicio 2023, sin que las mismas supongan una alteración de la cuantía total del convenio ni de
las anualidades establecidas, así como la modificación de los apartados 5,6, y 7 de la cláusula segunda recogiendo nuevas acciones.
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