D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20230511-37)
Convenio –  Convenio de 24 de abril de 2023, entre el Servicio Madrileño de Salud y la Mancomunidad de Servicios Sociales Mejorada-Velilla, para la gestión de un Centro de Tratamiento de Adicciones (CTA)
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 11 DE MAYO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 111

Sin perjuicio de lo anterior, en caso de que el Encargado necesitara subencargar todo o parte de los
servicios encargados por el Responsable en los que intervenga el tratamiento de datos personales,
deberá comunicarlo previamente y por escrito al Responsable, con una antelación de un mes,
indicando los tratamientos que se pretende subencargar e identificando de forma clara e inequívoca
la empresa subencargada y sus datos de contacto. El subencargo podrá llevarse a cabo si el
Responsable no manifiesta su oposición en el plazo establecido.
En este último caso, el subencargado, que también tendrá la condición de Encargado del Tratamiento, está obligado igualmente a cumplir las obligaciones establecidas en este documento para el
Encargado y las instrucciones que dicte el Responsable.
Corresponde al Encargado exigir al subencargado el cumplimiento de las mismas obligaciones
asumidas por él a través del presente documento y seguirá siendo plenamente responsable ante el
Responsable en lo referente al cumplimiento de las obligaciones.
El Encargado está obligado a informar al Responsable de cualquier cambio en la incorporación o
sustitución de otros subencargados con una antelación de un mes, dando así al Responsable la
oportunidad de oponerse a dichos cambios.
UNDÉCIMA. - RESPONSABILIDAD.
El Encargado será considerado responsable en el caso de que destine los datos a otras finalidades,
los comunique o los utilice incumpliendo las estipulaciones de este convenio, respondiendo de las
infracciones en las que hubiera incurrido personalmente.
Las partes responderán de las infracciones en las que hubiesen incurrido personalmente, manteniendo indemne a la parte contraria frente a cualquier perjuicio que se derivase de ellas.

BOCM-20230511-37

(03/6.964/23)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791