Madrid (BOCM-20230510-51)
Régimen económico. Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 10 DE MAYO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 110

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
51

MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social
Extracto del Decreto del delegado del Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social de 24 de abril de 2023, por el que se aprueba la convocatoria del Certamen
Jóvenes Creadores 2023 “Premios Madroño”.
“De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones correspondiente ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/GE/es/index )”.
BDNS IDENTIF.: 691063

BOCM-20230510-51

Primero. Objeto.—El objeto del presente Certamen es el de establecer, implantar y
constituir áreas de participación de los y las jóvenes en los diferentes campos de la creación
artística e innovación cultural, así como premiar y reconocer el talento artístico, el trabajo
y el esfuerzo, destacando especialmente los valores que transmiten y promueven.
Segundo. Participantes.—Podrán participar españoles/as, independientemente del
lugar de residencia en el momento de la solicitud y extranjeros/as residentes en España que
tengan edades comprendidas entre los 14 y 30 años, ambas incluidas, en la fecha de publicación de la convocatoria.
Para los grupos, todas las personas integrantes deberán tener dicha edad.
En la modalidad de cortometraje se tomará como referencia la edad del director o
directora.
Los responsables de cada grupo o los participantes individuales deberán ser titulares
de una cuenta bancaria para poder cumplimentar el impreso T y hacer efectivo el premio,
en el caso de obtener alguno de los premios.
Tercero. Bases reguladoras.—El Certamen se regirá por lo establecido en la presente
convocatoria y en la Disposición Adicional primera de la Ordenanza de Bases Reguladoras
Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013.
Cuarto. Cuantía de los premios.—Para las ocho modalidades (Cortometraje, Danza,
Poesía, Fotografía, Música, Obra Plástica, Micro teatro y Relato Corto) se establecen un
primer premio de 5.000 euros y un segundo premio de 3.500 euros.
Los premios podrán ser declarados desiertos en cualquiera de las modalidades.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de inscripción y presentación
de las obras de todas las modalidades será de veinte días hábiles siguientes a la publicación
de la Convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 24 de abril de 2023.—El delegado del Área de Gobierno de Familias,
Igualdad y Bienestar Social, José Aniorte Rueda.
(03/7.434/23)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791