C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20230510-15)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Orden 548/2023, de 20 de abril, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan ayudas a personas físicas y empresas audiovisuales para la producción de cortometrajes en la Comunidad de Madrid en 2023
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 46

MIÉRCOLES 10 DE MAYO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 110

Sexto
Plazo de presentación de solicitudes
Quince días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOLETÍN OFICOMUNIDAD DE MADRID del extracto de la Orden de convocatoria.

CIAL DE LA

Séptimo
Periodo subvencionable
Los cortometrajes deberán estar acabados antes del día 1 de octubre de 2024. Se considerarán períodos subvencionables entre el 1 de enero de 2023 y el 30 de septiembre de 2024
para los cortometrajes de ficción y entre el 1 de abril de 2023 y 30 de septiembre de 2024 para
los de animación y documentales.
Octavo
Plazo máximo de justificación
Toda la documentación relativa a la justificación se presentará en el Registro Electrónico de la Comunidad de Madrid, o en los demás registros electrónicos previstos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, entre el 1 de enero y el 1 de octubre de 2024.
En Madrid, a 20 de abril de 2023.
La Consejera de Cultura, Turismo y Deporte,
MARTA RIVERA DE LA CRUZ

BOCM-20230510-15

(03/7.427/23)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791