D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20230510-50)
Convenio – Convenio de colaboración de 13 de abril de 2023, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Pinilla del Valle, para su incorporación a la red de oficinas de información turística de la Comunidad de Madrid
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 178
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 10 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 110
Octava
Comisión de Seguimiento
Como mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y
de los compromisos adquiridos por los firmantes se crea una Comisión de Seguimiento integrada por un representante del Ayuntamiento y un representante de la Dirección General
de Turismo para resolver los problemas de interpretación y cumplimiento del convenio.
Novena
Protección de Datos de carácter personal
Ambas partes se comprometen a cumplir en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679,
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación
de estos datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en materia de protección de datos de carácter personal
durante la vigencia del presente convenio.
Las obligaciones en materia de protección de dichos datos tendrán validez durante la
vigencia del presente convenio y una vez terminado este. Toda la información facilitada por
las partes y toda la información generada como consecuencia de la ejecución del presente
convenio tendrá el tratamiento de confidencial, sin perjuicio de la información que sea de
dominio público, no pudiendo ser divulgada o facilitada a terceros ni utilizada para un fin
distinto del previsto en este documento sin el acuerdo unánime de las partes.
La obligación de confidencialidad para las partes se extenderá indefinidamente aunque el convenio se hubiera extinguido. Todo ello sin perjuicio de la eventual autorización de las partes o, en su caso, de que dicha información pasara a ser considerada como
de dominio público.
Las partes velarán por el cumplimiento del Esquema Nacional de Seguridad vigente.
Y para que así conste, y en prueba de conformidad de las partes, se firma el presente
convenio, siendo la fecha de formalización del mismo la correspondiente a la firma de la
Comunidad de Madrid o, en ausencia de fecha en el pie de firma, la que figure en el encabezamiento.
Madrid, a 13 de abril de 2023.—La Alcaldesa-Presidenta de Pinilla del Valle, María del
Mar Fernández García.—El Director General de Turismo, P. D. (Orden 1389/2021, de 16 de
noviembre; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de noviembre), Luis
Fernando Martín Izquierdo.
ANEXO I
1. Ubicación y espacio
La ubicación de la oficina tendrá en cuenta los aforos de tránsito de visitantes, así
como los puntos de alta concentración de público.
La oficina tendrá un mínimo necesario para uso público. Los accesos para el público
han de estar libres de barreras arquitectónicas. Así mismo, el local designado por el ayuntamiento ha de estar en perfectas condiciones para su inmediata ocupación, tanto en el interior como en el exterior, no asumiendo la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la
Comunidad de Madrid ningún gasto derivado de la rehabilitación, remodelación o mejora
del mismo.
La Dirección General de Turismo informará al Ayuntamiento de los elementos homogéneos de la Red de Oficinas de Información Turística, dejando un espacio para la rotulación propia del municipio.
3. Señalización interna y espacio de información
3.1. Señalización interna: panel/anuncio interno, cuyo diseño es competencia de la
Dirección General de Turismo, como elemento homogéneo de la Red de Oficinas de Información Turística.
BOCM-20230510-50
2. Imagen corporativa externa de la oficina
Pág. 178
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 10 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 110
Octava
Comisión de Seguimiento
Como mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y
de los compromisos adquiridos por los firmantes se crea una Comisión de Seguimiento integrada por un representante del Ayuntamiento y un representante de la Dirección General
de Turismo para resolver los problemas de interpretación y cumplimiento del convenio.
Novena
Protección de Datos de carácter personal
Ambas partes se comprometen a cumplir en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679,
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación
de estos datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en materia de protección de datos de carácter personal
durante la vigencia del presente convenio.
Las obligaciones en materia de protección de dichos datos tendrán validez durante la
vigencia del presente convenio y una vez terminado este. Toda la información facilitada por
las partes y toda la información generada como consecuencia de la ejecución del presente
convenio tendrá el tratamiento de confidencial, sin perjuicio de la información que sea de
dominio público, no pudiendo ser divulgada o facilitada a terceros ni utilizada para un fin
distinto del previsto en este documento sin el acuerdo unánime de las partes.
La obligación de confidencialidad para las partes se extenderá indefinidamente aunque el convenio se hubiera extinguido. Todo ello sin perjuicio de la eventual autorización de las partes o, en su caso, de que dicha información pasara a ser considerada como
de dominio público.
Las partes velarán por el cumplimiento del Esquema Nacional de Seguridad vigente.
Y para que así conste, y en prueba de conformidad de las partes, se firma el presente
convenio, siendo la fecha de formalización del mismo la correspondiente a la firma de la
Comunidad de Madrid o, en ausencia de fecha en el pie de firma, la que figure en el encabezamiento.
Madrid, a 13 de abril de 2023.—La Alcaldesa-Presidenta de Pinilla del Valle, María del
Mar Fernández García.—El Director General de Turismo, P. D. (Orden 1389/2021, de 16 de
noviembre; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de noviembre), Luis
Fernando Martín Izquierdo.
ANEXO I
1. Ubicación y espacio
La ubicación de la oficina tendrá en cuenta los aforos de tránsito de visitantes, así
como los puntos de alta concentración de público.
La oficina tendrá un mínimo necesario para uso público. Los accesos para el público
han de estar libres de barreras arquitectónicas. Así mismo, el local designado por el ayuntamiento ha de estar en perfectas condiciones para su inmediata ocupación, tanto en el interior como en el exterior, no asumiendo la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la
Comunidad de Madrid ningún gasto derivado de la rehabilitación, remodelación o mejora
del mismo.
La Dirección General de Turismo informará al Ayuntamiento de los elementos homogéneos de la Red de Oficinas de Información Turística, dejando un espacio para la rotulación propia del municipio.
3. Señalización interna y espacio de información
3.1. Señalización interna: panel/anuncio interno, cuyo diseño es competencia de la
Dirección General de Turismo, como elemento homogéneo de la Red de Oficinas de Información Turística.
BOCM-20230510-50
2. Imagen corporativa externa de la oficina