Leganés (BOCM-20230509-74)
Régimen económico. Bases subvenciones
<< 9 << Página 9
Página 10 Pág. 10
-
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 109

MARTES 9 DE MAYO DE 2023

Pág. 409

cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro.
En caso de incumplimiento parcial, la fijación de la cantidad que deba ser reintegrada
se determinará en aplicación del principio de proporcionalidad, siempre que la actividad desarrollada se aproxime significativamente al cumplimiento total y se acredite por los beneficiarios una actuación inequívocamente tendente a la satisfacción de sus compromisos.
El reintegro del importe percibido, cuando proceda, se regirá por lo dispuesto en el título II de la LGS y en el título III del RLGS.
Decimoséptima.

Incompatibilidad con otras ayudas municipales

Estas ayudas son incompatibles con las recibidas de otras Delegaciones del propio
Ayuntamiento, para el mismo Proyecto, pero sí son compatibles con las que pudieran ser
concedidas por otros organismos públicos y privados, siempre que no supere el total del
presupuesto destinado a la realización del proyecto. Este extremo deberá ser informado en
la justificación de la subvención a través del modelo de declaración obligatoria Anexo III:
Declaración responsable sobre percepción de otras ayudas.
Decimoctava. Responsabilidad y régimen sancionador
Los beneficiarios de estas ayudas quedarán sometidos al régimen sancionador en materia de subvenciones que establece el título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Decimonovena. Régimen jurídico
En todo lo no previsto en las presentes bases, así como respecto a la interpretación de
las mismas se estará a lo que disponga la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su Reglamento aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Se faculta a el/la Concejal/a-Delegado/a de Educación para dictar cuantas instrucciones fuesen necesarias en lo referente a la aclaración de las presentes bases.
Vigésima.

Protección de datos de carácter personal

BOCM-20230509-74

En cumplimiento con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, se informa que los datos personales facilitados, así como los que sean requeridos posteriormente para completar
el expediente, serán incorporados y tratados en la actividad de terceros; dada de alta en el
Registro de Actividades de tratamiento del Ayuntamiento de Leganés. Responsabilidad del
Área de Atención al Ciudadano; sita en Av. de Gibraltar, n.o 2, Leganés, Madrid. Con la finalidad de Información sobre toda persona física o jurídica que tenga o haya tenido relación
con el Ayuntamiento. El tratamiento queda legitimado mediante el consentimiento del interesado. Los datos no serán cedidos a terceros, salvo en los supuestos previstos en la normativa vigente de protección de datos de carácter personal y podrá ejercer sus derechos ante
el Servicio de Atención al Ciudadano (Av. de Gibraltar, 2, 28912. Leganés, Madrid).
Leganés, a 25 de abril de 2023.—La concejal-delegada de Educación, Infancia, Juventud, Discapacidad, Convivencia y Cooperación, Virginia Jiménez Calero.
(03/7.072/23)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791