C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20230508-20)
Delegación competencias –  Orden 1235/2023, de 24 de abril, de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social, por la que se modifica la Orden 1558/2021, de 28 de septiembre, de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social, por la que delega el ejercicio de competencias en diferentes órganos de la Consejería y se desconcentran las competencias en materia de protectorado de fundaciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 108

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 8 DE MAYO DE 2023

Pág. 141

dad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público,
DISPONGO
Primero
Se modifica el apartado cuarto de la Orden 1558/2021, de 28 de septiembre, de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social, por la que delega el ejercicio de competencias
en diferentes órganos de la Consejería y se desconcentran las competencias en materia de
protectorado de fundaciones, que queda redactado del siguiente modo:
“Cuarto.—Delegar en el titular de la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad las siguientes competencias:
a) El ejercicio de acciones en vía jurisdiccional y su desistimiento en materia de protección, garantía y defensa de los derechos de los menores de edad, en el marco de
la normativa vigente aplicable a esta materia.
b) El inicio y la resolución de los procedimientos de concesión, modificación y extinción de la prestación económica para apoyar el acogimiento familiar de menores
de la Comunidad de Madrid y de reintegro de las prestaciones indebidamente percibidas”.
Segundo
La presente Orden surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 24 de abril de 2023.

LETÍN

La Consejera de Familia, Juventud y Política Social,
MARÍA CONCEPCIÓN DANCAUSA TREVIÑO

BOCM-20230508-20

(03/7.055/23)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791