C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230506-3)
Convenio colectivo – Resolución de 18 de abril de 2023, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa TK Elevator Manufacturing Spain, S. L. U. (provincia de Madrid) (código número 28015092012010)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 84
SÁBADO 6 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 107
Operarios
x
x
x
x
Oficial de 1ª A
Oficial de 1ª B
Oficial de 1ª C
Oficial de 2ª
Grupo VI
Técnicos
x
x
x
x
x
x
Delineante 3ª A
Delineante 3ª B
Auxiliar Organización A
Auxiliar Organización B
Auxiliar Administrativo A
Auxiliar Administrativo B
Operarios
x
x
Oficial de 3ª
Especialista
Criterios Generales
Grupo I
Los trabajadores pertenecientes a este grupo, tienen la responsabilidad directa en la gestión de
una o varias áreas funcionales de la empresa, o realizan tareas técnicas de la más alta
complejidad y cualificación. Toman decisiones o participan en su elaboración así como en la
definición de objetos concretos. Desempeñan sus funciones con un alto grado de autonomía,
iniciativa y responsabilidad.
Titulación Universitaria de grado superior o conocimientos equivalentes equiparados por la
empresa y/o con experiencia sólida en el ejercicio de su sector profesional.
Se corresponde normalmente, con el personal encuadrado en el nº1 del baremo de las Bases de
Cotización a la Seguridad Social.
En este grupo profesional se incluyen a título enunciativo todas aquellas actividades que, por
analogía, son asimilables a las siguientes:
¾
¾
¾
Supervisión y dirección técnica de un proceso o sección de fabricación, de la totalidad
de los mismos, o de un grupo de servicios o de la totalidad de los mismos.
Coordinación, supervisión, ordenación y/o dirección de trabajos heterogéneos o del
conjunto de actividades dentro de un área, servicio o departamento.
Tareas de dirección técnica de alta complejidad y heterogeneidad, con elevado nivel de
autonomía e iniciativa dentro de su campo, en funciones de investigación, control de
calidad, definición de procesos industriales, administración, asesoría jurídico-laboral y
fiscal, etc.
Tareas técnicas de muy alta complejidad y polivalencia, con el máximo nivel de
autonomía e iniciativa dentro de su campo, pudiendo implicar asesoramiento en las
decisiones fundamentales de la empresa.
Grupo II
Son trabajadores que con un alto grado de autonomía, iniciativa y responsabilidad, realizan tareas
técnicas complejas, con objetivos globales definidos, o que tienen un alto contenido intelectual o de
interrelación humana. También aquellos responsables directos de la integración, coordinación y
BOCM-20230506-3
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 84
SÁBADO 6 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 107
Operarios
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Oficial de 1ª A
Oficial de 1ª B
Oficial de 1ª C
Oficial de 2ª
Grupo VI
Técnicos
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Delineante 3ª A
Delineante 3ª B
Auxiliar Organización A
Auxiliar Organización B
Auxiliar Administrativo A
Auxiliar Administrativo B
Operarios
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Oficial de 3ª
Especialista
Criterios Generales
Grupo I
Los trabajadores pertenecientes a este grupo, tienen la responsabilidad directa en la gestión de
una o varias áreas funcionales de la empresa, o realizan tareas técnicas de la más alta
complejidad y cualificación. Toman decisiones o participan en su elaboración así como en la
definición de objetos concretos. Desempeñan sus funciones con un alto grado de autonomía,
iniciativa y responsabilidad.
Titulación Universitaria de grado superior o conocimientos equivalentes equiparados por la
empresa y/o con experiencia sólida en el ejercicio de su sector profesional.
Se corresponde normalmente, con el personal encuadrado en el nº1 del baremo de las Bases de
Cotización a la Seguridad Social.
En este grupo profesional se incluyen a título enunciativo todas aquellas actividades que, por
analogía, son asimilables a las siguientes:
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Supervisión y dirección técnica de un proceso o sección de fabricación, de la totalidad
de los mismos, o de un grupo de servicios o de la totalidad de los mismos.
Coordinación, supervisión, ordenación y/o dirección de trabajos heterogéneos o del
conjunto de actividades dentro de un área, servicio o departamento.
Tareas de dirección técnica de alta complejidad y heterogeneidad, con elevado nivel de
autonomía e iniciativa dentro de su campo, en funciones de investigación, control de
calidad, definición de procesos industriales, administración, asesoría jurídico-laboral y
fiscal, etc.
Tareas técnicas de muy alta complejidad y polivalencia, con el máximo nivel de
autonomía e iniciativa dentro de su campo, pudiendo implicar asesoramiento en las
decisiones fundamentales de la empresa.
Grupo II
Son trabajadores que con un alto grado de autonomía, iniciativa y responsabilidad, realizan tareas
técnicas complejas, con objetivos globales definidos, o que tienen un alto contenido intelectual o de
interrelación humana. También aquellos responsables directos de la integración, coordinación y
BOCM-20230506-3
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