Guadalix de la Sierra (BOCM-20230505-58)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 106
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 5 DE MAYO DE 2023
Pág. 191
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
58
GUADALIX DE LA SIERRA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20230505-58
Por acuerdo plenario del Ayuntamiento de Guadalix de la Sierra de fecha 15 de
marzo de 2023 se ha aprobado inicialmente la modificación de la ordenanza de la tasa
de la escuela de música por lo que se expone al público a efectos de que los interesados, a tenor del artículo 17 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales y artículo 111 de la Ley 7/1985 de Bases del Régimen Local, puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas de acuerdo con
las siguientes normas:
a) Plazo de presentación de reclamaciones y de examinar el expediente: treinta días
hábiles siguientes a la publicación del presente anuncio en el tablón de anuncios
del Ayuntamiento de Guadalix de la Sierra.
b) Lugar donde se encuentra el expediente: Intervención del Ayuntamiento.
c) Órgano ante quién se reclama: Pleno del Ayuntamiento.
En el supuesto de que no se presenten reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de acuerdo plenario
ni publicación, entrando en vigor la ordenanza que se adjunta hasta su modificación o
derogación expresa.
Guadalix de la Sierra, a 17 de marzo de 2023.—El alcalde-presidente, Borja
Álvarez González.
(03/6.902/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 106
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Pág. 191
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
58
GUADALIX DE LA SIERRA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20230505-58
Por acuerdo plenario del Ayuntamiento de Guadalix de la Sierra de fecha 15 de
marzo de 2023 se ha aprobado inicialmente la modificación de la ordenanza de la tasa
de la escuela de música por lo que se expone al público a efectos de que los interesados, a tenor del artículo 17 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales y artículo 111 de la Ley 7/1985 de Bases del Régimen Local, puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas de acuerdo con
las siguientes normas:
a) Plazo de presentación de reclamaciones y de examinar el expediente: treinta días
hábiles siguientes a la publicación del presente anuncio en el tablón de anuncios
del Ayuntamiento de Guadalix de la Sierra.
b) Lugar donde se encuentra el expediente: Intervención del Ayuntamiento.
c) Órgano ante quién se reclama: Pleno del Ayuntamiento.
En el supuesto de que no se presenten reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de acuerdo plenario
ni publicación, entrando en vigor la ordenanza que se adjunta hasta su modificación o
derogación expresa.
Guadalix de la Sierra, a 17 de marzo de 2023.—El alcalde-presidente, Borja
Álvarez González.
(03/6.902/23)
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