C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230505-20)
Crédito presupuestario ayudas – Orden 1143/2023, de 18 de abril, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se hace pública la declaración del crédito presupuestario disponible en el ejercicio 2023 para financiar las ayudas para el fomento de la movilidad cero emisiones en la Comunidad de Madrid
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BOCM
Pág. 82
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 5 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 106
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura
20
ORDEN 1143/2023, de 18 de abril, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se hace pública la declaración del crédito presupuestario disponible en el ejercicio 2023 para financiar las ayudas para el fomento de la movilidad cero emisiones en la Comunidad de Madrid.
Mediante Acuerdo de 21 de abril de 2021, del Consejo de Gobierno, se aprobaron las
normas reguladoras por las que se establece el procedimiento de concesión directa de incentivos para el fomento de la movilidad cero emisiones en la Comunidad de Madrid, al
amparo de lo dispuesto en el artículo 4.5 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
En el artículo 2.1 de las normas reguladoras para la concesión de incentivos para el fomento de la movilidad cero emisiones en la Comunidad de Madrid, se establece que, mediante Orden de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, en la actual Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, que se publicará
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, se declararán anualmente los créditos presupuestarios disponibles para la financiación de estas ayudas, conforme al artículo 4.5 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
De acuerdo con la citada Ley, corresponde al órgano concedente de las ayudas la publicación de la declaración de los créditos presupuestarios disponibles para atender a las
obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión.
La Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de
Madrid tiene atribuidas las competencias en materia de protección del medio ambiente, en
virtud del artículo 27.7 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado
por la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, y, de forma específica, los artículos 1 y 6.1.f)
del Decreto 237/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, atribuyen a esta Consejería competencias en materia de medio ambiente, calidad del aire, evaluación ambiental, sostenibilidad ambiental, y la tramitación de subvenciones y
concesiones administrativas.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 7.1.a) y 4.5.c) de La Ley 2/1995, de 8 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, corresponde a la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura la concesión de las ayudas, y la publicación de la declaración de los créditos presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión,
Declarar disponible el crédito presupuestario autorizado por Acuerdo de Consejo de
Gobierno, de 5 de abril de 2023, para atender las obligaciones de contenido económico que
se deriven de la concesión de las ayudas que se regulan en el Acuerdo de 21 de abril de 2021,
del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras y se establece el
procedimiento de concesión directa de incentivos para el fomento de la movilidad cero emisiones en la Comunidad de Madrid, por un importe de 2.700.000 euros, con cargo al subconcepto 79909, “Otras actuaciones”, del Programa 456B, correspondiente a la Dirección General de Descarbonización y Transición Energética, de los Presupuestos Generales de la
Comunidad de Madrid para el año 2023.
Madrid, a 18 de abril de 2023.
La Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura,
PALOMA MARTÍN MARTÍN
(03/6.890/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20230505-20
DISPONGO
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VIERNES 5 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 106
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura
20
ORDEN 1143/2023, de 18 de abril, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se hace pública la declaración del crédito presupuestario disponible en el ejercicio 2023 para financiar las ayudas para el fomento de la movilidad cero emisiones en la Comunidad de Madrid.
Mediante Acuerdo de 21 de abril de 2021, del Consejo de Gobierno, se aprobaron las
normas reguladoras por las que se establece el procedimiento de concesión directa de incentivos para el fomento de la movilidad cero emisiones en la Comunidad de Madrid, al
amparo de lo dispuesto en el artículo 4.5 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
En el artículo 2.1 de las normas reguladoras para la concesión de incentivos para el fomento de la movilidad cero emisiones en la Comunidad de Madrid, se establece que, mediante Orden de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, en la actual Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, que se publicará
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, se declararán anualmente los créditos presupuestarios disponibles para la financiación de estas ayudas, conforme al artículo 4.5 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
De acuerdo con la citada Ley, corresponde al órgano concedente de las ayudas la publicación de la declaración de los créditos presupuestarios disponibles para atender a las
obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión.
La Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de
Madrid tiene atribuidas las competencias en materia de protección del medio ambiente, en
virtud del artículo 27.7 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado
por la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, y, de forma específica, los artículos 1 y 6.1.f)
del Decreto 237/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, atribuyen a esta Consejería competencias en materia de medio ambiente, calidad del aire, evaluación ambiental, sostenibilidad ambiental, y la tramitación de subvenciones y
concesiones administrativas.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 7.1.a) y 4.5.c) de La Ley 2/1995, de 8 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, corresponde a la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura la concesión de las ayudas, y la publicación de la declaración de los créditos presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión,
Declarar disponible el crédito presupuestario autorizado por Acuerdo de Consejo de
Gobierno, de 5 de abril de 2023, para atender las obligaciones de contenido económico que
se deriven de la concesión de las ayudas que se regulan en el Acuerdo de 21 de abril de 2021,
del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras y se establece el
procedimiento de concesión directa de incentivos para el fomento de la movilidad cero emisiones en la Comunidad de Madrid, por un importe de 2.700.000 euros, con cargo al subconcepto 79909, “Otras actuaciones”, del Programa 456B, correspondiente a la Dirección General de Descarbonización y Transición Energética, de los Presupuestos Generales de la
Comunidad de Madrid para el año 2023.
Madrid, a 18 de abril de 2023.
La Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura,
PALOMA MARTÍN MARTÍN
(03/6.890/23)
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