C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230505-23)
Convenio colectivo – Resolución de 18 de abril de 2023, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del Convenio Colectivo de la empresa Metro Ligero Oeste, S. A. (Código número 28100100012014)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 106
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 5 DE MAYO DE 2023
Pág. 115
ANEXO III
UNIFORMIDAD
La Empresa entregará la uniformidad de manera periódica a todos los trabajadores que lo requieran
para el desempeño de sus funciones tal y como se indica a continuación:
- PIC, inspector/a, inspector/a habilitado/a, regulador/a y conductor/a:
Para el periodo de verano se entregarán cada año, un pantalón y tres polos de verano.
Para el periodo de invierno se entregarán cada año dos pantalones y tres camisas/polos de invierno.
Cada dos años, se entregará un abrigo, una chaqueta de entretiempo, unos guantes de lana, una
braga de cuello y un gorro de lana.
La entrega se realizará una vez al año, durante los meses de mayo y junio.
ANEXO IV
ELABORACIÓN DE LOS PLANNINGS ANUALES
Durante la vigencia del presente convenio colectivo, se establece el siguiente régimen de elaboración de los plannings anuales respecto del personal sometido a turnos:
a) Período de solicitud de vacaciones: Durante las tres primeras semanas del mes de septiembre
del año en curso, cada trabajador/a deberá presentar su solicitud de vacaciones anuales para el
año siguiente.
b) Elaboración de la propuesta de plannings anuales: La preparación de la propuesta de plannings
se efectuará por la persona que se designe por cada departamento a tales efectos. El plazo para
la realización de estos plannings abarcará desde la finalización del plazo para la entrega de la
solicitud de vacaciones hasta el 15 de octubre del año en curso.
c) Revisión de la propuesta de plannings anuales con el comité de empresa: Una vez efectuadas
las propuestas de plannings anuales correspondientes a cada departamento, las mismas serán
trasladadas al comité de empresa no más tarde del 15 de octubre del año en curso.
d) Tras el traslado de estas propuestas, la empresa y el comité de empresa se reunirá, como mínimo, con una semana de antelación a la fecha de publicación de los plannings anuales definitivos, con el fin de analizar y revisar las propuestas planteadas.
e) En este sentido, en el supuesto de que la operativa prevista para el año siguiente permitiera
efectuar un reparto mayor del 50% de los correspondientes fines de semana y festivos, se creará
un grupo de trabajo formado por dos miembros de la empresa y dos miembros del comité de
empresa, que analizará la nueva operativa de los fines de semana y festivos correspondiente a
ese siguiente año, de cara a que la misma quede reflejada en los plannings anuales definitivos
con carácter previo a su publicación. En este caso, a falta de acuerdo en este grupo de trabajo
respecto de la operativa de fines de semana y festivos que se deba aplicar para el año siguiente,
la empresa tendrá la capacidad de establecer la misma de la forma que estime más oportuna.
f) Publicación de plannings anuales definitivos: Los plannings anuales definitivos correspondiente
al año siguiente se publicarán no más tarde del 31 de octubre del año anterior.
BOCM-20230505-23
(03/6.736/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 106
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 5 DE MAYO DE 2023
Pág. 115
ANEXO III
UNIFORMIDAD
La Empresa entregará la uniformidad de manera periódica a todos los trabajadores que lo requieran
para el desempeño de sus funciones tal y como se indica a continuación:
- PIC, inspector/a, inspector/a habilitado/a, regulador/a y conductor/a:
Para el periodo de verano se entregarán cada año, un pantalón y tres polos de verano.
Para el periodo de invierno se entregarán cada año dos pantalones y tres camisas/polos de invierno.
Cada dos años, se entregará un abrigo, una chaqueta de entretiempo, unos guantes de lana, una
braga de cuello y un gorro de lana.
La entrega se realizará una vez al año, durante los meses de mayo y junio.
ANEXO IV
ELABORACIÓN DE LOS PLANNINGS ANUALES
Durante la vigencia del presente convenio colectivo, se establece el siguiente régimen de elaboración de los plannings anuales respecto del personal sometido a turnos:
a) Período de solicitud de vacaciones: Durante las tres primeras semanas del mes de septiembre
del año en curso, cada trabajador/a deberá presentar su solicitud de vacaciones anuales para el
año siguiente.
b) Elaboración de la propuesta de plannings anuales: La preparación de la propuesta de plannings
se efectuará por la persona que se designe por cada departamento a tales efectos. El plazo para
la realización de estos plannings abarcará desde la finalización del plazo para la entrega de la
solicitud de vacaciones hasta el 15 de octubre del año en curso.
c) Revisión de la propuesta de plannings anuales con el comité de empresa: Una vez efectuadas
las propuestas de plannings anuales correspondientes a cada departamento, las mismas serán
trasladadas al comité de empresa no más tarde del 15 de octubre del año en curso.
d) Tras el traslado de estas propuestas, la empresa y el comité de empresa se reunirá, como mínimo, con una semana de antelación a la fecha de publicación de los plannings anuales definitivos, con el fin de analizar y revisar las propuestas planteadas.
e) En este sentido, en el supuesto de que la operativa prevista para el año siguiente permitiera
efectuar un reparto mayor del 50% de los correspondientes fines de semana y festivos, se creará
un grupo de trabajo formado por dos miembros de la empresa y dos miembros del comité de
empresa, que analizará la nueva operativa de los fines de semana y festivos correspondiente a
ese siguiente año, de cara a que la misma quede reflejada en los plannings anuales definitivos
con carácter previo a su publicación. En este caso, a falta de acuerdo en este grupo de trabajo
respecto de la operativa de fines de semana y festivos que se deba aplicar para el año siguiente,
la empresa tendrá la capacidad de establecer la misma de la forma que estime más oportuna.
f) Publicación de plannings anuales definitivos: Los plannings anuales definitivos correspondiente
al año siguiente se publicarán no más tarde del 31 de octubre del año anterior.
BOCM-20230505-23
(03/6.736/23)
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