Ciempozuelos (BOCM-20230504-63)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 105
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 4 DE MAYO DE 2023
Pág. 205
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
63
CIEMPOZUELOS
RÉGIMEN ECONÓMICO
Sobre acuerdo del Pleno de 30 de marzo de 2023, por el que se aprueban la nueva convocatoria y bases reguladoras de la concesión de ayudas para el impulso y el fomento en
Ciempozuelos y de su patrimonio hidráulico subterráneo.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www. pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index ).
Primero. Beneficiarios.—Podrán acceder a la condición de beneficiario las personas
físicas, jurídicas, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas de interés económico, públicas o privadas, debidamente inscrita en el Registro Mercantil y que dispongan de
CIF/NIF propio. Deben disponer de una cuenta bancaria a su nombre y encontrarse en la situación que motiva la concesión de la subvención, que es el fomento de actuaciones de divulgación y promoción de los bienes del patrimonio hidráulico subterráneo, así como bodegas y cuevas, situados el municipio de Ciempozuelos.
Entre todas las solicitudes presentadas se elegirán un máximo de cuatro emplazamientos, ya sean bodegas, cuevas o minas de agua.
Segundo. Objeto.—Las presentes bases tienen por objeto propiciar el desarrollo del
turismo del municipio, la protección y conservación de este singular bien, y a impulsar su accesibilidad, visibilidad y difusión del patrimonio hidráulico subterráneo de Ciempozuelos.
Convocando para la anualidad de 2023, a través de un procedimiento de concurrencia
competitiva, subvenciones para las personas promotoras de actuaciones destinadas a mostrar a los visitantes y vecinos de Ciempozuelos sus cuevas, sus bodegas y minas de aguas.
Tercero. Bases reguladoras.—Convocatoria y bases reguladoras para la concesión
de ayudas económicas para el Impulso y Fomento del Turismo en Ciempozuelos y de su
Patrimonio Hidráulico Subterráneo 2023 ( www.ayto-ciempozuelos.org ).
Cuarto. Cuantía.—El importe máximo imputable a la subvención será de 1.400
euros, que se desglosarán en 350 euros para cada beneficiario, con un máximo de cuatro.
Por cada visita realizada se obtendrá una ayuda de 50 euros, hasta que se alcance la
cantidad máxima establecida de 350 euros por beneficiario, la cual se percibirá a final
de 2023.
La concesión de la subvención por importe de 1.400 euros con cargo a la aplicación
presupuestaria 3340-48918.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo general de presentación de
solicitudes será de quince días hábiles a partir de la publicación que legalmente proceda,
que vendrá constituida por la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Sexto. Otros datos.—Convocado el procedimiento, las solicitudes de subvención se
presentarán por los interesados, durante el plazo establecido en la convocatoria de subvención, en el Registro de Entrada del Ayuntamiento, la sede electrónica del Ayuntamiento
( https://sede.ayto-ciempozuelos.org/eAdmin/Sede.do ) y/o demás Registros públicos o
modos previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Solo se permite la presentación de una solicitud por cada solicitante. En caso de que
un mismo interesado presente varias solicitudes, se admitirá, en su caso, aquella que se haya
registrado en primer lugar.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir
del día siguiente al de la publicación de las bases en la página web del Ayuntamiento de
Ciempozuelos https://ayto-ciempozuelos.org/
BOCM-20230504-63
BDNS: 689741
B.O.C.M. Núm. 105
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 4 DE MAYO DE 2023
Pág. 205
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
63
CIEMPOZUELOS
RÉGIMEN ECONÓMICO
Sobre acuerdo del Pleno de 30 de marzo de 2023, por el que se aprueban la nueva convocatoria y bases reguladoras de la concesión de ayudas para el impulso y el fomento en
Ciempozuelos y de su patrimonio hidráulico subterráneo.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www. pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index ).
Primero. Beneficiarios.—Podrán acceder a la condición de beneficiario las personas
físicas, jurídicas, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas de interés económico, públicas o privadas, debidamente inscrita en el Registro Mercantil y que dispongan de
CIF/NIF propio. Deben disponer de una cuenta bancaria a su nombre y encontrarse en la situación que motiva la concesión de la subvención, que es el fomento de actuaciones de divulgación y promoción de los bienes del patrimonio hidráulico subterráneo, así como bodegas y cuevas, situados el municipio de Ciempozuelos.
Entre todas las solicitudes presentadas se elegirán un máximo de cuatro emplazamientos, ya sean bodegas, cuevas o minas de agua.
Segundo. Objeto.—Las presentes bases tienen por objeto propiciar el desarrollo del
turismo del municipio, la protección y conservación de este singular bien, y a impulsar su accesibilidad, visibilidad y difusión del patrimonio hidráulico subterráneo de Ciempozuelos.
Convocando para la anualidad de 2023, a través de un procedimiento de concurrencia
competitiva, subvenciones para las personas promotoras de actuaciones destinadas a mostrar a los visitantes y vecinos de Ciempozuelos sus cuevas, sus bodegas y minas de aguas.
Tercero. Bases reguladoras.—Convocatoria y bases reguladoras para la concesión
de ayudas económicas para el Impulso y Fomento del Turismo en Ciempozuelos y de su
Patrimonio Hidráulico Subterráneo 2023 ( www.ayto-ciempozuelos.org ).
Cuarto. Cuantía.—El importe máximo imputable a la subvención será de 1.400
euros, que se desglosarán en 350 euros para cada beneficiario, con un máximo de cuatro.
Por cada visita realizada se obtendrá una ayuda de 50 euros, hasta que se alcance la
cantidad máxima establecida de 350 euros por beneficiario, la cual se percibirá a final
de 2023.
La concesión de la subvención por importe de 1.400 euros con cargo a la aplicación
presupuestaria 3340-48918.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo general de presentación de
solicitudes será de quince días hábiles a partir de la publicación que legalmente proceda,
que vendrá constituida por la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Sexto. Otros datos.—Convocado el procedimiento, las solicitudes de subvención se
presentarán por los interesados, durante el plazo establecido en la convocatoria de subvención, en el Registro de Entrada del Ayuntamiento, la sede electrónica del Ayuntamiento
( https://sede.ayto-ciempozuelos.org/eAdmin/Sede.do ) y/o demás Registros públicos o
modos previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Solo se permite la presentación de una solicitud por cada solicitante. En caso de que
un mismo interesado presente varias solicitudes, se admitirá, en su caso, aquella que se haya
registrado en primer lugar.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir
del día siguiente al de la publicación de las bases en la página web del Ayuntamiento de
Ciempozuelos https://ayto-ciempozuelos.org/
BOCM-20230504-63
BDNS: 689741