C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230504-29)
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden 1277/2023, de 26 de abril, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se rectifica un error material detectado en la Orden 1071/2023, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se articula para el año 2023 la aplicación de la ayuda a la cosecha en verde en la Comunidad de Madrid, financiadas por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía Agraria (FEAGA), en base a las normas reguladoras del Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, y sus modificaciones, para la aplicación de las medidas del Programa de Apoyo 2019-2023 al Sector Vitivinícola Español
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 105
JUEVES 4 DE MAYO DE 2023
Pág. 101
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura
29
EXTRACTO de la Orden 1277/2023, de 26 de abril, de la Consejería de Medio
Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se rectifica un error material detectado en la Orden 1071/2023, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda
y Agricultura, por la que se articula para el año 2023 la aplicación de la ayuda
a la cosecha en verde en la Comunidad de Madrid, financiadas por el Fondo
Europeo Agrícola de Garantía Agraria (FEAGA), en base a las normas reguladoras del Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, y sus modificaciones,
para la aplicación de las medidas del Programa de Apoyo 2019-2023 al Sector
Vitivinícola Español.
BDNS (686997)
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias).
Único
Rectificación de error
BOCM-20230504-29
Rectificar el error material apreciado en la Orden 1071/2023, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se articula para el año 2023 la aplicación
de la ayuda a la cosecha en verde en la Comunidad de Madrid, financiadas por el Fondo
Europeo Agrícola de Garantía Agraria (FEAGA), en base a las normas reguladoras del Real
Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, y sus modificaciones, para la aplicación de las medidas del Programa de Apoyo 2019-2023 al Sector Vitivinícola Español y por tanto:
Donde dice: “Artículo Quinto. Financiación.
“La concesión de las subvenciones estará supeditada a la asignación inicial de fondos
acordada por la Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural financiadas por el
Fondo Europeo Agrícola de Garantía Agraria (FEAGA)”.
Deberá decir: “Artículo Quinto. Financiación.
“El proceso de selección se realizará por parcelas. Las comunidades autónomas elaborarán una lista provisional con las parcelas seleccionadas y priorizadas de acuerdo con los criterios de prioridad establecidos, que será remitida a la Dirección General de Producciones y
Mercados Agrarios y esta elaborará la propuesta de lista definitiva de parcelas admitidas que
comunicará a cada comunidad autónoma antes del 15 de junio, tal y como se indica en artículo 79.bis del Real Decreto 1363/2018”.
En Madrid, a 26 de abril de 2023.—La Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y
Agricultura, P. D. (Orden 369/2022, de 24 de febrero; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 53, de 30 de marzo de 2022), el Secretario General Técnico,
José Ignacio Tejerina Alfaro.
(03/7.402/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 105
JUEVES 4 DE MAYO DE 2023
Pág. 101
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura
29
EXTRACTO de la Orden 1277/2023, de 26 de abril, de la Consejería de Medio
Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se rectifica un error material detectado en la Orden 1071/2023, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda
y Agricultura, por la que se articula para el año 2023 la aplicación de la ayuda
a la cosecha en verde en la Comunidad de Madrid, financiadas por el Fondo
Europeo Agrícola de Garantía Agraria (FEAGA), en base a las normas reguladoras del Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, y sus modificaciones,
para la aplicación de las medidas del Programa de Apoyo 2019-2023 al Sector
Vitivinícola Español.
BDNS (686997)
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias).
Único
Rectificación de error
BOCM-20230504-29
Rectificar el error material apreciado en la Orden 1071/2023, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se articula para el año 2023 la aplicación
de la ayuda a la cosecha en verde en la Comunidad de Madrid, financiadas por el Fondo
Europeo Agrícola de Garantía Agraria (FEAGA), en base a las normas reguladoras del Real
Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, y sus modificaciones, para la aplicación de las medidas del Programa de Apoyo 2019-2023 al Sector Vitivinícola Español y por tanto:
Donde dice: “Artículo Quinto. Financiación.
“La concesión de las subvenciones estará supeditada a la asignación inicial de fondos
acordada por la Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural financiadas por el
Fondo Europeo Agrícola de Garantía Agraria (FEAGA)”.
Deberá decir: “Artículo Quinto. Financiación.
“El proceso de selección se realizará por parcelas. Las comunidades autónomas elaborarán una lista provisional con las parcelas seleccionadas y priorizadas de acuerdo con los criterios de prioridad establecidos, que será remitida a la Dirección General de Producciones y
Mercados Agrarios y esta elaborará la propuesta de lista definitiva de parcelas admitidas que
comunicará a cada comunidad autónoma antes del 15 de junio, tal y como se indica en artículo 79.bis del Real Decreto 1363/2018”.
En Madrid, a 26 de abril de 2023.—La Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y
Agricultura, P. D. (Orden 369/2022, de 24 de febrero; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 53, de 30 de marzo de 2022), el Secretario General Técnico,
José Ignacio Tejerina Alfaro.
(03/7.402/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791