El Molar (BOCM-20230503-56)
Organización y funcionamiento. Junta Gobierno Local
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 234
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 3 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 104
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
56
EL MOLAR
Mediante decreto de Alcaldía número 2023-0580, de fecha 19 de abril de 2023, se
adoptaron los siguientes acuerdos:
Primero.—Nombrar a los siguientes concejales miembros de la Junta de Gobierno Local.
— José Miguel Murgoitio García.
— María Carmen Paloma Rodríguez Tapia.
— Yolanda Blanco Rincón.
— José Antonio Jiménez Walias.
Segundo.—Delegar las siguientes atribuciones en la Junta de Gobierno Local:
— Aprobar la oferta de empleo público de acuerdo con el Presupuesto y la plantilla
aprobados por el Pleno, aprobar las bases de las pruebas para la selección de personal y para los concursos de provisión de puestos de puestos de trabajo.
— La aprobación de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no expresamente atribuidas al Pleno, así como la de los instrumentos de
gestión urbanística y los proyectos de urbanización.
— La celebración de contratos privados, así como la adjudicación de concesiones sobre los bienes de la Entidad local y la adquisición de bienes inmuebles y derechos
sujetos a la legislación patrimonial cuando el presupuesto base de licitación, no
supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del presupuesto ni el importe de
tres millones de euros, así como la enajenación del patrimonio, cuando su valor no
supere el porcentaje ni la cuantía indicados.
— Todas las competencias que corresponden al Alcalde Presidente como órgano de
contratación, respecto de los contratos de obras, de suministro, de servicios, los
contratos de concesión de obras, los contratos de concesión de servicios y los contratos administrativos especiales, cuando su valor estimado no supere el 10 por
ciento de los recursos ordinarios del presupuesto ni, en cualquier caso, la cuantía
de seis millones de euros, incluidos los de carácter plurianual cuando su duración
no sea superior a cuatro años, eventuales prórrogas incluidas siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere ni el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del presupuesto del primer ejercicio, ni la cuantía
señalada. Salvo los denominados contratos menores.
Tercero.—Nombrar las siguientes tenencias de Alcaldía:
— Primer teniente de alcalde, Jose Miguel Murgoitio García.
— Segundo teniente de alcalde, José Antonio Jiménez Walias.
— Tercer teniente de alcalde, Yolanda Blanco Rincón.
— Cuarto teniente de alcalde, María Carmen Paloma Rodríguez Tapia.
Cuarto.—Efectuar las siguientes delegaciones:
— José Miguel Murgoitio García, Hacienda, Contratación, Deportes, Innovación
Tecnológica, Comunicación y redes, Parques y Jardines.
— María Carmen Rodríguez Tapia, Educación, Protección y Bienestar Animal, Sanidad y Salud Pública.
— Yolanda Blanco Rincón, Comercio, Empleo, Limpieza viaria, Tratamiento y Recogida de Residuos, Medio Rural, Espacios naturales y Turismo.
— José Miguel Murgoitio García, Industria y Obras Públicas e Infraestructuras.
— Yolanda Sanz Rojas, Protección Civil y Emergencias.
— José Antonio Jiménez Walias, Infancia, Juventud, Mayor, Espacios y programas
culturales.
— Elisabeth González Serrano, Políticas Sociales, Igualdad y Voluntariado.
BOCM-20230503-56
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Pág. 234
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 3 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 104
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
56
EL MOLAR
Mediante decreto de Alcaldía número 2023-0580, de fecha 19 de abril de 2023, se
adoptaron los siguientes acuerdos:
Primero.—Nombrar a los siguientes concejales miembros de la Junta de Gobierno Local.
— José Miguel Murgoitio García.
— María Carmen Paloma Rodríguez Tapia.
— Yolanda Blanco Rincón.
— José Antonio Jiménez Walias.
Segundo.—Delegar las siguientes atribuciones en la Junta de Gobierno Local:
— Aprobar la oferta de empleo público de acuerdo con el Presupuesto y la plantilla
aprobados por el Pleno, aprobar las bases de las pruebas para la selección de personal y para los concursos de provisión de puestos de puestos de trabajo.
— La aprobación de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no expresamente atribuidas al Pleno, así como la de los instrumentos de
gestión urbanística y los proyectos de urbanización.
— La celebración de contratos privados, así como la adjudicación de concesiones sobre los bienes de la Entidad local y la adquisición de bienes inmuebles y derechos
sujetos a la legislación patrimonial cuando el presupuesto base de licitación, no
supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del presupuesto ni el importe de
tres millones de euros, así como la enajenación del patrimonio, cuando su valor no
supere el porcentaje ni la cuantía indicados.
— Todas las competencias que corresponden al Alcalde Presidente como órgano de
contratación, respecto de los contratos de obras, de suministro, de servicios, los
contratos de concesión de obras, los contratos de concesión de servicios y los contratos administrativos especiales, cuando su valor estimado no supere el 10 por
ciento de los recursos ordinarios del presupuesto ni, en cualquier caso, la cuantía
de seis millones de euros, incluidos los de carácter plurianual cuando su duración
no sea superior a cuatro años, eventuales prórrogas incluidas siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere ni el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del presupuesto del primer ejercicio, ni la cuantía
señalada. Salvo los denominados contratos menores.
Tercero.—Nombrar las siguientes tenencias de Alcaldía:
— Primer teniente de alcalde, Jose Miguel Murgoitio García.
— Segundo teniente de alcalde, José Antonio Jiménez Walias.
— Tercer teniente de alcalde, Yolanda Blanco Rincón.
— Cuarto teniente de alcalde, María Carmen Paloma Rodríguez Tapia.
Cuarto.—Efectuar las siguientes delegaciones:
— José Miguel Murgoitio García, Hacienda, Contratación, Deportes, Innovación
Tecnológica, Comunicación y redes, Parques y Jardines.
— María Carmen Rodríguez Tapia, Educación, Protección y Bienestar Animal, Sanidad y Salud Pública.
— Yolanda Blanco Rincón, Comercio, Empleo, Limpieza viaria, Tratamiento y Recogida de Residuos, Medio Rural, Espacios naturales y Turismo.
— José Miguel Murgoitio García, Industria y Obras Públicas e Infraestructuras.
— Yolanda Sanz Rojas, Protección Civil y Emergencias.
— José Antonio Jiménez Walias, Infancia, Juventud, Mayor, Espacios y programas
culturales.
— Elisabeth González Serrano, Políticas Sociales, Igualdad y Voluntariado.
BOCM-20230503-56
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO