D) Anuncios - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20230429-4)
Convenio – Convenio de 28 de marzo de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia e Interior) y el Ilustre Colegio de Abogados de Alcalá de Henares, por el que se formaliza la concesión directa de una subvención por importe de 270.000 euros para la prestación del servicio de orientación jurídica en el ejercicio 2023
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 101
SÁBADO 29 DE ABRIL DE 2023
Pág. 37
Octavo
Que la celebración del presente Convenio es autorizado por Acuerdo del Consejo de
Gobierno, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4.5.c) 3.o de la citada Ley 2/1995, de 8
de marzo.
Noveno
Que, conforme a lo previsto en los artículos 22.2.c) y 28 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, esta subvención se concederá de forma directa mediante un convenio en el que se establecerán las condiciones particulares y obligaciones que
regularán dicha subvención.
Que esta subvención se rige por lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, y en el Reglamento de la misma aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, así como en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad de Madrid, y en el Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el que se aprueba
el Reglamento para la concesión de ayudas y subvenciones públicas en la Comunidad de
Madrid.
En virtud de lo expuesto, ambas partes otorgan y suscriben el presente convenio, al
amparo de lo dispuesto en el artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, en relación con los artículos 22.2.c) y 28 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que se desarrollará con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto y ámbito del convenio
1. Es objeto del presente convenio establecer las condiciones particulares que regirán la subvención que se asigna al Ilustre Colegio de Abogados de Alcalá de Henares (en
adelante, ICAAH) en la Ley 4/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la
Comunidad de Madrid para el año 2022 (que se encuentran prorrogados para el año 2023
mediante el Decreto 137/2022, de 28 de diciembre, del Consejo de Gobierno), para la prestación del Servicio de Orientación Jurídica (en adelante, SOJ) en la demarcación territorial
de su competencia exclusiva y excluyente, que comprende el territorio de los partidos judiciales de Alcalá de Henares, Arganda del Rey, Coslada y Torrejón de Ardoz.
2. No se imputarán a la subvención objeto de este convenio las actuaciones recogidas en el artículo 6.1 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita, ya
financiadas por la Comunidad de Madrid con cargo a su correspondiente subvención.
Segunda
1. El ICAAH se obliga a:
a) Prestar los siguientes Servicios de Orientación Jurídica:
— Servicio de Orientación Jurídica de Alcalá de Henares en la sede de los Juzgados, Plaza de la Paloma, s/n, en horario de 10 a 13:30 horas, los lunes, miércoles y viernes.
— Servicio de Orientación Jurídica de Arganda del Rey en la sede de los Juzgados, Camino del Molino, número 3, en horario de 10 a 13:30 horas, los martes y jueves.
— Servicio de Orientación Jurídica de Coslada en la sede de los Juzgados, Calle
Colombia, número 29, en horario de 10 a 13:30 horas, los martes y jueves.
— Servicio de Orientación Jurídica de Torrejón de Ardoz en la sede de los Juzgados, Avenida de las Fronteras, s/n, en horario de 10 a 13:30 horas, los lunes,
martes y jueves.
— Servicio de Orientación Jurídica de Mediación:
d En la sede los Juzgados, Plaza de la Paloma s/n, Alcalá de Henares, en horario de 10:00 a 13:30 horas, los martes.
BOCM-20230429-4
Obligaciones del ICAAH
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 101
SÁBADO 29 DE ABRIL DE 2023
Pág. 37
Octavo
Que la celebración del presente Convenio es autorizado por Acuerdo del Consejo de
Gobierno, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4.5.c) 3.o de la citada Ley 2/1995, de 8
de marzo.
Noveno
Que, conforme a lo previsto en los artículos 22.2.c) y 28 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, esta subvención se concederá de forma directa mediante un convenio en el que se establecerán las condiciones particulares y obligaciones que
regularán dicha subvención.
Que esta subvención se rige por lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, y en el Reglamento de la misma aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, así como en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad de Madrid, y en el Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el que se aprueba
el Reglamento para la concesión de ayudas y subvenciones públicas en la Comunidad de
Madrid.
En virtud de lo expuesto, ambas partes otorgan y suscriben el presente convenio, al
amparo de lo dispuesto en el artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, en relación con los artículos 22.2.c) y 28 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que se desarrollará con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto y ámbito del convenio
1. Es objeto del presente convenio establecer las condiciones particulares que regirán la subvención que se asigna al Ilustre Colegio de Abogados de Alcalá de Henares (en
adelante, ICAAH) en la Ley 4/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la
Comunidad de Madrid para el año 2022 (que se encuentran prorrogados para el año 2023
mediante el Decreto 137/2022, de 28 de diciembre, del Consejo de Gobierno), para la prestación del Servicio de Orientación Jurídica (en adelante, SOJ) en la demarcación territorial
de su competencia exclusiva y excluyente, que comprende el territorio de los partidos judiciales de Alcalá de Henares, Arganda del Rey, Coslada y Torrejón de Ardoz.
2. No se imputarán a la subvención objeto de este convenio las actuaciones recogidas en el artículo 6.1 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita, ya
financiadas por la Comunidad de Madrid con cargo a su correspondiente subvención.
Segunda
1. El ICAAH se obliga a:
a) Prestar los siguientes Servicios de Orientación Jurídica:
— Servicio de Orientación Jurídica de Alcalá de Henares en la sede de los Juzgados, Plaza de la Paloma, s/n, en horario de 10 a 13:30 horas, los lunes, miércoles y viernes.
— Servicio de Orientación Jurídica de Arganda del Rey en la sede de los Juzgados, Camino del Molino, número 3, en horario de 10 a 13:30 horas, los martes y jueves.
— Servicio de Orientación Jurídica de Coslada en la sede de los Juzgados, Calle
Colombia, número 29, en horario de 10 a 13:30 horas, los martes y jueves.
— Servicio de Orientación Jurídica de Torrejón de Ardoz en la sede de los Juzgados, Avenida de las Fronteras, s/n, en horario de 10 a 13:30 horas, los lunes,
martes y jueves.
— Servicio de Orientación Jurídica de Mediación:
d En la sede los Juzgados, Plaza de la Paloma s/n, Alcalá de Henares, en horario de 10:00 a 13:30 horas, los martes.
BOCM-20230429-4
Obligaciones del ICAAH